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Correspondencia prefilatelica fuera de valija.

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Menaza
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Mensaje por Menaza »

Hola:

Lo que cuesta expresar con palabras lo que uno piensa, :oops: :oops: ,haber si me sale mejor:

Torreana dice:
Joer Menaza, cómo le cuesta a un vascongado admitir que un valenciano le ha convencido, eh?. De modo que si leo tus intervenciones anteriores, la marca era una broma o un añadido postizor y a partir de ahora, la marca "no es postal". Vamos avanzando.
Lo que dije es que "pueda que se trate de una marca privada" pero no la considero una marca postal "pura", precisamente por ser una marca que en todo caso pueda tratarse, si se demuestra, de una marca de la empresa que llevó el cajón aunque tiene muchos papeles de que se trate de un engaño. Lo mismo me ocurre con las marcas de los Cosarios que son marcas de particulares o empresas que transportaron cartas pero que no son marcas utilizadas por la Renta de Correos, pero es una opinión personal. De todas maneras no me cuesta admitir mis errores, que son muchos, y ademas es una buena manera de avanzar y entender la prefilatelia. :wink:

En cuanto a las preguntas de Cascajo creo haber leido en los Anales que siempre que las cartas fuesen abiertas cualquier particular puede llevar encargos o manuscritos de un sitio a otro y siempre que sea sin animo de lucro, otra cosa es tratar de defraudar a la Renta con el cobro de porte cuestión que era severamente castigada y perseguida, aquí van dos ejemplos más de cartas circuladas privadamente:


En esta primera la anotación en el anverso de la carta dice: Le sera entregada por un cabrero que va a ver si tiene cargamento y espera contestacion.

Imagen


O esta segunda mas curiosa aún: Con un cajon para G. P., German Petit, Portes pagados.

En esta carta la anotación hace referencia a que el porte del transporte del cajon por la empresa que fuese es el que va pagado, inclusive escriben las dos líneas paralelas cruzadas para remarcarlo, pero como se ve no muestra marcas postales sino que simplemente la carta acompañaba el cajón y la misma carta dice a su destinatario mediante el signo de las lineas paralelas y cruzadas que el importe del transporte del cajon va pagado.


Imagen[/quote]

Un saludo.
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Torreana
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Mensaje por Torreana »

Las marcas estampadas en la carta por las empresas o entidades que transportan el correo son simpre postales, aunque sean privadas. Los Cosarios y Recaderos son ejemplos de ello. Muchos de los cuales dispusieron de marcas propias y en este foro se han hablado de ellas.

En cualquier caso, la marca de tu carta parece que tiene como finalidad señalar la llegada al destino. No me extrañaría que, dado que Correos disponía ya del monopolio del transporte de la correspondencia, la empresa transportista de la mercancía acudiera a la estafeta de correos de Madrid para constar la llegada y cumplir con la legalidad.
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Julian
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Mensaje por Julian »

Serafín yo creo que en este caso que estamos tratando, no se trata de uan empresa que se dedique al transporte del correo, sino probablemente una empresa que hace transporte de mercancias y que en este caso trasporta un dosel de plata, (imaginese el tamaño), de un lugar a otro y en el que el que hace el envio adjunto al objeto trasportado una carta que lleva el propio calesero para entregar junto con la mercancia.

Es por esa teoría por lo que yo, (en el hipotético caso que fuese una marca de época, cosa que dudo mucho por el color tan fresco de la tinta violeta), en ningún caso la consideraría postal sino privada.

Y como bien apuntas hipótesis esta, tan buena o tan mala como cualquier otra.

Interesante debate alrededor de la cartita de Menaza..

Saludos

Julián
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PELAYO
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Mensaje por PELAYO »

Hola:

En mi opinión la utenticidad del texto de la carta que abre este hilo no admite ninguna duda (es practicamente imposible imitar esa letra en los tiempos de hoy, ni un experto podría hacerlo). En cuanto a la marca, pienso que se ha puesto recientemente para engañar a los coleccionistas.

Estamos, pues, ante una típica carta circulada fuera de valija y, por tanto, no tiene porqué llevar marca postal alguna. Aunque aún no se ha mencionado nada al respecto imagino que esta carta circuló abierta sin lacre. ¿No es así Menaza? Ahora bien, no pensemos por ello que todas las cartas que circularon fuera de valija no llevaban marcas postales, pues en el periodo prefilatélico también se falsificaron las marcas postales que utilizaron las distintas estafetas, precisamente para esquivar las cuantiosas multas impuestas a las cartas que circulaban fuera de valija en vez del correo habitual. Este es un tema de nuestra prefilatelia que nadie ha tratado aún (que yo sepa), el cual tiene su miga y un gran interés en la busqueda de estas raras piezas postales.

La circulación de cartas fuera de valija no es de ahora. Practicamente desde que la corona se hace cargo del correo [1706] comienza a regular esta practica imponiendo graves sanciones a todos aquellos que incumplan las ordenanzas al respecto, a la vez que especifica claramente las condiciones que debían cumplirse para poder circular cartas fuera de valija.

Solo podían circular fuera de valija las cartas con recado (como es el caso que nos ocupa) o las de recomendación y, además, debían ir abiertas. Pongo una carta muy similar circulada entre Vitoria y Valladolid el 19 de marzo de 1740:

Imagen

Imagen

Vemos, pues, que es un calco de la carta que abre este hilo con el texto manuscrito en el frente indicando la mercancia enviada y en el texto el portador (en este caso Melchor Martínez, vecino de Revillagodos) y la carta abierta sin lacre cumpliendo, así, con la normativa.

Como ya dije podriamos citar numerosas ordenanzas que regulaban esta practica, ahora bien como quiera que algún compañero a sugerido reflexionar sobre el contexto histórico de dicha carta al circular en fechas próximas al final de la Guerra de la Independencia, he creido oportuno citar una del año 1823, la cual se regía judicialmente en base a un decreto de las Cortes de Cádiz de 13 de septiembre de 1813 (lugar y año en que circuló la carta en cuestión).

Me refiero a una Instrucción, dada en Cádiz el 31 de julio de 1823, para impedir los fraudes que se cometían conduciendo cartas sin el correspondiente sello de correos [marca postal de origen] y pago de los portes.

En los tres primeros puntos se advierte que ninguna persona puede conducir cartas sin presentarlas antes en las respectivas estafetas y pagar los portes, así como los castigos y multas por su incumplimiento.

El punto 4º es el que nos interesa y trancribo a continuación: "Unicamente son esceptuados de la presentación al sello y pago de los portes las cartas con recado o de recomendación llevandolas abiertas, pero no lo son las que, aunque abiertas, contengan o traten de otra clase de negocios, las cuales cerrándose en la Administración a presencia del que las conduce, quedarán sujetas al la multa y pago de los portes."

Ó sea que no solo las cartas debían ir abiertas, sino en su interior debía de tratar sobre el asunto que se indicaba en la portada, como es el caso de las cartas que vamos viendo.

En fín, un tema éste muy interesante y sin estudiar que -incomprensiblemente- aún no ha llamado la atención de los grandes eruditos filatélicos de nuestro país.

Saludos
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Menaza
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Mensaje por Menaza »

Hola,

Ante la pregunta que realiza el amigo Pelayo:
Estamos, pues, ante una típica carta circulada fuera de valija y, por tanto, no tiene porqué llevar marca postal alguna. Aunque aún no se ha mencionado nada al respecto imagino que esta carta circuló abierta sin lacre. ¿No es así Menaza?
La carta va abierta y sin signos de haber sido cerrada.

Saludos.
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cascajo
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Mensaje por cascajo »

Buenas foreros,
os pongo algunas cartas de mi colección de Prefilatelia de Navarra relacionadas con el tema.
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Esta va de Bayona a Tudela en 1705 y como figura al frente circuló junto a siete cargas de mercaderías y un paquete.
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Esta circuló con todos los cánones de este tipo de misivas. Con propio y abierta, ya que como podeis comprobar en su contenido tiene toma de razón en Pamplona y también a su llegada en Tudela, reexpidiendo incluso parte de la carga a Zaragoza.
Por otra parte os muestro estas otras dos que desde luego no circularon conforme a la supuesta normativa, ya que lo hicieron cerradas y en sus contenidos no sólo se hace referencia al dador y a la carga transportada, sino también a otros aspectos totalemente diferentes.
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Carta de Pamplona a Tudela en 1730, con un fardo de castañas y cuatro sillas.
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De Zaragoza a Tudela en 1806, con 12 vales renovados.
Por último y ya que se ha hecho mención a las cartas con recado, como una de las formas en que se podía enviar correspodencia junto a mercancías con permiso, eso sí siempre cerradas, os muestro estas otras con la marca Con Recado (¿En este caso sería una marca postal?) pero también viajaron cerradas.
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De Pamplona a Tudela en 1730.
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De Los Arcos a Tudela en 1787.
No se tal vez habría que reconvertir el hilo ya que José Luis empezó con una posible marca falsa y está derivando hacia el interesante tema de la correspondencia fuera de valija y las marcas postales manuscruitas :roll: .
Un saludo.
Jesús
Menaza
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Mensaje por Menaza »

Hola:

Siguiendo el consejo de Jesús he renombrado el hilo a "Correspondencia prefilatelica fuera de valija", para dejar mas centrado el tema al que está derivando el debate creado con la primera carta del hilo.

En cuanto a este comentario hecho por Jesus:
os muestro estas otras con la marca Con Recado (¿En este caso sería una marca postal?)
Personalmente opino que no se trata de una marca postal puesto que la carta circula fuera de valija, sino una marca indicando a su destinatario que transporta un recado, como es en este caso.

Saludos.
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cascajo
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Mensaje por cascajo »

Hola foreros,
pues yo José Luis no lo tengo tan claro. Porque en todas las cartas con la anotación manuscrita "Con recado" que tengo anuncian la llegada de un propio con mercancía, además de comentar otras cuestiones de interés entre remitente y destinatario. Pero es que además, si tal y como la ordenanza en cuestión establecía, era una de las pocas formas en que estaba permitido circular correspondencia por propios, entiendo que esa anotación está deribada de una reglamentación del correo (Título XX de la Ordenanza general de Correos, Postas , Caminos y demas Ramos agregados a la Superintendencia General, 1794 en la imprenta Real), con lo que sí que me parece podría entenderse como una marca postal . En cuanto tenga algo de tiempo pongo alguna imagen de cartas de esa época (Cintruénigo-Tudela 1735) con anotación "Con el correo" y sin ningún otro tipo de marca. ¿Sera también fuera de valija?
Un saludo.
Jesús
Menaza
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Mensaje por Menaza »

Hola,

Pienso que una cosa es que la Renta permitiera el transporte de este tipo de cartas ateniendose a las condiciones que marcaba el Reglamento y otra distinta que ese tipo de misivas, con anotaciones en sus anversos, sean consideradas marcas postales propias de la Renta de Correos, :roll: , pero esta es mi opinión.

De todas maneras es de lo más enriquecedor este debate que hace que todos vayamos contrastando nuestras ideas y pareceres, ilustrandolo además con bonitas piezas postales. :wink:

Saludos.
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PELAYO
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Mensaje por PELAYO »

Hola:

Cascajo dice:
entiendo que esa anotación está deribada de una reglamentación del correo (Título XX de la Ordenanza general de Correos, Postas , Caminos y demas Ramos agregados a la Superintendencia General, 1794 en la imprenta Real), con lo que sí que me parece podría entenderse como una marca postal
El Titulo XX de la Ordenanza de 1794, mencionada por Cascajo, especifica como han de circular las cartas fuera de valija, pero no indica nada en concreto sobre ninguna anotación manuscrita que debiera de incluirse en la portada del sobrescrito. Pongo copia de dicha Ordenanza:

Imagen

Por otro lado, como bien indica Cascajo, existen muchas cartas que llevan la anotación manuscrita Con Recado y que circularon cerradas con lacre. Pero, el hecho de que circulasen cerradas no implica necesariamente que lo hiciesen mediante el correo oficial, sino que lo pudieron hacer incumpliendo la normativa (bien por ignorancia o por malicia), pues Correos emitió muchas ordenanzas a este respecto, preciasamente porque no se respetaban las normas aludidas (ya hemos citado dos ordenanzas de 1794 y 1823, pero podriamos citar muchas más de años anteriores).

Creo que si queremos llegar a entender este tipo de correo, lo primero que tenemos que hacer es definir y distinguir las cartas con recado y las de recomendación. Una vez que tengamos bien claros y definidos estos conceptos, con la ayuda de las cartas que se muestren quizá saquemos alguna conclusión interesante, pues -como ya dije- estamos ante un tema muy poco estudiado, por no decir nada.

El siguiente paso sería definir correctamente el término de "Marca Postal", pues, claro, muchas cartas y sobrescritos llevan diversas anotaciones manuscritas, pero ¿Podemos considerarlas todas como marcas postales? He ahí la cuestión. :roll:

¡Qué siga el debate!

Saludos
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cascajo
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Mensaje por cascajo »

Pues sí señor que siga el debate que es bien interesante.
Os muestro un par de cartas a las que hacía referencia una con la anotación Con el correo y otra con anotación al dorso, pero a la vista una vez cerrada la carta, "Mañana los llevará el correo".
En esto casos que se quiere decir con "correo": un particular que al menos en el interior de la carta no figura, o al correo "oficial" :roll: .
¿Qué opináis?
Por cierto las hojas no son para exponer, es algo por lo que de momento no he tenido interés, es simplemente que me niego a amontonar y carta que pillo le monto su hoja, por eso no creo que sean muy ortodoxas, pero a mí me gustan y entretienen :wink: .
Un saludo.
Jesús
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Menaza
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Mensaje por Menaza »

Hola Jesus,

Yo sigo pensando de que se tratan de marcas que no son postales aunque se utilice expresamente la palabra "correo", como ves en tus cartas que muestras no aparecen ni las marcas de Origen, pudiendo ser estas manuscritas o de cuño, y tampoco de porteo, las cuales en esta época son manuscritas.

En el caso concreto de tus dos cartas pienso que puedan ser circuladas por un particular al cual se denominaría correo por la función que desempeñaba, pero no deja de ser una posible explicación :roll: .

Por cierto Jesus tus hojas me parecen muy detalladas y aunque no sean para exponer muestran una información muy interesante de cada pieza, muy chulas.

Saludos.
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jaumebp
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Mensaje por jaumebp »

Torciendo un poco el tema hacia mis coleciones, tengo una duda respecto al correo fuera de valija, referente a las cartas circuladas hacia paises con los que no existia convenio, y me gustaria conocer vuestras opiniones.

Concretamente os pongo un par de ejemplos. La primera carta sale de Malaga con destino a Boston, depositada directamente por el remitente en un barco con destino a Nueva York. El correo español poco podia hacer para hacer circular esta carta al no existir convenio con los EEUU. Esto se debe considerar fuera de valija?

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Para que no contesteis sin reflexionar os muestro el segundo ejemplo, de Cadiz a Providence (EEUU). En este caso la carta se deposito al correo español, que lo unico que pudo hacer es llevarla al puerto de Cadiz y depositarla en un buque privado, al igual que la carta anterior. Esta evidentemente no circulo fuera de valija....

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Rosa Mari
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Mensaje por Rosa Mari »

Kdos amigos.
Menaza está lleno de razones cuando dice que estas anotaciones en las misivas no son marcas postales, sino privadas. Aunque opino que son igual de coleccionables, importantes y dignas de estudio como si lo fueran.
Si leéis atentamente las instrucciones y circulares emanadas de la Dron. Gral. sobre el Correo Fuera de Valija, observareis que, la mayor preocupación de la Posta, en este concepto, eran los posibles fraudes realizados por sus propios Conductores o Mayorales.
También había otros defraudadores habituales que preocupaban a la Renta, como eran las Empresas de Carreteros (tipo Cosarios) y Compañías Marítimas. A ellos también fueron dirigidas muchas de estas disposiciones.
Finalmente nos quedan los Peatones, que poco preocupaban porque poco defraudaban, pero que, en cambio, eran un blanco perfecto para Miqueletes, Miñones o Vigilantes de Puentes y Cadenas. Estos últimos, los Peatones, empleaban soluciones como eran la de transportar correspondencia escondida en algún lugar de su equipaje o en el fondo de una bota.
La Posta, sin embargo, permitía llevar correspondencia “Con recado “o “Recomendación”, correspondencia, esta, que no podemos considerar como Fuera de Valija, ya que estas circunstancias estaban autorizadas.
¿Qué significa con Recado? Pues simplemente que se trataba de una carta que acompañaba a la mercancía que transportaba un Recadero. ¿Y Recomendación? Pues que se trataba de una Carta de Recomendación Personal.
Como era obvio, ambas misivas debían ser llevadas en mano, ya que, la primera servía como nota o comprobante de la mercancía transportada o asuntos derivados de la misma, y la otra, servía al portador como presentación personal.
Si leemos el texto de las cartas, veremos desvelado el misterio.
Las palabras Correo o Por el Correo, tienen el mismo significado que todo lo explicado, ya que a estos transportistas también se les llamaba Correo.
Referente a las cartas que nos muestra Jaumebp, una de ellas tiene un perfil complicado.
La primera fue depositada en el buzón del barco que la transporta a New York.
Si fue depositada antes de partir el barco, podemos considerarla como Correo fuera de Valija en la parte española. Si lo hizo después de la partida, la operativa es reglamentaria.
La operativa de la segunda es totalmente correcta y no merece explicación alguna.
Besos
Rosmari
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VIRUEGA
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Mensaje por VIRUEGA »

Totalmente de acuerdo con Rosa Mari,

Yo tengo en mi colección de historia postal de guipúzcoa un apartado para este tipo de correo, ""no oficial""

En este caso marítimo

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"por la lancha del patrón ......"

Enrique Viruega
Trabajando las emisión de Cifras, Isabel y Cid de 1937-1939

Histoia postal de Guinea 1931-1955
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jaumebp
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Mensaje por jaumebp »

Rosa Mari escribió:Referente a las cartas que nos muestra Jaumebp, una de ellas tiene un perfil complicado.
La primera fue depositada en el buzón del barco que la transporta a New York.
Si fue depositada antes de partir el barco, podemos considerarla como Correo fuera de Valija en la parte española. Si lo hizo después de la partida, la operativa es reglamentaria.
La operativa de la segunda es totalmente correcta y no merece explicación alguna.
Besos
Gracias Rosa Mari por tu comentario. Me interesaba esclarecer la duda de cara a la correcta descripcion de estas cartas (La gran mayoria de las anteriores a 1840 son asi). No acabo de entender como se depositaba una carta en un barco despues de la partida de este... Con un tirachinas desde el puerto????? :wink: :lol:
Saludos de Jaume

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cascajo
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Mensaje por cascajo »

Buenos días foreros,
siguiendo con el tema os relaciono los tipos de anotaciones manuscritas que he podido reconocer hasta la fecha en mi colección. En todos los casos aparecen en cartas que no tienen marca de cuño alguno.
Porteos, Correo franco por dibujo, Con Recado, Con el Correo, Con autos (judiciales), En su casa, En su propia mano, Con mensajes al dorso, Con dinero ("Valores Declarados"), Con propio, Con propio nominado, Con seguro, Con criado, Con su merced, Con Señor mío y Con diferentes mercancías.
Los cinco primeros casos (sobre todo los dos primeros evidentemente) son las que más puntos tienen para considerarlas marcas (manuscritas) postales, al menos indirectamente por ser correspondencia permitida por el correo oficial.
Todas estas marcas, al menos en el caso navarro, se concentran fundamentalmente, aunque no sólo, en la primera mitad del s. XVIII. Marcas que continúan una tradición secular tal y como ha demostrado Alonso en el estudio del archivo Simón Ruiz, en dónde encontramos muchas de estas formas ya desde la segunda mitad del s. XVI. Como comentaba en un mensaje anterior no creo que sea una casualidad que su máximo desarrollo dentro del s. XVIII sea en su primera mitad, precisamente la época en la que el uso de las marcas de cuño es todavía poco frecuente.
Por otra parte no deja de ser chocante que cuando estudias un archivo de esa época encuentres muchas cartas aparentemente circuladas fuera de valija, sin marca alguna ni de cuño ni manuscrita, y que sean sólo unas pocas las que presenten este tipo de anotaciones manuscritas. Además si la intención era transportar la carta por medios propios, al margen de la posta oficial, sobre todo teniendo en cuenta que estaba penado y, tal y como a expuesto Rosa Mari, con frecuentes posibilidades de ser pillado infraganti (miñones, ponteros, etc.), qué sentido tenía poner al frente de la carta con fulano, con autos, con dinero, etc.
En fin, sin más, son reflexiones de este aspecto de la historia postal tan controvertido y poco estudiado.
Os pongo un par de ejemplos más de mi colección. Si os parece interesante pudo ir colgando alguna otra imagen.
Un saludo.
Jesús
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Rosa Mari
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Mensaje por Rosa Mari »

Kdos amigos.
Veamos. Lo que he tratado de explicar es que debemos conocer las normativas y aplicarlas individualmente a cada pieza. Para ello, debemos tener en cuenta el momento histórico y el lugar donde se produce, así como que, la Posta, no era como el Correo actual. El texto para salvar de la Justicia la circunstancia del transporte de una carta con Recado, puede sorprendernos, pero así de ambiguos eran en la mayoría de los casos. Había mucho analfabetismo y pocas luces en los raros privilegiados que sabían escribir. En este sentido, podéis leer varios artículos de Thebussem sobre la forma de dirigir las cartas del españolito de su tiempo, y estoy segura de que muchos os vais a sorprender. Así y todo, nada en esta vida es lineal y puede tener varias interpretaciones.
Otro si, muy largo de explicar, que voy a tratar de resumiros. Todas las embarcaciones que atracaban en puerto hispano, tenían la obligación, si así lo deseaba el Gobierno, de transportar correspondencia hasta su destino. Ningún barco que partiera para país ultramarino, podía salir de puerto si no llevaba la conformidad del Correo.
Los barcos disponían de un buzón-valija que estaba a disposición de los usuarios hasta pocas horas antes de la partida. Antes de partir, el Capitán o Contramaestre, debía presentarse en la Posta para hacer entrega de la valija y pagar, conforme a tarifa, el transporte de la misma. Luego, se hacía cargo de la valija, perfectamente precintada, para transportarla hasta destino. A la llegada, el proceso era a la inversa. El Capitán estaba obligado a entregarla en el Correo (a veces, por causa de epidemia, antes de la entrada en puerto) y finalmente cobrar de la Posta el pecunio establecido por el servicio prestado que era muy bajo.
Así pues, era muy tentador transportar la correspondencia privada en el interior de la valija del Armador (valija que durante mucho tiempo estuvo autorizada para realizar el transporte de la correspondencia de la Empresa) y cobrarse unos buenos duros. Una vez el barco hubiera partido, las cartas se sacaban de la misma y se preparaban para su entrega en el puerto de destino. A este procedimiento me refería cuando decía “después de la partida”.
No obstante, y a pesar de que he hablado mucho, no quiere decir que tenga razón. Es posible que yo también esté equivocada. Aunque tengo muchos años, no estuve allí.
Besos
Rosmari
Menaza
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Mensaje por Menaza »

Hola,

Al hilo de las palabras de Jesus:
Todas estas marcas, al menos en el caso navarro, se concentran fundamentalmente, aunque no sólo, en la primera mitad del s. XVIII. Marcas que continúan una tradición secular tal y como ha demostrado Alonso en el estudio del archivo Simón Ruiz, en dónde encontramos muchas de estas formas ya desde la segunda mitad del s. XVI. Como comentaba en un mensaje anterior no creo que sea una casualidad que su máximo desarrollo dentro del s. XVIII sea en su primera mitad, precisamente la época en la que el uso de las marcas de cuño es todavía poco frecuente.
Como bien dice nuestra amiga Rosa Mari en aquellos años habia mucho analfabetismo y pocas luces en los que sabian escribir y ya no solamente eso, la Corona acababa relativamente pocos años de hacerse cargo del Correo, el cual habia estado gestionado privadamente y aunque se trato de gestionarlo con normalidad desde el inicio con varias normativas que trataron de reguralizarlo fue complicadisimo ir dando la vuelta en pocos años a lo que funcionaba desde hacía siglos con un desorden tremendo, a poco que nos fijemos en cartas circuladas de esa epoca veremos que es así.

Es precisamente en esa primera mitad del siglo XVIII cuando el esfuerzo es mucho mayor y cuando la Corona trata de ir adecuando el nuevo modelo del transporte de la correspondencia. Como todos sabemos en 1756 ocurre un hito en el Correo, del que no se ha encontrado la normativa pero que ocurre en España a la vez en todas sus regiones, y es la aparición de nuevas marcas de cuño que tratan de ir definiendo los perfiles y límites de las demarcaciones, se dejan de usar marcas con el nombre de la Caxa y aparecen los primeros sellos con el nombre de las nuevas "regiones" o demarcaciones, todo ello por ir poco a poco tratando de poner un orden lógico al envío de la correspondencia.

De ahí que es lógico que sea en esa mitad del siglo XVIII cuando mas podemos apreciar cartas con esas indicaciones, lo que no quiere decir que existan en todas las épocas que como bien sabemos si por algo se caracteriza España es por la gran picaresca que tiene y claro a la hora de defraudar a la Renta de Correo pues esta no iba a ser menos. :wink:

Saludos.
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Rosa Mari
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Mensaje por Rosa Mari »

Kdos amigos.
Dos puntualizaciones sobre el análisis de las cartas que nos muestra Cascajo
1º) No estoy de acuerdo cuando dice que este servicio de transporte de mercancías (dinero) por medio de propio, sea el precursor del Servicio de Valores Declarados. El espíritu de la creación de este servicio, se debe a la necesidad de realizar envíos asegurados (sea dinero o no) cuyo importe, en caso de perdida, cubre y abona el Correo. Desde siempre, este tipo de envíos ha tenido sus limitaciones de riesgo y excepciones de contenido.

2º) Hacia 1780, Tudela tenía 551 vecinos y es de suponer que se conocieran todos. Entonces ¿que necesidad había de remitir un pliego, por cierto sin dirección, por la Posta General?. Más bien parece que la misma ha sido trasportada por Propio. El porte de 6 Quartos, especificado en el anverso, es el importe que el destinatario debería pagar al propio cuando efectuase la entrega.
Esta cantidad, nada tenía que ver con el porte de una carta puesta en el Correo Oficial. El trasporte de la correspondencia de propio, se ajustaba a la partida, y este podía variar según la velocidad y la distancia.
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