tengo una duda a proposito de una tarifa :

Carta de Vera-Cruz a Santander, 17 de enero de 1879, por el Washington de la compania general transatlantica (francesa). Sello local anulado a la salida.
Mejico no pertenece a la UPU (antes del 1/4/79). La carta normalemente paso a Santander sin escala francesa anterior (detalle importante).
Si creo las tarifas del 1 de abril de 1877, la tasa deberia estar de 1,20 pta.
Si la carta habia sido desembarcado en un puerto frances, pues dirigida a Santander, la tasa deberia estar de 50 cos (tasa UPU sin franquear) + 80 cos de porte estranjero (pasaje de Mejico a Francia) segun el articulo 12 del convenio UPU de 1878 (tableau C). En este caso, el porte estranjero se debe indicar al lapiz azul en el rincon de izquierda de la carta, y se debe poner la T negra - exactamente como sobre la carta. Luego la tasa seria de 50 + 80 = 1,30 pta.
Sobre la carta figura una pequena tasa de 1 pta, como si se habia aplicado la vieja tarifa del 1 de mayo de 1855 para las procedencias de paises sin convenio postal



Por cierto hay un dato que me le escapa. Alguien sabe lo cual ???
Saludos !