Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
- Strumg
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Que cartas más chulas estás poniendo! Devuelto y recurrir a la cruz raja... mmmm y el destino era Francia.... ¿puede que se devolviese al remitente y a su vez no se encontrase a este y por eso lo de la cruz roja en español?
- Mochy
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Strumg no creo saliera de España, no hay paso por Francia ni nada, y tiene dos Nº de censor y uno es de color muy similar a esa marca. A ver si alguien ayuda.
- retu
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Muy curiosa e interesante esta última carta, ciertamente (gracias, Mochy, por mostrarla). Y con una marca, la de
DEVUELTO____________
DEBE RECURRIR A LA CRUZ ROJA
que yo creo, o estoy casi seguro, que es inédita en el Ágora; no recuerdo haber visto nunca una igual. Lo que da para una nueva zanja
Lo que veo muy curioso e interesante en esa marca (utilizando solo el sentido común, pues mi desconocimiento de la marca y de su uso es total) es que 'devuelto' y 'la indicación de la recurrencia a otro tipo de medio de envío (Cruz Roja)' parecen contradictorios. Me explico: 'DEVUELTO' indica normalmente que una pieza se ha tratado de entregar y no se ha conseguido, por lo que se 'devuelve' y en este caso se acompaña con una indicación / consejo al remitente de que recurra a otro medio (Cruz Roja). Pero esta carta, como apunta muy bien el propio Moxchy, no parece que se haya intentado entregar, sino que parece que se 'devuelve' antes de intentar esa entrega (si es así, en un caso como este igual habría que indicar 'NO ACEPTADO' antes que 'DEVUELTO'), y aquí es donde creo que pueden surgir nuevas cuestiones a resolver (a ver si hay alguien que pueda estar puesto en el uso de esa marca):
La indicación / consejo de recurrir a la Cruz Roja (que es lo que expresa la marca en última instancia), ¿a qué tipo de cartas se le aplicarían?
Cuando se indica / aconseja que se "debe recurrir a la Cruz Roja", ¿no se puede interpretar que Correos, de alguna manera, está admitiendo su 'imposibilidad' o 'impotencia' de hacer llegar la carta por la razón que fuera y por eso 'indica' otro camino que puede ser más eficaz que el de Correos propio? ¿En qué casos podía suceder esto?
Hay algo, en todo lo que contiene y deja entrever esa marca, que puede tener mucha miga.
DEVUELTO____________
DEBE RECURRIR A LA CRUZ ROJA
que yo creo, o estoy casi seguro, que es inédita en el Ágora; no recuerdo haber visto nunca una igual. Lo que da para una nueva zanja

Lo que veo muy curioso e interesante en esa marca (utilizando solo el sentido común, pues mi desconocimiento de la marca y de su uso es total) es que 'devuelto' y 'la indicación de la recurrencia a otro tipo de medio de envío (Cruz Roja)' parecen contradictorios. Me explico: 'DEVUELTO' indica normalmente que una pieza se ha tratado de entregar y no se ha conseguido, por lo que se 'devuelve' y en este caso se acompaña con una indicación / consejo al remitente de que recurra a otro medio (Cruz Roja). Pero esta carta, como apunta muy bien el propio Moxchy, no parece que se haya intentado entregar, sino que parece que se 'devuelve' antes de intentar esa entrega (si es así, en un caso como este igual habría que indicar 'NO ACEPTADO' antes que 'DEVUELTO'), y aquí es donde creo que pueden surgir nuevas cuestiones a resolver (a ver si hay alguien que pueda estar puesto en el uso de esa marca):



Hay algo, en todo lo que contiene y deja entrever esa marca, que puede tener mucha miga.
"No preguntemos si estamos plenamente de acuerdo, tan sólo si marchamos por el mismo camino" (Goethe)
- Mochy
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Gracias Retu. Mientras alguien más conteste, a las varias preguntas que hice atrás, voy a poner otra, antes de que pierda la imágen en el tlf
CENSURA
DE
GUERRA
Saludos.
- guarisme
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
en estàs fechas el V CE ya estaba por la zona del Ebro. Saludos.LUIGI escribió: ↑01 Dic 2024, 23:48Al desconocer la fecha me arriesgo a decir que pertenece al ejercito de maniobra Cuerpo de Ejercito V E.C.C. 5 en Quintanar de la ÓrdenMochy escribió: ↑28 Nov 2024, 12:26 Hola:
Como seguimos esperando voy a contar algo, por si estoy equivocado y me corregís.
La marca anterior de Correo de Campaña en el centro pone "5 C.C." yo entiendo esto es la Carteria de Campaña nº5 y por tanto deberían de existir la 1, 2, 3 ,4. También dice " TURIA, 3", yo entiendo que está Base Turia pertenecía al Ejército del Este junto con las Bases 7 y 8 y TURIA 2.
¿Qué os parece?
Saludos.
- guarisme
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Tengo la teoría que esa marca era aplicada por la censura.retu escribió: ↑02 Dic 2024, 22:34 Muy curiosa e interesante esta última carta, ciertamente (gracias, Mochy, por mostrarla). Y con una marca, la de
DEVUELTO____________
DEBE RECURRIR A LA CRUZ ROJA
que yo creo, o estoy casi seguro, que es inédita en el Ágora; no recuerdo haber visto nunca una igual. Lo que da para una nueva zanja![]()
Lo que veo muy curioso e interesante en esa marca (utilizando solo el sentido común, pues mi desconocimiento de la marca y de su uso es total) es que 'devuelto' y 'la indicación de la recurrencia a otro tipo de medio de envío (Cruz Roja)' parecen contradictorios. Me explico: 'DEVUELTO' indica normalmente que una pieza se ha tratado de entregar y no se ha conseguido, por lo que se 'devuelve' y en este caso se acompaña con una indicación / consejo al remitente de que recurra a otro medio (Cruz Roja). Pero esta carta, como apunta muy bien el propio Moxchy, no parece que se haya intentado entregar, sino que parece que se 'devuelve' antes de intentar esa entrega (si es así, en un caso como este igual habría que indicar 'NO ACEPTADO' antes que 'DEVUELTO'), y aquí es donde creo que pueden surgir nuevas cuestiones a resolver (a ver si hay alguien que pueda estar puesto en el uso de esa marca):
La indicación / consejo de recurrir a la Cruz Roja (que es lo que expresa la marca en última instancia), ¿a qué tipo de cartas se le aplicarían?
![]()
Cuando se indica / aconseja que se "debe recurrir a la Cruz Roja", ¿no se puede interpretar que Correos, de alguna manera, está admitiendo su 'imposibilidad' o 'impotencia' de hacer llegar la carta por la razón que fuera y por eso 'indica' otro camino que puede ser más eficaz que el de Correos propio? ¿En qué casos podía suceder esto?
Hay algo, en todo lo que contiene y deja entrever esa marca, que puede tener mucha miga.
Me explico:
Creo que se devuelve al remitente, porque éste la manda al extranjero para que a su vez alguien reenvíe un escrito a algún familiar/contacto residente en la zona nacional. Por eso la censura le da la indicación de la Cruz Roja.
Saludos,
Xavi
- retu
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Admitiendo tu teoría (y una cierta lógica de la misma), a mí me entra la siguiente duda (siempre desde el sentido común; sin conocer todos los vericuetos que puede haber detrás, por supuesto):
Que el remitente mande una carta a Francia, para que luego desde allí se reenvíe lo que sea a otro sitio... ¿qué le importa eso a la censura? Entiéndase: si el remitente quiere hacer llegar una carta de zona republicana a zona nacional: 1) si no es problemática ¿qué le importa a la censura que utilice esa vía de intermediación; igual el remitente quiere de paso saludar a unos amigos franceses); y 2) si es problemática y la carta no pasase la censura, no se aconsejaría reencaminarla por la Cruz Roja, creo yo.
Yo la marca la 'leo' de la siguiente manera: como si el correo no pudiese (por la razón que sea) hacer llegar la carta y recomienda que se utilice otra vía: la Cruz Roja. Según tu teoría, el que el correo no pudiera hacer llegar la carta sería por el contenido de la misma (censurado ¿?), pero, en este caso, ¿se haría una marca específica para esa recomendación de la otra vía? Esto es; imaginemos que la carta lleva indicaciones para que desde Francia se destine a zona nacional, con informaciones claves para el futuro de la guerra que la censura no puede dejar pasar. La censura abre la carta, la lee, se ponen nerviosos al pensar: "joder, esta es una carta de un espía que quiere que luego desde Francia se manden a zona nacional planos de las posiciones de los soldados republicanos...; ¡¡¡no podemos dejar pasar esta carta nunca!!!". y entonces, ante esto, y ante casos similares, la respuesta es: "Vale, pues hay que devolvérsela, pero le ponemos la marca de que si quiere lo pruebe con la Cruz Roja". ¿De verdad?
Puede ser que la censura crease esa marca para las cartas cesnuradas; tiene su lógica en tanto la carta es abierta y pasada por la censura. Pero de ser así, sería la censura más generosa que conozco, en plan: "Nosotros no podemos entregar la carta pero tú tranquilo; no pasa nada, pues te recomendamos otra vía para que la entregues: prueba en la Cruz Roja". Joder, qué Flanders es esta censura.
Que el remitente mande una carta a Francia, para que luego desde allí se reenvíe lo que sea a otro sitio... ¿qué le importa eso a la censura? Entiéndase: si el remitente quiere hacer llegar una carta de zona republicana a zona nacional: 1) si no es problemática ¿qué le importa a la censura que utilice esa vía de intermediación; igual el remitente quiere de paso saludar a unos amigos franceses); y 2) si es problemática y la carta no pasase la censura, no se aconsejaría reencaminarla por la Cruz Roja, creo yo.
Yo la marca la 'leo' de la siguiente manera: como si el correo no pudiese (por la razón que sea) hacer llegar la carta y recomienda que se utilice otra vía: la Cruz Roja. Según tu teoría, el que el correo no pudiera hacer llegar la carta sería por el contenido de la misma (censurado ¿?), pero, en este caso, ¿se haría una marca específica para esa recomendación de la otra vía? Esto es; imaginemos que la carta lleva indicaciones para que desde Francia se destine a zona nacional, con informaciones claves para el futuro de la guerra que la censura no puede dejar pasar. La censura abre la carta, la lee, se ponen nerviosos al pensar: "joder, esta es una carta de un espía que quiere que luego desde Francia se manden a zona nacional planos de las posiciones de los soldados republicanos...; ¡¡¡no podemos dejar pasar esta carta nunca!!!". y entonces, ante esto, y ante casos similares, la respuesta es: "Vale, pues hay que devolvérsela, pero le ponemos la marca de que si quiere lo pruebe con la Cruz Roja". ¿De verdad?

Puede ser que la censura crease esa marca para las cartas cesnuradas; tiene su lógica en tanto la carta es abierta y pasada por la censura. Pero de ser así, sería la censura más generosa que conozco, en plan: "Nosotros no podemos entregar la carta pero tú tranquilo; no pasa nada, pues te recomendamos otra vía para que la entregues: prueba en la Cruz Roja". Joder, qué Flanders es esta censura.
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- guarisme
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
No tengo la normativa a mano, pero si que recuerdo que se pedía que las comunicaciones con el "exterior" se realizarán preferiblemente mediante tarjeta postal. También creo recordar que no se permitía mandar escritos dirigidos a personas distintas al destinatario.
La cruz roja realizaba la labor humanitaria de poner en contacto personas de ambos bandos para conocer su estado, mediante mensajes de entre 10 y 20 palabras que canalizaban a través de su sede de Suiza.
Entiendo que la censura republicana devolvía las cartas por contener escritos dirigidos a terceros del bando nacional a través de un amigo/pariente residente en el extranjero.
La cruz roja realizaba la labor humanitaria de poner en contacto personas de ambos bandos para conocer su estado, mediante mensajes de entre 10 y 20 palabras que canalizaban a través de su sede de Suiza.
Entiendo que la censura republicana devolvía las cartas por contener escritos dirigidos a terceros del bando nacional a través de un amigo/pariente residente en el extranjero.
- retu
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Con esto que expones, ahora sí tiene todo el semtido del mundo la explicación que has expuesto antes. Solo se estarían cumpliendo los protocolos reglamentados, incluyendo la sugerencia al remitente de que recurra a la Cruz Roja para la consecución de sus objetivos.
Ahora bien; en esta línea podría deducirse que esa marca sería relativamente 'normal', en plan: "Oye, mira; no te podemos mandar esta carta así porque la normativa no lo permite; tienes que recurrir a la Cruz Roja'. Y por esta 'normalidad', algo casi rutinario que podría ocurrir de vez en cuando para casos bienintencionados de gente que quisiera contactar con una persona del otro bando, entiendo que la marca también debería ser 'normal' en el sentido de que no debería ser muy rara. Por eso, lo que sí se me hace raro es que en 20 años del Ágora no hubiera aparecido esta marca nunca antes (creo que se citó una vez de pasada hace 15 años, pero no hay ninguna imagen anterior de ella). ¿Alguien sabe si hay bibliografía sobre ella?
Ahora bien; en esta línea podría deducirse que esa marca sería relativamente 'normal', en plan: "Oye, mira; no te podemos mandar esta carta así porque la normativa no lo permite; tienes que recurrir a la Cruz Roja'. Y por esta 'normalidad', algo casi rutinario que podría ocurrir de vez en cuando para casos bienintencionados de gente que quisiera contactar con una persona del otro bando, entiendo que la marca también debería ser 'normal' en el sentido de que no debería ser muy rara. Por eso, lo que sí se me hace raro es que en 20 años del Ágora no hubiera aparecido esta marca nunca antes (creo que se citó una vez de pasada hace 15 años, pero no hay ninguna imagen anterior de ella). ¿Alguien sabe si hay bibliografía sobre ella?
"No preguntemos si estamos plenamente de acuerdo, tan sólo si marchamos por el mismo camino" (Goethe)
- Strumg
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Bufff pues la verdad que no lo habia visto nunca Retu, muy interesante la explicación que das.
Viendola con más detalle si es verdad que no creo que saliese de España, pues no tiene fechador Frances por ningun lado. Es posible que se enviase desde Barcelona, pasase por la censura, y visto el contenido, se enviase de vuelta indicándole que debia enviar la carta a la cruz roja, pero esto me genera alguna duda.
-Es una carta de Barcelona a Francia, si fuese al reves lo entenderia más (saber el estado de un conocido o familiar combatiente en las B.I)
-lleva una censura normal republicana, y marcas del censor con distinta tinta, y ademas esta en rojo... ¿3 tintas diferentes? Es como si hubiese pasado por 3 mesas censores diferentes.... no se, es una carta raruna, no la acabo de pillar...
Viendola con más detalle si es verdad que no creo que saliese de España, pues no tiene fechador Frances por ningun lado. Es posible que se enviase desde Barcelona, pasase por la censura, y visto el contenido, se enviase de vuelta indicándole que debia enviar la carta a la cruz roja, pero esto me genera alguna duda.
-Es una carta de Barcelona a Francia, si fuese al reves lo entenderia más (saber el estado de un conocido o familiar combatiente en las B.I)
-lleva una censura normal republicana, y marcas del censor con distinta tinta, y ademas esta en rojo... ¿3 tintas diferentes? Es como si hubiese pasado por 3 mesas censores diferentes.... no se, es una carta raruna, no la acabo de pillar...
- Mochy
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
La marca es muy similar de color al 300 del censor,, por eso decía yo si era propia de la censor, no es roja. Sigo pensando, como dije, que no salio de España.
- Julian
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Este es el tipo de comunicación via Cruz Roja al que se refiere guarisme, una comunicación que me es muy próxima y que ya mostré en alguna imagen de la semana.
Quien sólo busca el aplauso de los demás,
pone su felicidad en manos ajenas.
FELÍZ DÍA
pone su felicidad en manos ajenas.
FELÍZ DÍA
- Mochy
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Aprovechando el mensaje de Julián dejo aquí otra ficha de investigación con su sobre certificado con la franquicia de Cruz Roja.
- guarisme
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
En el portal de afinet tenemos la siguiente página que nos proporciona el soporte legal a lo que había expuesto anteriormente:
Legislación referente a la censura republicana
Si os fijáis en el decreto de 22 de agosto de 1938:
Art. 1. Se centralizará en Barcelona el servicio de Cambio y Censura de correspondencia internacional, a cuyo efecto se suprimirán eventualmente las Estafetas de Cambio y Oficinas de Censura establecidas en Madrid y Valencia.
No obstante, continuará el régimen actualmente establecido en Mahón y Andorra.
Art. 4. Dicho Gabinete tendrá la siguiente organización:
a) Correspondencia Epistolar.- Para la manipulación de censura de esta correspondencia existirán las siguientes Secciones:
Primera Sección de Revisión.- Estará esta Sección encargada de la separación de la correspondencia que no deba ser inspeccionada, así como de la clasificación de la que haya de censurarse.
Segunda Sección de Apertura y Cierre de la correspondencia ordinaria.- Esta Sección tendrá a su cargo la apertura de la correspondencia, efectuando una comprobación de la clasificación hecha por la Sección de Revisión, además de la correspondencia que deba ser objeto de vigilancia especial bien por sus destinos u origines. Asimismo se efectuará el cierre y sellado de la correspondencia, además de hacer la necesaria clasificación para su entrega a los Servicios postales del curso ulterior.
Tercera Sección. Censura de la correspondencia ordinaria. - Esta Sección comprenderá cuatro Subsecciones. La primera, para la Censura de la correspondencia destinada a Barcelona: la segunda, para la correspondencia de tránsito, la tercera, para la destinada al extranjero, y la cuarta, para la correspondencia avión.
Cuarta Sección. De Censura de correspondencia asegurada y certificada.- Esta Sección tendrá a su cargo la Censura correspondiente al epígrafe.
Quinta Sección. Sección de coordinación y de contracensura.- Esta Sección será la encargada de las ulteriores manipulaciones de toda la correspondencia intervenida por los demás servicios; llevará los ficheros de la correspondencia intervenida y de los remitentes y destinatarios objeto de vigilancia especial y mantendrá relación con el personal designado por el Ministerio de la Gobernación, defensa Nacional y Hacienda y demás Departamentos Ministeriales. También tendrá a su cargo esta Sección las operaciones de contracensura para comprobar el celo y lealtad de los censores.
Puede verse que cada carta pasaba por varias secciones, por lo tanto el color de las distintas marcas puede diferir si se han estampado en sitios distintos.
Así mismo, en la Circular del Servicio Internacional de Correos de 26 de noviembre de 1938, podemos leer:
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 6. del Decreto de 22 de agosto último, publicado en- el "Diario Oficial número 4.270 de 12 de septiembre, se pone en conocimiento de todas las Oficinas del Ramo para que lo hagan llegar al del público por los medios que estimen más eficaces y, especialmente, haciendo uso de la prensa, lo siguiente:
l.- Que para la comunicación familiar o de índole particular con el extranjero , deberá utilizarse preferentemente la tarjeta postal. La Oficina de Censura dará preferencia en sus operaciones a dichas tarjetas postales, las cuales no sufrirán ningún retraso.
2.- Que cuando se usen para tales comunicaciones las cartas, éstas no serán en su extensión superiores a un pliego corriente. Las cartas de mayor extensión podrán sufur retraso o, si procede, ser interceptadas por la Censura.
3.- Que el texto tanto de las cartas como de las tarjetas postales deberá estar escrito en lenguaje claro y de forma legible.
4.- Las cartas no podrán contener misivas dirigidas a personas distintas del destinatario o de las que habiten con este último.
También deberá recordarse al público que las cartas con destino al extranjero no pueden contener billetes de Banco españoles ni extranjeros, debiendo las Oficinas tener en cuenta, en lo que afecta a la correspondencia certificada, lo dispuesto sobre esta materia por la Circular 3.505, de 18 del mismo mes.
Un saludo,
Xavi
Legislación referente a la censura republicana
Si os fijáis en el decreto de 22 de agosto de 1938:
Art. 1. Se centralizará en Barcelona el servicio de Cambio y Censura de correspondencia internacional, a cuyo efecto se suprimirán eventualmente las Estafetas de Cambio y Oficinas de Censura establecidas en Madrid y Valencia.
No obstante, continuará el régimen actualmente establecido en Mahón y Andorra.
Art. 4. Dicho Gabinete tendrá la siguiente organización:
a) Correspondencia Epistolar.- Para la manipulación de censura de esta correspondencia existirán las siguientes Secciones:
Primera Sección de Revisión.- Estará esta Sección encargada de la separación de la correspondencia que no deba ser inspeccionada, así como de la clasificación de la que haya de censurarse.
Segunda Sección de Apertura y Cierre de la correspondencia ordinaria.- Esta Sección tendrá a su cargo la apertura de la correspondencia, efectuando una comprobación de la clasificación hecha por la Sección de Revisión, además de la correspondencia que deba ser objeto de vigilancia especial bien por sus destinos u origines. Asimismo se efectuará el cierre y sellado de la correspondencia, además de hacer la necesaria clasificación para su entrega a los Servicios postales del curso ulterior.
Tercera Sección. Censura de la correspondencia ordinaria. - Esta Sección comprenderá cuatro Subsecciones. La primera, para la Censura de la correspondencia destinada a Barcelona: la segunda, para la correspondencia de tránsito, la tercera, para la destinada al extranjero, y la cuarta, para la correspondencia avión.
Cuarta Sección. De Censura de correspondencia asegurada y certificada.- Esta Sección tendrá a su cargo la Censura correspondiente al epígrafe.
Quinta Sección. Sección de coordinación y de contracensura.- Esta Sección será la encargada de las ulteriores manipulaciones de toda la correspondencia intervenida por los demás servicios; llevará los ficheros de la correspondencia intervenida y de los remitentes y destinatarios objeto de vigilancia especial y mantendrá relación con el personal designado por el Ministerio de la Gobernación, defensa Nacional y Hacienda y demás Departamentos Ministeriales. También tendrá a su cargo esta Sección las operaciones de contracensura para comprobar el celo y lealtad de los censores.
Puede verse que cada carta pasaba por varias secciones, por lo tanto el color de las distintas marcas puede diferir si se han estampado en sitios distintos.
Así mismo, en la Circular del Servicio Internacional de Correos de 26 de noviembre de 1938, podemos leer:
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 6. del Decreto de 22 de agosto último, publicado en- el "Diario Oficial número 4.270 de 12 de septiembre, se pone en conocimiento de todas las Oficinas del Ramo para que lo hagan llegar al del público por los medios que estimen más eficaces y, especialmente, haciendo uso de la prensa, lo siguiente:
l.- Que para la comunicación familiar o de índole particular con el extranjero , deberá utilizarse preferentemente la tarjeta postal. La Oficina de Censura dará preferencia en sus operaciones a dichas tarjetas postales, las cuales no sufrirán ningún retraso.
2.- Que cuando se usen para tales comunicaciones las cartas, éstas no serán en su extensión superiores a un pliego corriente. Las cartas de mayor extensión podrán sufur retraso o, si procede, ser interceptadas por la Censura.
3.- Que el texto tanto de las cartas como de las tarjetas postales deberá estar escrito en lenguaje claro y de forma legible.
4.- Las cartas no podrán contener misivas dirigidas a personas distintas del destinatario o de las que habiten con este último.
También deberá recordarse al público que las cartas con destino al extranjero no pueden contener billetes de Banco españoles ni extranjeros, debiendo las Oficinas tener en cuenta, en lo que afecta a la correspondencia certificada, lo dispuesto sobre esta materia por la Circular 3.505, de 18 del mismo mes.
Un saludo,
Xavi
- Mochy
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Gracias Xavi.
Podemos decir, a la vista de esta legislación, que la marca no debería de ser muy rara en su momento, aunque ahora no sé vea. Ahora o no hay porque mucha correspondencia se destruyó o algunas cartas con esta marca duermen en colecciones o acumulaciones.
Saludos.
Última edición por Mochy el 04 Dic 2024, 20:20, editado 1 vez en total.
- guarisme
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Muy habitual no es esta marca, aunque tampoco creo que sea extraordinaria... Yo tengo un par de cartas en mi colección, de Agosto de 1938 dirigida a Francia y otra de Enero de 1939 dirigida a Argentina. Lástima que no se haya conservado su contenido...
Un saludo,
Xavi
Un saludo,
Xavi
- Mochy
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Gracias Xavi
Para celebrar la resolución de esta cuestión voy a poner una
a ver qué os parece.
Sobre con franquicia de Batallón Especial de Transporte Automovil Nº 4 , certificada, por esto los sellos. Dirigida a Sr MAYOR JEFE de B.E.T.A. nº4 ( a su mando)
Saludos.
- Mochy
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
La anterior nada a ver si está Censura R
Franqueo de emergencia.
Franqueo de emergencia.
- Bernardino
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Re: Marcas Republicanas Guerra Civil (censuras, matasellos...)
Puede ser censura-revisado, pero vete a saber
Bonito franqueo con el especial movil.
Un saludo a todos.


Bonito franqueo con el especial movil.
Un saludo a todos.
Me apasiona todo lo que se sale de lo comun, colecciono todo lo que se parece a un sello o viñeta, no hay nada mejor que enriquecer mi coleccion cambiando con todos mis amigos.
Socio de Afinet
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- Mochy
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