Habia visto habitualmente que en cartas salidas de Tanger se emplearon corrientemente sellos españoles y no habia ningún problema pues creo que podían usarse sin problema.
Pero lo que no tengo tan claro y no he conseguido encontrar informacion es si los sellos de Tanger, podian ser utilizados para el correo ordinario salido de España, yo creia que no, pero ahora dudo. ¿Alguien sabe esto concretamente y si algun reglamento u ordenanza dice algo al respecto del uso de estos valores en la peninsula o en otros paises o colonias?
Esta duda viene a cuento por esta pieza con sello de Tanger, fechada en Malaga y franqueada en Ronda en el año 56 con destino a Europa, aceptada regularmente por el Correo


Miré en otros hilos atrasados del foro sobre el tema de Tanger y no he visto nada similar por lo que si alguien tiene informacion, vendra muy bien.

saludos
