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Año Jubilar Compostelano 1937

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mega60
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Año Jubilar Compostelano 1937

Mensaje por mega60 »

Los sellos que se emitieron en 1937 en conmemoración del Año Jubilar Compostelano solamente se podían utilizar hasta el 31 de diciembre de 1937 según la Orden que se puede consultar en el enlace siguiente

http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1937/ ... -02450.pdf" onclick="window.open(this.href);return false;

...pero se siguieron utilizando en todo el año 1938 sin que se sepa si se publicó una nueva Orden autorizándolo

El primer uso que tengo es del 8 de enero de 1938, carta certificada de Granada a Viena con el sello de 1 peseta (50 céntimos de franqueo y otros 50 céntimos de certificado)
Adjuntos
villalba_1.jpg
villalba_2.jpg
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mega60
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Re: Año Jubilar Compostelano 1937

Mensaje por mega60 »

El último uso es del 23 de noviembre de 1938 también certificada de La Coruña a Vevey (y también con el sello de 1 peseta)
Adjuntos
muller_1.jpg
muller_2.jpg
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reigminor
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Re: Año Jubilar Compostelano 1937

Mensaje por reigminor »

Hola

La última fecha que tengo: 20 ABR 39
19390420_Año Santo.jpg
Saludos cordiales

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alfareva
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Re: Año Jubilar Compostelano 1937

Mensaje por alfareva »

Hola:

Bonito ejemplo mostrado por "reigminor" que demuestra que los empleados de Correos estaban muy confusos en la fecha del matasellado de la carta, por las circunstancias nacionales, o que confiaban en el remitente (coleccionista por demás) para no revisar la validez de los sellos adheridos al envío.

También el destinatario era otro coleccionista de la época.

El franqueo de 2,20 pesetas, exceptuando que los sellos de 1 peseta no tenían validez postal, es correcto, según la tarifa que entró en vigor el 10/11/1938.

* Carta interurbana:
- Hasta 25 gramos: 40 céntimos
- Por cada 25 gramos más o fracción: 30 céntimos

Al pesar 75 gramos, según se indica en el frente, por este concepto el franqueo debería ser de 1,00 peseta (40 + 30 + 30 céntimos).

* Derecho de certificado: 40 céntimos

* Seguro. Valores declarados en objetos de valor, cada 250 pesetas o fracción: 20 céntimos

Dado que llevaba sellos para colección por un valor de 1.000 pesetas, por este concepto debería abonar 80 céntimos (20 céntimos x 4 fracciones).

Por consiguiente, el franqueo debería ser las 2,20 pesetas indicadas (1,00 peseta + 40 céntimos + 80 céntimos)


Saludos.
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