Vamos a ver si completo humildemente algo de lo que nos ha enseñado
fecabo
A este documento le daba poca importancia, pero quizá no sea desdeñable, Se trata de una legalización en la que aparece el Consolato d'Italia en San Sebastiano, el ministerio de asuntos exteriores de Roma y la embajada italiana en Turquia.
otro:
Es la cara y el dorso de otro documento en que la Embajada española en Filadelfia legaliza la firma del secretario del juzgado del condado de Lucas.
De hecho las legalizaciones no son otra cosa que el dar fe de que las firmas son auténticas para evitar falsificaciones de documentos, esta gestión por lo visto podían hacerla varias autoridades. En el caso de los escribanos y notarios, el colegio, después de cobrar unas tasas autorizadas por el estado, hacía que otros tres escribanos y notarios reconocieran como auténtica la firma del que redactaba el documento; esto da lugar a menudo a unas preciosas hojas en las que no son de desdeñar las firmas, muchas veces espectaculares de los avaladores.
Aquí os pongo los pocos sellos de derechos consulares que tengo de los emitidos en fournier de Burgos
Fecabo nos cita el tipo A y B. Por lo menos habrá que añadir el C.
Es un tipo de sello que no tengo nada trabajado, pero por lo menos hay con el aguilucho a la derecha, con el aguilucho a la izquierda y plantados.
Hay además diversos colores y dentados. Es posible que cada emisión cambiara el color.
No creo que sea precipitado el decir que hay varias emisiones y tres tipos.
Ya veis, los fiscaleros no podemos pontificar, basta que una cosa teparezca poco importante, al poco tiempo hay que reconocer que sí que lo es, y nunca puedes decir que lo tienes todo ni que sabes todo lo que hay. Hay que ir descubriendo y aprendiendo de los que más saben.
S. i I.