Hola a todos-as:
Quería en primer lugar agradecer a todos los elogios emitidos que no considero justificados ya que ésta es mi especialidad favorita y casi soy yo el que tiene que agradecer a Angubal la oportunidad que me ha brindado de estudiar una pieza tan interesante. Además había estado cerca de tres años estudiando en profundidad la guerra carlista en el Norte y todavía no había empezado a estudiar a fondo la guerra en la zona Catalana y ahora que he empezado voy a continuar hasta terminar de estudiar la guerra en esta zona también.
Hoy y visto que alguno ha planteado el asunto de qué pasaba con el correo y con los carteros durante esta guerra voy a comentar este tema para que así Angubal pueda por si mismo hacer “conjeturas” sobre como pudo viajar esta carta hacia Igualada y con que sellos, ya que esa es ya la ultima clave que queda por determinar.
El día 1 de abril el Intendente General de la Hacienda Carlista en Cataluña, Francisco Solá, emite las normas para regularizar el servicio de correos. A continuación haré un resumen extraído por mi de dicho documento en lo concerniente al correo ordinario no oficial por el territorio español ya sea carlista o no , pero que es exacto en su contenido y en algunos casos copia literal de alguno de sus párrafos:
1º Se establece un impuesto sobre las Comunicaciones que se recaudará por medio de sellos en los que se estampara el busto del rey Carlos VII y su valor será de 47 céntimos de real.
*Este curioso precio es lo que hace que este sello sea el único de toda la filatelia española con un valor de 16 maravedíes, peculiar moneda que por lo visto cuadra con esos 47 céntimos de real.
2º Esta imposición empezará a regir desde el día 15 del actual mes de abril quedando sin circulación toda la correspondencia que no vaya acompañada de dichos sellos.
3ª
¡¡¡Ojo a esto que es realmente increíble!!! El deposito de los sellos estará en cada pueblo en el estanco o estancos
DEL GOBIERNO ENEMIGO recayendo sobre los estanqueros toda la responsabilidad si en alguna ocasión carecen de sellos.
4º La tarifa será de un sello por cada carta o paquete que no exceda de 10 gramos y un sello más por cada 10 gramos de más.
5º
Los sellos que acompañen la correspondencia saldrán inutilizados de las administraciones y carterias de la misma manera que se haga con los que utiliza el enemigo.
6º La correspondencia que haya de circular solo por la zona dominada por el Real Ejercito no llevara los sellos del enemigo y solo se le dará curso llevando los sellos creados por esta Real Intendencia y no otros.
7º
Se prohíbe en todo el Principado el uso de los sellos de impuesto de guerra creados por el Gobierno usurpador.
*Habéis leído bien, contemplan el que la correspondencia que circule desde el territorio carlista al no carlista vaya franqueado además de con los sellos carlistas con sellos de correo del “Gobierno Usurpador” pero no permite el uso de los sellos del Impuesto de Guerra.
8º A los estanqueros que vendan los referidos sellos de impuesto de guerra así como a los peatones y demás conductores de correspondencia que se les encuentre correspondencia acompañada de dichos sellos se les castigará con multa de 5000 reales por la primera vez y sometidos a juicio de guerra en caso de reincidencia.
9º
Los administradores, carteros, peatones y estanqueros que falten a sus deberes así como los mayorales de los coches, conductores de carros, porteadores, etc que transporten correspondencia sin los debidos sellos serán considerados rebeldes y los primeros serán separados de sus destinos y recibirán todos el castigo al que se hagan acreedores.
*Ojo a los castigos que en la época y en ambos bandos por igual se infligían a los “rebeldes”, que incluía el fusilamiento o molerlo a palos in situ sin demasiados miramientos.
10º Se estipula que los estanqueros pagaran los sellos por adelantado recibiendo a cambio los sellos y el pertinente recibo.
11º Los oficiales de la administración, los jefes de rondas y de fuerzas auxiliares son llamados a velar porque este impuesto de los rendimientos de que es susceptible por lo tanto también les exigiré responsabilidades por su falta de celo en la vigilancia.
Como veréis es un Documento sensacional que no tiene desperdicio y que entre otras cosas os deja muy claro algo que ninguno se había apercibido y es que
siendo una carta circulada en 1.874 no tenía el sello del Impuesto de Guerra, ¡¡¡A ver quien era el guapo que le pegaba un sellito de esos en el camino hacia Igualada!!!!.
Angubal pienso que ya he terminado mi trabajo ya que ahora es el momento en que debes enviar esta carta, con toda seguridad carlista, a un experto de categoría y yo te recomiendo que se la envíes a Francesc Graus,porque es sin lugar a dudas el mejor, y que sea él el que de una forma técnica e imparcial, ya que yo tengo mi opinión formada como coleccionista de sellos carlistas que soy y eso puede hacer que esté desando ver algo que no es, te diga si todos, uno o ninguno de los sellos que tiene en estos momentos la carta adheridos son los originales con los que inicio este apasionante viaje entre Segur, Calaf e Igualada allá por el 22 de abril de 1.874 porque yo estoy seguro que la carta en sí, el origen con su fecha y los fechadores tanto de transito como de llegada son auténticos y además no parece que se haya manipulado la fecha del fechador de Calaf.
Yo no tendría el menor inconveniente en hacerte conjeturas y explicar sin ningún problema todas y cada una de las posibilidades pues esta carta podría incluso haber circulado sin llevar ni un solo sello, aunque yo personalmente no creo que fuera eso lo que pasó. Tampoco me parece probable que algun falsificador avaricioso pretendiera mejorar una carta ya de por si rara y cara pegando un sello de 10 céntimos a una carta circulada con el sello carlista de cataluña, pero eso nunca se puede asegurar ya que en este mundo de la filatelia han habido muchos golfos y algunos completamente imbeciles.
Cuando Graus te devuelva la carta y te indique que es lo que él aprecia cuéntanoslo y entonces yo si quieres te doy mi opinión sobre el porqué la carta pudo circular de esa forma.
Hasta el momento nadie ha hablado sobre cual es el grado de rareza de este tipo de cartas, del sello nº 157 se conocen tan solo 28 cartas y de esas 28 solo tres presentan franqueo mixto con el sello nº 133. Yo tengo fotocopias de esas tres cartas y espero, Angubal, que tengas mucha suerte con esta.
¡¡¡Creo que ahora si que le ha entrado el mal de San Vito a nuestro amigo Angubal!!!
