Traigo el tema, para ver si alguien me puede informar, o tiene acceso al convenio que firmaron España e Inglaterra en el 58, para el franqueo mutuo de la correspondencia.
Mi duda surge, a raiz del repaso los articulos de Carlos Celles sobre los porteos españoles sobre correspondencia francesa y viceversa.
En este intercambio con Francia, se observa que las cartas insuficientemente franqueadas de un lado, o de otro, pagaban la tarifa de una carta sin sellos, 18 Ctos (un porte y medio entero), descontando los sellos que llevaba la carta, y esta diferencia, era la tasa a pagar por el destinatario.
Esto que a priori asi leído parece tan complejo, se ve mejor sobre una carta.

Carta a Francia, el porte costaba 12 cuartos o 150 milesimas (por redondeo). Como esta franqueada con 50 milesimas solamente, se marca como Franqueo Insuficiente.
Se le da trato de no franqueada, y la operacion que se hace para tasarla era la siguiente:
Un porte y medio como no franca ( 18 ctos o 225 milesimas), se le resta el valor de los sellos que lleva, (4 ctos o 50 milesimas), y nos queda (14 ctos o 175 milesimas), que una vez convertidas a francos, nos daran la tasa que se aplicará a la carta.
Sabiendo que:
12 cuartos de vellon = 37,15 centimos de franco
14 cuartos de vellon = 40,24 centimos de franco, como la tasa pasa de 40 centimos, se considera para el pago el siguiente escalon, o sea 50 centimos de franco, que es la tasa que lleva la carta.
5 decimas de franco =50 ctmos de franco.
Bueno, pues despues de este desarrollo de las tasas francesas en el correo español, lo que me gustaria saber es como se porteaba en el intercambio con Inglaterra. ¿como tasaban el correo mal franqueado o insuficientemente franqueado los ingleses?
Por ejemplo

Aqui vemos una carta circulada a Argentina, franqueada con 700 milesimas, lo que seria un doble porte por via portuguesa,(350 mils + 350 mils), pero parece ser que fue por via inglesa, cuya tarifa deberia haber sido 400+400 milesimas = 800 milesimas, ya que está porteada con 2/4, 2 chelines 4 peniques, como si fuera sin franqueo ¿a razon de que conversion se tasaban estas cartas?¿no tenian ningun valor los sellos que habian franqueado la carta?.
Creo que en el desarrollo por articulos del convenio de España e inglaterra , vienen las disposiciones de como portear y multar la correspondencia insuficientemente franqueada, y eso es lo que me gustaria saber.



A ver si alguien puede ayudarme con este "poco estudiado" tema.




Saludos