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TARIFA ALCANCE

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alfareva
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Mensaje por alfareva »

Hola a todos:

El problema de las tarifas de alcance es que no es fácil, por no decir que es muy difícil, diferenciar los envíos que utilizarion esta tarifa de aquellos que, simplemente, llevaban franqueo de más.

Como se ha dicho, los matasellos, los destinos y las fechas son buenas pistas pero siempre quedan dudas.

Lo mejor sería recurrir a las disposiciones oficiales, aunque hasta el momento únicamente tenemos certeza de la de Madrid y tampoco conocemos hasta cuando duró.

Por ello animo a los estudiosos a que busquen los avisos y circulares que deben existir en otras ciudades y nos los presenten para conocimiento y aprendizaje de todos.

Saludos.
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Torreana
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Mensaje por Torreana »

Hay un criterio para conocer si el sobre porteo corresponde al pago de la tarifa de alcance, que es que el mismo se debía efectuar con sellos específicos, es decir, que si la tarifa correspondiente a la carta sin alcance era de 25 céntimos (por ejemplo, una carta al extranjero en época del alfonsillo) y el remitente pegaba a la carta un sello de 30 ó de 40 céntimos, no estaba pagando el alcance, aunque el conjunto del franqueo superara la suma de la tarifa ordianria más la correspondiente al alcance.

Y ello, no era una norma caprochosa o con fines recaudadores, sino que venía impuesta por necesidades del servicio, en el que su perentoriedad exigía que el sello correspondiente a la tarifa del servicio especial viniera perfectamente individualizado del resto de las tarifas aplicadas, para su más fácil comprobación visual.

La carta de Amadeo que subió Artigi y que Matrix comenta de una manera encomiable, no podía ser franqueda con un sello de 40 céntimos y otro de dos, aunque la tarifa al extranjero fuera en el momento de la carta de 36 c. y el alcance de 6 c.. Ese alcance necesariamente debería venir satisfecho con un sello de 6 céntimos o de más, pero el exceso de franqueo para el servicio de porte ordinario no aprovechaba para cubrir la tarifa del alcance. Por ello el remitente pegó un sello de 40 c. y otro de 6 c., al no existir entonces sellos de 36 c., perdiendo 4 c.

No sé si me explico.
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Pequeño Buda
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Mensaje por Pequeño Buda »

a ver: entiendo que una carta, aunque posea el franqueo exacto de tarifa de alcance, es IMPOSIBLE asegurar que lo es????. Si no existen marcas de ningún tipo que así lo conformen....como se puede incluir una carta de estas en una colección, asegurando que es una tarifa de alcance????...solo llevados por la intuición?????? :shock: ...o es esto, o no lo he entendido bien :? .
Manuel Escobedo.马由忠
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Torreana
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Mensaje por Torreana »

No, Manolo, una carta que ha pagado correctamente el alcance, debe contar primero y principal, con el sello o sellos que identifiquen el pago del servicio principal, ya sea correo ordianrio, certificado, etc... y después, y de manera independiente, debe además llevar un sello o varios que juntos y sólo ellos, sin contar con el resto del franqueo de la carta, sumen la tarifa de alcance.

Si no se cumple ese requisito, no puede considerarse que la carta es de alcance, y, sin embargo, puede cumplirse el requisito casualmente, pero no ser la carta de alcance, sino corresponder a exceso de franqueo, un doble porte o a otra circunstancia.

Por ejemplo, la carta de Jaumebp con dos sellos del nº 210, no es de alcance porque la tarifa al extranjero era de 25 c. y esa tarifa se paga con los dos sellos de 15 c. que tienen la carta, sobrando 5 c. que se pierden.

Para pagar el alcance en esa carta, era necesario pegar 25 c. en uno o más ellos, más otros 5 c. en uno o más sellos. Pero en la carta comentada de Jaumebp, con el primer 15 c. no se paga la tarifa al extranjero vigente, por lo que se completa la misma con el segundo 15 c. naranja y no paga tasa de alcance, aun sobrando su mismo importe.

En cambio, pagando la misma cantidad de dinero, pero utilizando por ejemplo, un sello de 15 c. (Ed. 210), otro de 10c. (Ed. 202) y otro de 5 c.(Ed. 201) sí se pagaba el alcance y tenías una fantástica carta con franqueo tricolor. O uno de 20 c. (ed 203) y dos de 5 c. (ed 201), pero nunca uno de 20 c. y otro de 10 c.

¿me explico ahora?
Última edición por Torreana el 19 Nov 2008, 13:18, editado 2 veces en total.
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Pequeño Buda
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Mensaje por Pequeño Buda »

Sigo sin entenderlo:; cuantas cartas mostardas en este tema serían INEQUIVOCAMENTE tarifas de alcance?. Cuando digo inequivocamente es , por ejemplo, que se certificaran y en el texto del certificado se dijera que es una "carta de alcance"....y no que "se corresponde con una tarifa de alcance".
Manuel Escobedo.马由忠
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Torreana
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Mensaje por Torreana »

Vamos a ver, la carta de Montsant de Alfonso XII, no es de alcance, sino que está pagando 10 céntimos extras por superar los 15 gramos, de acuerdo con las tarifas aprobadas por la orden que entró en vigor el 1 de mayo de 1879, tampoco lo es la de Artipi de Alfonso XII, por la misma razón que la de Jaumebp, que ya he comentado.

En cambio, la carta de Montsant de la Matrona, sí podría corresponder al correo de alcance, incluso aunque no tengo claro qué valor acompaña al 50 milésimas azul, ya que seguramente será un 25 milésimas lila pálido. En este caso, el sello azul paga el correo ordinario Bilbao-Madrid por la línea del Norte (La Mala) y el sello lila paga el primer alcance. Como ves, el franqueo de cada servicio se encuentra diferenciado en la carta, aunque no se haga constar la indicación de que se utiliza ese servicio.

El correo de alcance fue establecido por la "comunicación" de Correos de 14 de abril de 1869 y entró en vigor al día siguiente, correspondiendo únicamente a las cartas cursadas por la Línea del Norte, entre Madrid y la Frontera de Irún. Por ello, la carta de Osbru con la que se inicia el hilo es de alcance, y muy rara, pues el Reinado de Isabel II no conoció esta modalidad de correo y sólo fue posible con sellos de la reina ya depuesta entre el 15 de abril y el 31 de diciembre de 1869 (no se ven las fechas de los matasellos en esa carta).

Ese servicio en los primeros años no sólo se dió exclusivamente en Madrid, sino que además, necesariamente tenía lugar entre las 2 de la tarde, en que se cerraban la oficinas de correos y las 2,30 h., precisamente en la esquina entre la calle Arenal y la Puerta del Sol, en donde se situaba un funcionario de correos con su cartera, que recogía directamente las cartas que reunieran el requisito dle franqueo diferenciado. Había que pagar una sobretasa de 25 c.

A las 2,30 h, este funcionario se retiraba y aparecía otro a esa misma hora en la Plaza Prim para recoger las cartas del segundo alcance entre las 2,30 y las 3 horas de la tarde; hora en al que acaba la posibildiad de cursar cartas ese día, una vez cerradas las oficinas de correos. Ese segundo alcance costó siempre el doble de la tarifa del primer alcance.

Debido a que el alcance no se refiere a una modalidad del servicio de correos, sino de la recogida de la correspondencia, no se hace constar en las cartas que son de alcance, ya que se entendía que lo eran con sólo ser entregadas a los funcionarios de Correos a las horas y en los puntos de Madrid en que se hacía la recogida, en donde se comprobaba si se había o no pagado la tarifa correspondiente y supongo que se rechazaría ahí mismo las que no la tuveran pagada.

Una vez recogidas, se cursaban como si la carta hubiera sido entregada dentro del horario normal, por lo que no tenía la menor utilidad indicarlo en la carta, salvo quizá para que el empleado o la persona que debía entregar la carta al correo por cuenta del remitente supiera a dónde o cómo mandarla (sería una indicación ajena al correo).

La carta de jmorgen es tambien de alcance, pues cumple los requisitos del franqueo diferenciado y no tiene explicación el sello de 5 c. verde, ya que el exceso de peso se pagaba a razón de 10 c. por cada 15 g., lo que incluía cualquier exceso, incluso de 1 g.

La carta matronera de Matrix sí es de alcance, por idénticas razones que la Osbru, aun cuando se refiera a la serie del año siguiente, ya que las tarifas no variaron. Lo mismo que la de Mingzaro, en este caso, la tarifa ordinaria en cartas para la Peninsula había bajado a 15 c., desde 1 de enero de 1882, lo que motivó la emsión de los tres sellos de 15, 30 y 75 c. de ese año, que no existían en la serie de 1879, que siguió en vigor junto con la de 1882 hasta la emisión del Pelón.

No sé si me he dejado alguna o si alguien me espera a la salida para ajustar alguna cuentecilla, pero lo hago con la mejor de mis intenciones, ya que apra saber si una carta es o no de alcance, es necesario saber algo de esta modalidad de servicio.

A lo dicho, quiero añadir el dato de que todas las cartas que se han subido parten de Madrid, que es lo normal en este tipo de correo. Posteriormente se amplió el servicio a Barcelona y no me consta que otras ciudades dispusieran del mismo en los términos que establece la comunicación de 1869, pero dado que esta comunicación no define lo que es el correo de alcance y lo da por sabido al común de los los mortales, es de suponer que ya existiera la costumbre de dar una propinilla a algún funcionario de correos para que cursara las cartasa después del cierre, acción de una españolidad incustionable y que es dudoso que fuera instaurada tan tardíamente como 1869.

Se funden en el alcance la impuntualidad, la improvisación, la falta de medios de los funcionarios suplida por una cierta "corrupción positiva" y la búsqueda de soluciones a la desesperada.

Un abrazo.
Última edición por Torreana el 19 Nov 2008, 14:36, editado 1 vez en total.
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artigi
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Mensaje por artigi »

Bien, según la explicación de Serafín, mi carta no es un alcance, sino un exceso de franqueo de 5 cts.
Me pregunto: ¿En aquellos tiempos y con la mentalidad de la época eran frecuentes los excesos de franqueo? :?: :?: :?:
Para aclarar los cuños de la carta diré que está fechada y cancelada en Granada en mayo de 1884, también los sellos presentan una cancelación en la que aprecio lo que puede ser un ambulante Burdeos-Paris2º, al dorso lleva el cuño de trébol de la Estafeta de Cambio de Madrid y otro de llegada a Paris, ambos poco legibles.
La carta era esta:

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Un cordial saludo.
!Dios mío¡ Cuánto por aprender...
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Pequeño Buda
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Mensaje por Pequeño Buda »

Muchas gracias Serafín por tu extensa explicación. :wink:
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Torreana
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Mensaje por Torreana »

Emilio, no había visto que tu carta saliera de Granada, ya que el fechador es poco legible en la imagen, pero dado que es así, todavía me reafirmo más en que esa carta no pueda ser de alcance, porque para que ello tuviera lugar, debió ser cursada en Madrid (y en los puntos que te digo), y no meramente pasar por ahí, ya en poder de los servicios postales.

El argumento de que entonces 5 c. era mucho dinero y que la gente no lo iba tirando por ahí, no es suficiente, porque todavía más raro era que un señor de provincias tuviera necesidad de enviar una carta a Paris. No sé si sabes cómo era España en la década de los 80' del s. XIX, creo que sí, pero no lo has tenido en cuenta. Y desde luego, estoy seguro que los señores de Granada que enviaran cartas a Paris en aquella época, podían perfectamente sacrificar esos 5 c., con tal de no tener que ir a buscar sellos de menor facial. Ea.
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jmormen
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Tarifa de alcance

Mensaje por jmormen »

HOLA AMIGOS,
Muchas gracias a Torreana por sus acertadas lecciones, que nos ayudan a discernir entre alcance y exceso de franqueo.
Quedan algunas dudas que hemos de aclarar:
¿Sólo desde Madrid se podía aplicar la tarifa de alcance?
Y desde Barcelona ¿desde cuándo?
Esa preciosa carta, bien temprana, que nos enseña Montsant con 2 matronas de 50 y 25m parece que sí ha de ser un alcance. Pero entonces, ¿Cómo desde Bilbao que ni siquiera estaba en la línea del Norte, sino en la de Castejón que se cruzaba en Miranda con la del Norte?
Iba yo a mostrar esta carta de doble porte 2x25=50c, franqueada en Bilbao en 1880 con 25 + 3x10c = 55c sobrando 5c que iba a adjudicar al alcance, pero tras las explicaciones de Torreana me quedo con que se trata de un sobrante de porte, ¿no es así?
Cordiales saludos.

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CENTAURO
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Mensaje por CENTAURO »

Hola Amigos:

Muy interesante el tema. Taigo una carta de mi colección.

¿Podria ser una tarifa de Alcance?

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Un saludo y gracias

RAFAEL RAYA
"Con humildad, se obtiene la Amistad"

Prefilatelia e Historia Postal Navarra (hasta 1870).
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buzones
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Mensaje por buzones »

CENTAURO escribió:Hola Amigos:

Muy interesante el tema. Taigo una carta de mi colección.

¿Podria ser una tarifa de Alcance?
Hola Rafa

Definitivamente no. Los 25 céntimos fueron el porte para una carta simple al extranjero hasta el 14 de Enero de 1922. Además, el derecho del alcance acababa de existir en el año 1900 (yo que sepa). Nada del alcance.
:( :(

Aprospos: ¿Tienes algún imagen de un buzón de tranvía?
Un saludo a tod@s
Ralf Reinhold

historiapostal
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CENTAURO
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Mensaje por CENTAURO »

Estimado Amigo Ralf :

Gracias por tu explicación.

A tu solicitud, te paso parte de la pagina nº 275 del libro : HISTORIA POSTAL DE ARAGON de Eduardo Cativiela Lacasa, sobre lo que informa de los "Tranvias y el Correo".

En ella puedes apreciar la "Jardinera" ( como se le llamaban a los tranvias) Nº 26 de la Linea Torrero en la qe se puede apreciar perfectamente el "Buzon" de Correos en su parte posterior entre el conductor y el cobrador del mismo.

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Espero haber podido aclarar tu curiosidad.

Un saludo RAFAEL RAYA
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buzones
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Mensaje por buzones »

Gracias Amigo. Creo que necesito hacerme con este libro.

:) :) :)
Un saludo a tod@s
Ralf Reinhold

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montsant
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Mensaje por montsant »

Hola:

Torreana, según comentas la carta de AXII que subí en mi anterior intervención, con un franqueo de 25 + 10 cts es, según tu opinión, un doble porte, correcto según tarifas vigentes para cartas con mas de 15 grs. de peso y pregunto, no es igualmente correcta la tarifa de 25 cts + 10 cts para el segundo alcance también según las tarifas en vigor. :?:
Entiendo como ya comenté al subir las dos cartas, que se hace dificil el discernir a que corresponde el franqueo pero no veo el porqué debe considerarse un doble porte y no una tarifa de segundo alcance, ya que se complementa el sello de 25 cts para el franqueo ordinario con un sello de 10 cts. para la tarifa de segundo alcance, el franqueo cubre perfectamente las dos posibilidades y cualquiera puede inclinarse en uno u otro sentido, pero eso sí, sin descartar ninguna de las dos opciones, dada la coincidencia de ambas tarifas (doble porte y tarifa de segundo alcance) al menos eso es lo que entiendo y ahí radica la dificultad de discernir a que corresponde el franqueo cuando se trata de un posible segundo alcance. algo más fácil es cuando se trata de un primer calcance.

De todas formas una cuestión a debatir muy interesante.

Un saludo.
pertinaz
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Mensaje por pertinaz »

La carta que nos presenta Monsant, de Alfonso XII con franqueo de 25 + 10cts, puede tener las dos posibilidades,doble porte o segundo alcance. Yo me inclino a pensar que es un segundo alcance por el matasellos ambulante. Cuando tienen matasellos de salida de la estafeta de origen quiere decir que esta estaba abierta y lo canceló, luego el alcance no tiene sentido. También podría ser que se olvidaran de matasellar y se matasellara en el tren, pero me parece menos probable. Estas ambigüedades son una de las bellezas de estas piezas.

Un saludo
muchas gracias
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Torreana
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Mensaje por Torreana »

Para contestar a montsant y a jmormen.

El correo de alcance propiamente dicho (distinto de la posibilidad de pagar una hastilla a un funcionario de correos para que te curse una carta fuera de horas) se regula en el comunicado de Correos de 14 de abril de 1869 que he resumido anteriormente y allí no sólo se establece que el servicio escepcional que supone el alcance sólo se presta a unas horas y en unos lugares muy concretos de Madrid, sino que además, se dispone expresamente que únicamente se utilizará para la cursar las cartas que han de portearse por la línea de ferrocarril del Norte, que une Madrid con Irún.

Ello quiere decir que una carta, aunque saliera de Madrid, que no fuera por la Línea Norte, no podía beneficiarse del servicio de alcance (que constituye una escepción a los servicios ordinarios y no se generaliza ni se extiende a otras circusntancias), por lo que la carta que va a Alicante, aunque salga de Madrid, no va por la del Norte, sino por la Línea del Mediterráneo, con lo que el franqueo añadido de 10 c. está pagando un exceso de franqueo sobre la carta ordinaria, aunque pueda coincidir circunstancialmente la tarifa de alcance con otras, como ya dije.

Lo mismo ocurre con las cartas de Bilbao, aunque vayan por la Linea del Norte, porque no salen de Madrid, ninguna de ellas puede usar la tarifa de alcance, que es exclusiva de la capital. Si por el contrario, salieran de Madrid y fueran a Bilbao, como el recorrido ferroviario a la capital vizcaína se realiza por la línea del Norte, aunque los comboys saleran de ella por el ramal de Miranda de Ebro, los remitentes podían prefectamente disfrutar del servicio de alcance, con tal de que estuvieran en las horas y puntos previstos para el primer y segundo alcance, servico qeu , com o ya he indicado, tiene que ver con la recogida del correo, no con su trasnporte o distribución.

Subo esta imagen :

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Se trata de dos cartas circuladas a través de la línea ambulante de Irún (una variante dentro de al Línea del norte), con el mismo origen, Araya (Alava) y destino, Madrid, de agosto y abril de 1881. La segunda tiene 10 c. añadidos sobre el franqueo normal ¿porqué?, no hay duda, por exceso de peso sobre los 15 g. de una carta ordinaria.

En realidad, la única duda que pudiera existir en el Correo de la época de Alfonso XII y XIII (sólo pelón), sobre si el porteo está pagando segundo alcance o exceso de 15 g., sería en una carta con el mismo franqueo de la segunda que he subido o del de la que ha subido Montsant, que fuera circulada desde Madrid a cualquiera de los puntos de la Línea del Norte (incluyendo a Santander, Pamplona por Alsásua, y Bilbao por Miranda de Ebro).

Pero incluso en esos casos, puede existir signos ajenos al franqueo sobre los que basar teorías a favor o en contra, por ejemplo el tamaño del sobre (indicador de un mayor peso), o la propia separación manifiesta de los sellos, que indica la posible existencia de una tarifa de alcance al ser evidente que el remitente quiso diferenciar perfectamente el pago de cada tarifa.

Lamento haber deshecho espectativas con mis explicaciones, que, desde luego admiten errores y réplicas, y estaré encantado de rectificar lo que sea, pero me parece que no estoy muy desencaminado.

Otro abrazo.
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PELAYO
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Mensaje por PELAYO »

Hola:

¿Qué os parece ésta que ya subimos en otro hilo?

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En el reverso fechador de San Sebastián.

La carta circuló por la Línea Norte y la tarifa cuadra con el primer alcance, que para este año de 1876 era de 5 cts. :roll: :roll:

Saludos
¡¡¡ LIQUIDANDO GRAN PARTE DE MI FILATELIA ---> LIBROS, SELLOS, CARTAS, ETC. !!!
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osbru
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Mensaje por osbru »

Hola,

¿Dónde te parece que se matasellaron los sellos y dónde se puso el fechador?

Hanta pronto.
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alfareva
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Mensaje por alfareva »

Hola a todos:

Con independencia de las útlimas controvesias, insisto lo que decía unos mensajes atrás.

Únicamente conocemos la disposición oficial de abril de 1869 de creación de la tarifa circunscrita a Madrid para la línea del Norte.

¿Se conoce algún anuncio o disposición más?
¿Ampliación a otras líneas?
¿A otras ciudades?
¿Cambio de tarifa?
¿Fin de la prestación del servicio?

Ayudaría mucho a clarificar y separar tanta paja del trigo.

Saludos.
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