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Ayuda con marca de Senadores y Diputados

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reigminor
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Ayuda con marca de Senadores y Diputados

Mensaje por reigminor »

Hola

Intentando describir la siguiente envuelta, me han entrado algunas dudas

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Sale de Santander a Madrid el 3 de Enero de 1839 dirigida a un Diputado del Congreso de la Nación pero creo entender que a su domicilio particular.

Lleva la marca de llegada a Madrid y el porteo de 7 cuartos.

Hasta aquí todo va bien pero ¿Donde se pone la marca de franquicia de Senadores y Diputados?

Creo que las marcas de franquicia son marcas de origen pero aquí parece que está puesta en destino.
¿Podían los diputados y senadores pagar con la marca de franquicia?

Datos encontrados del diputado:
[quote]Miembro del Estamento de Procuradores en 1834, fue nombrado ministro del Interior para sustituir a Alvárez Guerra en el Gabinete presidido por Toreno en 1835. Fue también diputado en las Cortes de 1840. (O.B.) (vol.III, p.485).[/quote]
Saludos cordiales

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MATRIX
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Mensaje por MATRIX »

Hola Manué

Las marcas de Senadores y Diputados son marcas de la Admon Central de Madrid, se aplicaban siempre en la capital y concretamente a todo el correo dirigido a los senadores y diputados en Cortes que figuraban en esos momentos en activo (que ya eran conocidos por todos y figurarian en algun listado al efecto en la misma Admon central), se aplicaba el porte de la carta en función de su peso, como a todas, y la marca de Sy D para distinguirlas y a su vez incluirlas en una contabilidad especial creada para ese tipo de correspondencia de los dedicados al trabajo esforzado y estresante, estar al servicio de todo el país legislandolo y gestionandolo ideologicamente " la politica". :roll:

Si te fijas todas las cartas o son salidas o son mayormente llegadas a Madrid y como tal vienen catalogadas en PE dentro de la demarcacion 1, en la Admon Central del Reino, tanto las Sy D rectangulares como las adornadas que llevan tu carta.

Las cartas que desde origen (fuera de madrid) ya se marcan en salida como francas por ir dirigidas a Senadores o diputados no reciben luego habitualmente el cuño de Sy D, estas marcas de origen, normalmente vienen estampadas con los cuños de Franqueo (Franco, etc) y los de Abono por no tener los cuños apropiados y creados partricularmente para el correo de S y D en esas estafetas, puesto que solo existieron como tales, en Madrid.
Si la carta llega sin ningun tipo de marca de correo franco o abonado por ir a Senador o diputado, en la capital se aplica normalmente dicha marca y se anota en su lista correspondiente el porte que corresponda al peso.
No pagan este correo los diputados directamente como usuarios, sino que se carga a una cuenta especial del organismo politico (creo que el Senado), que se liquidará a final de año ¡¡¡¡o eso se pretendia, porque en la realidad parece ser que siempre quedaron adeudas mayormente a la Renta, por esto mas adelante despareceran tantas franquicias que solo provocaban perdidas y abusos al Correo¡¡¡ :roll: :roll:


3 Cartas enviadas a Senadores y Diputados con diferentes formas y caracteristicas en sus marcas

Salida desde Valladolid a un senador y con la marca de Abono ya puesta para indicar su exencion de portes para con el destinatario, aunque aparece el porteo a anotar

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Enviada a un senador desde Jerez de los C y aplicada la marca S y D a la llegada a la Central de Madrid junto con su tarifa

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Salida desde Valencia, sin marca alusiva, al llegar a Madrid tampoco se aplicaron las tipicas marcas de S y D , seguramente por despiste en primera instancia, posteriormente corregido a mano, con tachon de tinta para anular el porte y que se pueda ver bien que está destinada a la columna de apuntes especiales (porque seguramente se habia cargado en la hoja de cargos del correo ordinario normal) y escrito a mano "Franco al 12" referente al dia que se aplica la marca de referencia para Senadores y Diputados

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Saludos 8) 8)
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Eosinófilo
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Mensaje por Eosinófilo »

MATRIX escribió: Las cartas que desde origen (fuera de madrid) ya se marcan en salida como francas por ir dirigidas a Senadores o diputados no reciben luego habitualmente el cuño de Sy D, estas marcas de origen, normalmente vienen estampadas con los cuños de Franqueo (Franco, etc) y los de Abono por no tener los cuños apropiados y creados partricularmente para el correo de S y D en esas estafetas, puesto que solo existieron como tales, en Madrid.
Si la carta llega sin ningun tipo de marca de correo franco o abonado por ir a Senador o diputado, en la capital se aplica normalmente dicha marca y se anota en su lista correspondiente el porte que corresponda al peso.
No pagan este correo los diputados directamente como usuarios, sino que se carga a una cuenta especial del organismo politico (creo que el Senado), que se liquidará a final de año ¡¡¡¡o eso se pretendia, porque en la realidad parece ser que siempre quedaron adeudas mayormente a la Renta, por esto mas adelante despareceran tantas franquicias que solo provocaban perdidas y abusos al Correo¡¡¡ :roll: :roll:
Manolo, creo que esta puntualización no es del todo correcta. Después del Real decreto de 3 de diciembre de 1845 (me parece recordar que es esa la fecha), los diputados y senadores sólo reciben las cartas francas de portes en época de sesiones, no así en verano, por ejemplo, en que deben abonar el importe del correo que reciben. Entre 1846 y 1849 en que aparecen las marcas de franquicia rectangulares S y D, las marcas de franquicia FRANCO o M/FRANCO se estampan en Madrid, no en origen, y sustituyen a las anteriores de las barras cruzadas y la corona de laurel. O sea, que hay que tener en cuenta la fecha para entender cuando se poníen las franquicias creadas al efecto en Madrid (1836-1845 y después 1849-1856) y cuando, entre ambos periodos, se ponían las de franquicia corrientes ya más conocidas de Madrid, y sólo en periodo de sesiones de los parlamentarios.

Saludos.
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MATRIX
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Mensaje por MATRIX »

MATRIX escribió:Hola Manué

Las marcas de Senadores y Diputados son marcas de la Admon Central de Madrid, se aplicaban siempre en la capital y concretamente a todo el correo dirigido a los senadores y diputados en Cortes que figuraban en esos momentos en activo (que ya eran conocidos por todos y figurarian en algun listado al efecto en la misma Admon central), se aplicaba el porte de la carta en función de su peso, como a todas, y la marca de Sy D para distinguirlas y a su vez incluirlas en una contabilidad especial creada para ese tipo de correspondencia de los dedicados al trabajo esforzado y estresante, estar al servicio de todo el país legislandolo y gestionandolo ideologicamente " la politica". :roll:
Cuando decía que figuraban en esos momentos en activo, me referia a que estaban en periodo de sesiones (realmente cuando tienen trabajo activo aparente), pero tal vez no sea entendible para todo el mundo, o haya supuesto demasiado alegremente que se conoce de forma general que la franquicia era unicamente para el periodo de las sesiones en cortes.
No esta de mas explicarlo mas detalladamente :roll:

Saludos
8)
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Eosinófilo
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Mensaje por Eosinófilo »

Quisiera ser un poco más conciso y claro, que tal vez sea un poco lioso esto de las franquicias de Senadores y Diputados:

Creación de primera franquicia de S y D = 1835 (Reales órdenes de 17 de noviembre y 12 de diciembre de 1834). Válida para toda correspondencia dirigida a S y D en Madrid, dentro o fuera de periodo de sesiones.

Real decreto de 3 de diciembre de 1845 = Desaparición temporal de marcas de franquicia específicas (las del periodo 1835-1845, en rojo, azul y negro, véase Tizón), uso de marcas de franqueo previo utilizadas a la llegada a Madrid de las de tipo FRANCO o M/FRANCO, de uso general, y posibilidad de franquicia SÓLO en periodo de sesiones.

1849-1856 = Aparición y uso de nuevas marcas de franquicia de S y D específicas para este fin (también se conocen en rojo, azul y negro), y utilización sólo en periodo de sesiones.

Posteriormente a 1856 = Cuños de franquicia de salida de Cortes y Senado, coincidentes con la obligatoriedad de franquear la correspondencia en origen, y desaparición definitiva de las marcas de franquicia impuestas a la llegada a Madrid.

Un saludo.
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rucvermell
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Mensaje por rucvermell »

a ver que os parece esa carta:
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en principio se trata de una carta salida de Sevilla, dirigida a un procurador en cortes y que va franqueada normalmente, sin beneficiarse de la franquicia.

Se trata de una carta que según el texto se ve claramente que se trata de un asunto particular y que no tiene nada que ver con el trabajo de un diputado.

Esta carta, a la que se añade un texto, también particular, se pliega de manera que queda una cara en blanco en la cual se pone el mismo nombre del destinatario y se reexpide hacia Barcelona:

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Este reenvío no se franquea y sí se le pone el sello de franquicia del congreso de los diputados.

Tengo la opinión de que se hizo un uso corrupto de la franquicia ya que se trata de una carta privada; otra cosa sería que la carta sin abrir se hubiera reexpedido, pero una vez abierta y con una ampliación de texto de asunto particular yo creo que debería haberse franqueado como una carta normal.

¿estamos de acuerdo?. O no.

S. i I.
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Eosinófilo
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Mensaje por Eosinófilo »

Pues amigo Rucvermell, creo que el uso es correcto:

1ª Carta circulada cuando el franqueo previo con sellos adhesivos era obligatorio. Ya no tenía razón de ser la franquicia de llegada, puesto que esta obligatoriedad era "universal" para remitentes.

2ª La misma carta reexpedida de Madrid a Barcelona con franquicia del Congreso de los Diputados. Aquí la correspondencia del Congreso estaba exenta del franqueo previo obligatorio, y así se cumple. Esto no tiene que ver con que el contenido sea particular, sino con el cargo de diputado.

Lo cierto es que la carta esta previamente franqueada en origen (Sevilla), de forma correcta. Y hasta donde yo sé, las cartas reexpedidas no tienen porqué refranquearse, ni siquiera entre particulares no diputados.

Un saludo cordial.
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Alejov
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Mensaje por Alejov »

Segun he entendido por las explicaciones de Ruc, la carta fué habierta, leida, y escrito algo contestando.
Luego, aprovechando el mismo sobre se envia como si fuera carta nueva, la dirección no está tachada, para mi todo correcto por cierto hemosa pieza, 2x1.
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Eosinófilo
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Mensaje por Eosinófilo »

Ejemplo de utilización de marcas de uso general FRANCO y M/FRANCO como marcas de franquicia en cartas dirigidas a diputados en 1846:


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Un saludo,

José María
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MATRIX
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Mensaje por MATRIX »

Eosinófilo escribió:
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José María
Mira, una carta de las que me tienen intrigado despues de lo escrito :roll: ¿tu crees que en esta carta salida de Coruña, la marca Franco es aplicada en Madrid o en la misma Coruña, Eosi? El color de la tinta lleva a hacerselo pensar bien. ¿que os parece?

Saludos 8)
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Eosinófilo
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Mensaje por Eosinófilo »

Míralo desde este otro punto de vista: la tinta del "1R" es similar a la del "FRANCO", y el "1R" está claro que fue estampado en Madrid. Por otra parte, si viniera con el FRANCO de la Coruña, no sería necesario poner el "1R", en mi opinión.

Sinceramente creo que el FRANCO y el "1R" rojos se pusieron en Madrid. Mira el arco o el aura que deja la grasa de la tinta en ambos: es similar. Sin embargo, la grasa de la tinta del Baeza de la Coruña es menos llamativa, la estampación es menos grasienta, si quieres.

Un saludo cordial.
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rucvermell
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Mensaje por rucvermell »

a ver si voy bien con esta carta:

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Sale de Tarragona, 14 de mayo de 1856 (sin año en el datador y con el mes cabeza abajo);

dirigida al Diputado "Estanislado" Figueres (que llegó a ser el primer presidente de la primera república).

A la salida se tasa con un 8, que debería pagar el receptor y a la llegada a Madrid se le pone la franquicia de S.y D.,

¿se llegó a pagar el porte?.

Aunque no he encontrado la R.O. o disposición por la que los S. y D. tenían franquicia, sé que la tenían, pero creo que sólo de salida.

¿Podría saber más exactamente cómo funcionaba este tipo de franquicia? porque más arriba os pongo una carta del febrero del 59, salida de Sevilla y luego reexpedida y que se franquea.

Matrix (te esperamos, tranquilo) y Eosinófilo, nos dicen que las cartas de llegada sólo tenían franquicia durante los períodos de sesiones, estos días se contaban exactamente o tenían unos días de carencia; porque yo puedo mandar una carta para que llegue durante este período pero si se me adelanta o se me retrasa dos o tres días... qué?.

S. i I.
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rucvermell
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Mensaje por rucvermell »

Buscando, buscando, he encontrado estas disposiciones:

La primera se trata de un capítulo de la orden del 23 de Junio de 1856, las otras ya llevan la fecha.

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A ver como puede interpretarse.

Parece como si tuvieran franquicia para recibir y enviar correo durante la legislatura ( o sea mientras son senadores o diputados) según la orden de 1856, si bien según la orden de 1851 sólo era durante el período de sesiones.

¿Qué os parece?

S. i I.
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jeroca
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Mensaje por jeroca »

segun eosi nos conto(o eso creo recordar) en la conferencia de Afinet de tenerife(qye buenois recuerdos) la franquicia era aplicable solo cuando estaban trabajando (periodo de sesiones) y evidentemente se debia poner en madrid que era donde sabian que estaban haciendo sus señorias
a lo mejor al principio era para el correo durante su mandato y hubo muchos abusos y por eso lo redujeron
o quizas como dice ruc se amplio el periodo de franquicia a todo el periodo de legislatura
cazador de sellos , sin puñetera idea de los mismos y miembro de
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Menaza
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Mensaje por Menaza »

Hola:

En 1856 la correspondencia se paga en origen como todos sabemos, fue en Madrid donde estamparon la marca para darsela al Diputado, pero si pago o no, personalmente pienso que no.

Segun la obra de Isidro Silos sobre las A de Abono, era costumbre en algunas demarcaciones marcar el porte y luego ponerle la marca para indicar que iba libre de portes, esto ocurrio en algunos sitios con las diferentes marcas de franquicia que existian y creo que entre ellas estan las de Senadores y Diputados.

Por cierto Ruc, el libro de Isidro Silos, hablo de memoria, al final trae las disposiciones sobre los organismos que disfrutaron de las franquicias en los portes de correo.

Saludos.
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Re: Ayuda con marca de Senadores y Diputados

Mensaje por AVR86 »

Hola.
Rescato este hilo de las profundidades del Ágora para enseñaros esta carta dirigida a un Diputado desde Oviedo en 1837, que me pareció muy bonita.

Saludos
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AVR86
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Re: Ayuda con marca de Senadores y Diputados

Mensaje por AVR86 »

Y otra al mismo Señor desde Vigo, pero en 1838, dejó de ser Diputado para ser Senador.

Saludos
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Menaza
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Re: Ayuda con marca de Senadores y Diputados

Mensaje por Menaza »

Hola,
En estas dos últimas cartas la marca de Franquicia de Senadores y Diputados se estampó para invalidar el porte aplicado.
Saludos.
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AVR86
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Re: Ayuda con marca de Senadores y Diputados

Mensaje por AVR86 »

Muchas gracias! :wink:

Aprovecho para enseñar otra carta comprada hace poco -y que ya mostré a algún forero- que me parece muy bonita y quiero enseñárosla.

Saludos
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Eosinófilo
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Re: Ayuda con marca de Senadores y Diputados

Mensaje por Eosinófilo »

Hola Alberto,

Además de enseñar las piezas (lo cual te agradezco) sería bueno realizar un pequeño esfuerzo en describirlas, para entre todos aprender algo de Historia Postal. Te animo a que nos describas la última carta que has puesto. Así se moja uno con si la "A" está puesta a la salida, a la llegada, el por qué de la franquicia, años de uso, etc.

Un saludo,

José María
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Prefilatelia e Historia Postal - Piezas bonitas en general.
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