Vamos a ver, lo que plantearé a continuación, solo son elucubraciones de, como ya he dicho anteriormente, uno que vive apartado de fuentes documentales y solo tiene a su alcance varias piezas que puede examinar y unas cuantas neuronas a las que de tanto en tanto se les ocurre alguna idea peregrina.
Sobrescrito circulado de Zaragoza a Mirambel en 1828 con porteo normal de 6 cuartos y sin ninguna tasa o porteo extra.
Ahora vienen las cartas que nos ocupan, las que van sobretasadas con 4 maravedis.
La mas vieja que tengo es de 1845, porteada con 6 cuartos y rectificado el porteo a " 7 C " manuscritos que significaría un cuarto más, esto es, 4 maravedis.
Otras, son de 1848, con porteos de 10 cuartos (8 adarmes), 15 cuartos (12 adarmes). 1 Real (6 adarmes) y otras mas similares, todas sobretasadas o sobreporteadas con 4 maravedis mns. independientemente del peso total de la carta.
Todas van dirigidas a Mirambel ,a D. José Clemente y Clemente, Guarda Mayor de Montes del
Partido de Castellote, aquí es donde puede estar el meollo del asunto.
Recordemos, que estamos hablando del Maestrazgo turolense, limítrofe con la provincia de Castellón. Veamos un mapa de la zona
Mi teoría sería la siguiente, este Guarda Mayor de Montes del Partido de Castellote, residiría en Mirambel (perteneciente al partido judicial de Castellote, según el Madoz), lugar al que eran dirigidas las cartas, pero las cartas, procedentes la mayoría de Teruel, eran encaminadas por Castellote. El Madoz, dice que Mirambel, recibía el correo dos veces por semana, procedente de la estafeta de Castellote. Ahora si os fijáis en el mapa, actualmente existe una carretera entre Castellote y Mirambel, pero en la época que nos ocupa, solo existía un camino de Cantavieja a Morella (Castellón), como ha apuntado antes Alejandro.
¿Podría ser, que esos 4 maravedís fueran un sobreporte para el cartero por conducir la correspondencia para esa persona hasta Mirambel en dias de no reparto habitual? O ¿Sería posible, que al tener que llevar las cartas desde Castellote a Mirambel y tener que pasar por la provincia de Castellón, existiera en esa provincia alguna tasa obligatoria para caminos como habéis planteado anteriormente?
Esta tasa también podría haberse aplicado en Cataluña, pues la carta que muestro a continuación procede de Reus (Tarragona)
Espero no haber liado mucho la cosa.
Saludos