¡¡Julian como me alegro de que hayas sacado este tema porque hace muchisimo tiempo que yo me preguntaba mogollon de asuntos sobre esto del correo oficial del cual, como de tantas otras cosas, apenas nadie se ha tomado la molestia de estudiar!!.
Veo relativamente claro que la carta mostrada por Julian esta tasada por carecer del sello oficial o sellos pues esa carta circulo en el periodo en que los organismos oficiales debían franquear su correspondencia con los llamados sellos de servicio oficial.
Ahora bien, esa tasa de 4 cuartos no me termina de cuadrar pues lo normal en esa epoca es que ante correo mal franqueado se pague el doble de lo que falte de franqueo.
En este caso que muestra Julian como falta el franqueo completo en primer lugar no deberían haber dejado circular la carta pero parece que si la dejaron circular, pero la deberian haber tasado con 8 cuartos salvo que hubiese una norma diferente para este tipo de correo oficial carente de su particular sello.
No se si me habre explicado con claridad pues es un poco enrevesado el asunto. Asi que pongo una imagen para complicar un poco mas el asunto, huy perdon para aclarar, ¿o tal vez no ?.
Aqui teneis dos cartas franqueadas con su sellito de media onza y tasadas con 4 cuartos.
¿Cuanto pesaba el envio para que le tasasen con 4 cuartos?, supongo que faltaba otro sellos de media onza pero ya digo la tasa no es la habitual en la filatelia española de ese periodo.
Pero el asunto se puede liar todavia mas ¿Que pesaba el siguiente envio?.
Parece que el envio podria pesar 2 onzas y al faltar un sello de 1 onza le tasan con 8 cuartos es decir el doble que en las cartas anteriores.
Esta carta la tengo desde hace muchos años mientras que las otras las consegui hace poco por lo que durante mucho tiempo pense que en la carta tasada con 8 cuartos el sello que faltaba era el de media onza y que se tasaba el doble de la falta sobre la base de 4 cuartos por cada sello de media onza que faltase, cuando consegui estas otras cartas tasadas con el 4 me di cuenta que no debía ser asi. Ahora tengo 5 cartas tasadas con 4 cuartos y solo 1 con tasa de 8 cu.
¿Que relacion se hacia a la hora de tasar?. Parece que 4 cuartos por cada sello de media onza que falta de forma directa, es decir, sin tener en cuenta la norma habitual de tasar el doble de lo que falte de franqueo y ademas se consentia su circulacion como carta ordinaria cuando no llevase su correspondiente franqueo oficial en una epoca en que el correo particular sin franqueo ya no se permitia su circulación.
En fin, he escrito esto un poco rapido por lo que si hay algun error espero que me disculpeis, Quedo en espera de que algun coleccionista de correo oficial empieza a disertar sobre él en el QAgora pues es este un tema interesantisimo y todavia virgen por estos lares.
Un abrazo.
