Foro sobre filatelia o sobre lo que se tercie. Ágora de Filatelia es un foro abierto que Afinet ofrece a la comunidad filatélica universal para que exprese libremente sus opiniones y conocimientos
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Carta de Pezuela de las Torres (Madrid) a Nueva York de 24 de diciembre de 1939. Franqueo de 1,30 ptas mas el sello de sobretasa protuberculosos que, como quien dice, estaba recien estrenado.
Varias preguntas:
- Era necesario que esta carta llevase el sello protuberculosos? Creo que el impuesto solo se aplicaba al correo interior... o tambien era aplicable para correo a paises UPAE?
- La carta no va certificada ni aerea, sin embargo el franqueo parece un poco alto... 40 cts de carta sencilla mas 3 sobrepesos a 30 centimos cada uno cuadraria con las 1,30 ptas que lleva. Pero... es posible que este sobrecillo pesase mas de 75g??? Me olvido de algo???
Saludos de Jaume
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Tienes toda la razón: El impuesto solo se aplicaba al correo interior pero yo también tengo en mi colleción muchas cartas als extranjero con sellos protuberculosos. La gente las franqeaba habitualmente, creo...
La tarifa de una carta cuadruple (en el interior y a los paises de la UPAE) era 30 céntimos cada 25 gramos más 10 céntimos = 1,30 ptas. Fue una carta del 4° peso (75-100 gr). Me lo parece posible...
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Socio AFINET; BdPh; Arge Spanien; SSC y SPS / AIJP
- Era necesario que esta carta llevase el sello protuberculosos? Creo que el impuesto solo se aplicaba al correo interior... o tambien era aplicable para correo a paises UPAE?
En años anteriores se decia expresamente que la sobretasa era para el correo interior, pero al copiar la disposicion, se elimino la palabra interior (la frase era algo asi como "en el interior de la zona liberada", no muy apropiada una vez acabada la guerra). La UPU se opone al uso de estas sobretasas en el correo internacional y el espiritu de la sobretasa en el pasado era que fuese interior (aunque en este caso no se expresase explicitamente, seguramente debido a la gran improvisacion que governo la emision de estas emisiones). En otras palabras, no estaba nada claro si debia o no aplicarse por lo que en la mayoria de los casos se hacia.
Siguiendo la linea de lo que dice Paco, todas las definiciones de las normativas de aplicacion de las sobretasas de los Pro-tuberculosos, resultaban tan incoherentes y farragosas, que era imposible que en base a ellas se determinara en que tipo de correspondencia debia aplicarse, pero realmente eran solo para el correo nacional, por las disposiciones de la UPU sobre las sobretasas. (de prohibida aplicacion en correo internacional) .
En aquellos años, es facil encontrar piezas al extranjero con los protuberculosos, y mas aún en los paises de UPAE.
Decreto de 7 de Diciembre de 1939 publicado en el Boletín Oficial del Estado de 17 de Diciembre de 1939
Articulo primero. La correspondencia postal que se curse desde el día 22 de diciembre del corriente año al tres de enero de 1940, ambos inclusive, llevará forzosamente, para poder circular, además del franqueo exigido por la vigente ley del Timbre, y siempre que éste sea, por lo menos, de 15 céntimos, una sobretasa de 10 céntimos.
Queda, por tanto, exceptuada de esta tasa adicional la correspondencia que durante aquel periodo se franquee con Timbre inferior a quince céntimos
jaumebp escribió:De todas formas Paco, lo curioso de la carta de Reig es que el sello de 10 centimos sirve de franqueo en periodo de validez como sobretasa.
En realidad la emisión de este sello pro-tuberculosos no fue tal sino más bien una improvisación para salir del paso. Ya que en el decreto del 07/12/1939 del que nos habla reigminor se establece en su artículo 2º lo siguiente:"La referida tasa adicional será satisfecha con sellos especiales de 10 cts. que quedaron sobrantes del año 1.938 y si se agotasen por medio de sellos ordinarios del mismo precio". Supongo que se dieron cuenta de que los sobrantes del año anterior eran escasos, si es que existían ya que según la Orden del Ministerio de Hacienda del 03-12-1938 los sellos sobrantes debían ser entregados al Patronato Nacional Antituberculoso. Visto lo cual el 14-12-1939 el Ministerio de Hacienda publicó una Orden en la que se establecían las características del sello (efigie de Franco, color marrón, 10 cts. y sin trepado de ninguna clase). Que no era otro que el sello de 10 cts. de la serie básica que la F.N.M.T. estaba empezando a imprimir después de recibir el material de los anteriores impresores (Hijos de Heraclio Fournier) y como debían tener un importante stock del 10 cts. castaño aún sin dentar (stock que se podía aumentar facilmente con las planchas disponibles). Pués se dispuso que este sello de 10 cts. castaño sin dentar fuera el sello pro-tuberculosos del año 1.939.
Para acabar de liarla el sello de la serie basica de 10 cts. castaño, dentado grueso sin pie de imprenta se puso en circulación en los últimos días de diciembre de 1.939.
Es por eso que supongo que en la carta que nos muestra Reigminor el sello de 10 cts. sin dentar fuera usado por error o desconocimiento para el franqueo.
Perdonad por el rollo pero es la forma más sencilla que he encontrado para la explicación del uso como franqueo del sello de 10 cts. sin dentar.
esta claro que siendo el mismo sello que los otros , salvo el color y la falta de dentado (en la carta de reigmidor) es comprensible que en el extranjero colase perfectamente como parte de la tarifa
Ya no se si el funcionario en españa , caeria en la cuenta que eso significaba que la hacienda española dejaba de recibir 10cts
¿alguno tiene alguna carta circulada al extranjero con los protuberculosos de otros años, con una tarifa que no deje duda alguna sobre el peso? quiero decir que sea por ejemplo el de peso minimo
y que evidentemente ese protuberculoso complete el porte minimo para que esa carta vaya al extranjero
cazador de sellos , sin puñetera idea de los mismos y miembro de
AFINET
colecciono todo lo que pillo
El último de los Reino
Hola,
Puestos a pedir, alguien tiene alguna carta con el sello pro-tuberculosos de 1.938 en una carta matasellada entre el 22-12-1.939 y el 03-01-1.940, tal como disponía el decreto de 07-12-1.939.
ALBERTTF escribió:En realidad la emisión de este sello pro-tuberculosos no fue tal sino más bien una improvisación para salir del paso. Ya que en el decreto del 07/12/1939 del que nos habla reigminor se establece en su artículo 2º lo siguiente:"La referida tasa adicional será satisfecha con sellos especiales de 10 cts. que quedaron sobrantes del año 1.938 y si se agotasen por medio de sellos ordinarios del mismo precio". Supongo que se dieron cuenta de que los sobrantes del año anterior eran escasos, si es que existían ya que según la Orden del Ministerio de Hacienda del 03-12-1938 los sellos sobrantes debían ser entregados al Patronato Nacional Antituberculoso. Visto lo cual el 14-12-1939 el Ministerio de Hacienda publicó una Orden en la que se establecían las características del sello (efigie de Franco, color marrón, 10 cts. y sin trepado de ninguna clase). Que no era otro que el sello de 10 cts. de la serie básica que la F.N.M.T. estaba empezando a imprimir después de recibir el material de los anteriores impresores (Hijos de Heraclio Fournier) y como debían tener un importante stock del 10 cts. castaño aún sin dentar (stock que se podía aumentar facilmente con las planchas disponibles). Pués se dispuso que este sello de 10 cts. castaño sin dentar fuera el sello pro-tuberculosos del año 1.939.
Para acabar de liarla el sello de la serie basica de 10 cts. castaño, dentado grueso sin pie de imprenta se puso en circulación en los últimos días de diciembre de 1.939.
Es por eso que supongo que en la carta que nos muestra Reigminor el sello de 10 cts. sin dentar fuera usado por error o desconocimiento para el franqueo.
Perdonad por el rollo pero es la forma más sencilla que he encontrado para la explicación del uso como franqueo del sello de 10 cts. sin dentar.
Saludos
Alberttf,
1 - Estaria bien que cuando cites algo menciones la fuente.
2 - No estoy de acuerdo con se usarara el stock de 10 centimos de sellos ordinario que estaba listo para su salida. La prueba es que el protuberculosos es de otro color, no simplemente el 920 sin dentar. Lo que si es cierto es que las planchas son las mismas.
jeroca escribió:esta claro que siendo el mismo sello que los otros , salvo el color y la falta de dentado (en la carta de reigmidor) es comprensible que en el extranjero colase perfectamente como parte de la tarifa
Ya no se si el funcionario en españa , caeria en la cuenta que eso significaba que la hacienda española dejaba de recibir 10cts
¿alguno tiene alguna carta circulada al extranjero con los protuberculosos de otros años, con una tarifa que no deje duda alguna sobre el peso? quiero decir que sea por ejemplo el de peso minimo
y que evidentemente ese protuberculoso complete el porte minimo para que esa carta vaya al extranjero
Son bastante habituales con los pt del 39 y 40 por lo poco claro de la normativa. Yo diria que era mas habitual ponerlos que no ponerlos. En años posteriores se especificaba claramente que eran para uso interior y creo que son muchisimo mas raras (caen fuera de mi area de interes).
Tambien, dada la dificil situacion vivida en aquellos años se usaba el pt como franqueo, sellos ordinarios como pt y todas las combinaciones que se nos puedan ocurrir. Ademas, este pt no tiene ninguna mencion de pt, ni en los sellos en si, ni en las cabeceras de los pliegos.
Última edición por Paco el 22 Nov 2005, 14:40, editado 1 vez en total.
ALBERTTF escribió:Hola,
Puestos a pedir, alguien tiene alguna carta con el sello pro-tuberculosos de 1.938 en una carta matasellada entre el 22-12-1.939 y el 03-01-1.940, tal como disponía el decreto de 07-12-1.939.
No tenia ninguna de estas con el sello sin dentar pro tuberculosos, creo ver que es de enero del 40 pero el dia no consigo distinguirlo, los tres estan muy mal estampados.
Un saludo a todos.
Me apasiona todo lo que se sale de lo comun, colecciono todo lo que se parece a un sello o viñeta, no hay nada mejor que enriquecer mi coleccion cambiando con todos mis amigos. Socio de Afinet
Es una pena que la carta que muestra "Bernardino" no tenga unos matasellos que permitan ver la fecha de su estampación. ¡Y eso que lleva tres!
La carta lleva un franqueo de 40 céntimos conforme con la tarifa en vigor (desde el 10/11/1938) para cartas interurbanas hasta 25 gramos. Más la sobretasa de 5 céntimos del Ayuntamiento de Barcelona y más la sobretasa de Protuberculosos que estuvo en vigor desde el 22/12/1939 al 03/01/1940.
Por consiguiente, la fecha del matasellos, que parece claro que pone año 1940 debe de ser una de los tres primeros días de enero de dicho año.
Por lo que respecta a los otros sellos, el sello de 25 céntimos de Franco, con pie de imprenta, se puso en circulación en junio de 1939 y la duda estaría en los sellos del Cid al existir dos series, puestas en circulación en los años 1937 y 1940, que, con independencia de los pies de imprenta en el caso del 5 céntimos, se diferencian por el dentado de los mismos.
Soy incapaz de ver el dentado que tienen estos sellos.
¿Podrías mirarlo "Bernardino"?
Más que nada porque sello de 10 céntimos del Cid del año 1940 parece que se puso en circulación, sin confirmación oficial, en enero del año 1940 aunque no se sabe el día y el de 5 céntimos en marzo del mismo año. También podría tratarse de un 5 céntimos, sin pie de imprenta, del año 1937 ya que me parece que no lo lleva.
Hola Evaristo, creo que es dentado 10 3/4, poniendo la regla en medio de un diente me salen casi 11, es que asi pegados no se como mirar bien el dentado
Ninguno de los dos lleva pie de imprenta.
Supongo que son de la primera emision, aunque no podria asegurarlo, siempre se me ha dado mal esto de los dientes.
Un saludo a todos.
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Los del cid parecen dentados de linea ... por si aclara algo.
Busco Franco de perfil: matasellos (carterias, lineales, mudos...) variedades, hª posta (franqueos, destinos, ilustrados, usados en colonias, carceles, campos de concentracion, refugiados en Francia..) perforados, sobrecargas de colonias...CUALQUIER COSA
Pues si los sellos del Cid son dentado 10 3/4 y de línea, corresponden a la primera emisión del año 1937, si bien está admitido que el 5 céntimos sin pie de imprenta se puso en circulación el 14 de junio del año 1939 y el 10 céntimos rojo el 22 de febrero del año 1939.
Aunque no se conocen cifras de tirada exactas para cada uno de los tres tipos del 5 céntimos (pie corto, pie largo y sin pie de imprenta) lo cierto es que este último está más valorado en los catálogos.
La segunda, del año 1940, son dentado 11 1/4 de peine.
Por consiguiente, si nos atenemos únicamente al uso del sello Pro-Tuberculosos, las fechas del matasellos tendrían que ser 1, 2 o 3 de enero del año 1940, salvo que su utilización fuese fuera de su período de validez.