Coleccionistas delincuentes?
- AITOR
- Mensajes: 2815
- Registrado: 23 Nov 2015, 18:22
- Ubicación: Bizkaia
Re: Coleccionistas delincuentes?
Hola Torreana:
Las facturas vienen bien cuando el vendedor declara el IVA, de lo contrario como sucede en un 95% de las transacciones de los portales de compra venta ... pero bueno, esto sería un desmadre si se aplicara legalmente, ya que uno puede decir e incluso demostrar aunque fuera falso, que los sellos, cartas, legajos, impresos, se los dio su tio abuelo que vivía en Sevastopol y que son recuerdos familiares con un muy alto valor sentimental.
Las facturas vienen bien cuando el vendedor declara el IVA, de lo contrario como sucede en un 95% de las transacciones de los portales de compra venta ... pero bueno, esto sería un desmadre si se aplicara legalmente, ya que uno puede decir e incluso demostrar aunque fuera falso, que los sellos, cartas, legajos, impresos, se los dio su tio abuelo que vivía en Sevastopol y que son recuerdos familiares con un muy alto valor sentimental.
Sellos tipo España y Colonias.
Timbres y fiscales vascos.
Sellos y viñetas vascas emitidas durante la guerra Civil o postrimerías.
Historia Postal de Bermeo (Bizkaia).
Timbres y fiscales vascos.
Sellos y viñetas vascas emitidas durante la guerra Civil o postrimerías.
Historia Postal de Bermeo (Bizkaia).
- Torreana
- Mensajes: 1510
- Registrado: 09 Abr 2003, 19:25
- Ubicación: Valencia
Re: Coleccionistas delincuentes?
A Emilio Botín y a sus hermanos y parientes les valió ese argumento para regularizar miles de millones de euros que tenían todos ellos en Suiza. Pero era Botín. Al Molt Honorable Jordi Pujol, hijo de un sátrapa del franquismo (condición que el mismo compartio), le esta valiendo el argumento de que su inmensa fortuna no viene del tres per cent, ni del expolio de Banca Catalana, sino de la herencia oculta de su padre, uno de los mayores delincuentes de España y el mayor de Cataluña.
Es otro medio de defensa, pero recuerda, son Don Emilio y el Jordi.
Es otro medio de defensa, pero recuerda, son Don Emilio y el Jordi.
Cadete 15 c. violeta, con fecha.
- AITOR
- Mensajes: 2815
- Registrado: 23 Nov 2015, 18:22
- Ubicación: Bizkaia
Re: Coleccionistas delincuentes?
Ya nos estamos desviando del tema y volviendo a entrar en aguas turbias.
Sellos tipo España y Colonias.
Timbres y fiscales vascos.
Sellos y viñetas vascas emitidas durante la guerra Civil o postrimerías.
Historia Postal de Bermeo (Bizkaia).
Timbres y fiscales vascos.
Sellos y viñetas vascas emitidas durante la guerra Civil o postrimerías.
Historia Postal de Bermeo (Bizkaia).
- Eugenio de Quesada
- Mensajes: 6406
- Registrado: 27 Oct 2007, 16:08
- Ubicación: Madrid
- Contactar:
Re: Coleccionistas delincuentes?

Lo verdaderamente turbio son estos delincuentes y el saqueo del dinero público.
Verdades como puños, aunque haya quien los disculpe por intereses o ideología.
Ignoro si eran 'coleccionistas delincuentes', pero delincuentes no me cabe duda.
Un fuerte abrazo a todos,
EQ
Vicepresidente SOFIMA | Académico RAHFeHP-AEP | Director EL ECO
~ CORREO FUERA DE VALIJA (XV a XIX) ~ CHASQUIS (XVII y XVIII)
~ MUESTRAS COMERCIALES (XIX) ~ SOBRES DE TELEGRAMAS (XIX)
~ CUBA TELÉGRAFOS (1868-96) ~ ALFONSILLO (1879) ~ BUZONES
~ CORREO FUERA DE VALIJA (XV a XIX) ~ CHASQUIS (XVII y XVIII)
~ MUESTRAS COMERCIALES (XIX) ~ SOBRES DE TELEGRAMAS (XIX)
~ CUBA TELÉGRAFOS (1868-96) ~ ALFONSILLO (1879) ~ BUZONES
- artabro
- Mensajes: 837
- Registrado: 15 Oct 2008, 19:48
Re: Coleccionistas delincuentes?
Hola a todos
Un hilo interesantísimo, aunque no he podido contestar hasta ahora, debido a una causa superior. En ocasiones no tenemos los medios necesarios disponibles.
El caso es que tengo en mi posesión (no sé si de mi propiedad, aunque las he pagado) algunas piezas que pueden ilustrar este asunto. Espero que la República Italiana no me las reclame
El primero es un sobre que contenía una declaración de IVA, enviado a Hacienda y que subiré cuando pueda reducir el tamaño. Evidentemente, ha salido de un archivo estatal.
El segundo es una reclamación al MInisterio de Correos, que evidentemnete ha salido del archivo del propio ministerio.
Saludos cordiales
Un hilo interesantísimo, aunque no he podido contestar hasta ahora, debido a una causa superior. En ocasiones no tenemos los medios necesarios disponibles.
El caso es que tengo en mi posesión (no sé si de mi propiedad, aunque las he pagado) algunas piezas que pueden ilustrar este asunto. Espero que la República Italiana no me las reclame
El primero es un sobre que contenía una declaración de IVA, enviado a Hacienda y que subiré cuando pueda reducir el tamaño. Evidentemente, ha salido de un archivo estatal.
El segundo es una reclamación al MInisterio de Correos, que evidentemnete ha salido del archivo del propio ministerio.
Saludos cordiales
- Torreana
- Mensajes: 1510
- Registrado: 09 Abr 2003, 19:25
- Ubicación: Valencia
Re: Coleccionistas delincuentes?
Prudenci Pujol no hubiera podido saquear Banca Catalana a primeros de los años 70' sin formar directa o indirectamente parte de la dictadura, pues no hubiera podido presidir una institución bancaria como esa sin arrodillarse hasta reventar sus pantalones ante el Dictador. Luego, su hijo se vio obligado a compensar durante años a los oligarcas perjudicados por el desfalco. Obviamente, con dinero de sus conciudadanos.
Pero por volver al tema, cuando un bien es objeto de una sustracción ilegal, robo, expolio, etc, la acción de su dueño para reclamarlo no prescribe. El Estado, en el caso que nos ocupa, o cualquier particular expoliado podrá reclamela siempre de quien posea la pieza.
Si es el propio autor del expolio o alguien que ha adquirido los objetos sustraidos conociendo el origen ilegal de la posesión del adquirente o los ha adquirido de este ignorandolo pero de manera gratuita (donación o herencia), perderá la posesion si se le reclama, con independencia de que haya transcurrido muchos o pocos años.
El que adquiere en establecimiento público o en subasta pública, mantiene la propiedad, aunque quien le reclame sea su legítimo propietario.
Fuera de este caso, quien adquiere y detenta la pieza durante 3 años, con buena fe y justo título, o, a falta de uno de los dos, durante 6 años, mantiene la posesión aunque le reclame su legítimo propietario.
El fundamento de justicia de esta figura (que en realidad son dos diferentes, denominadas usucapion y adquisición ab non domino del art. 464 del Código Civil) es que el tráfico jurídico o comercial, no pueden hallarse para siempre condicionados por una posible reclamación futura. El dueño podrá reclamar, pero siempre que sea diligente y lo haga de manera rápida. No es posible que después de 100 años alguien ( el Estado) de repente se decida a reclamar de un paisano que ha adquirido legítimamente de una persona que, a su vez, también lo había hecho de la misma manera.
De verdad, yo no me preocuparía por este asunto. Tengo en mi colección muchas cartas de Correo Oficial antiguo e incluso italiano (compré en ebay un lote grande de cartas ialianas, en las que salió un montón de cartas correspondientes a votos por correo de unas elecciones generales de Italia de los años 40 ó 50, asi como de pago de impuestos, la mayoria con sellos de la serie del Laboro). Si no monto una colección para exponer es simplemente por falta de tiempo.
Pero por volver al tema, cuando un bien es objeto de una sustracción ilegal, robo, expolio, etc, la acción de su dueño para reclamarlo no prescribe. El Estado, en el caso que nos ocupa, o cualquier particular expoliado podrá reclamela siempre de quien posea la pieza.
Si es el propio autor del expolio o alguien que ha adquirido los objetos sustraidos conociendo el origen ilegal de la posesión del adquirente o los ha adquirido de este ignorandolo pero de manera gratuita (donación o herencia), perderá la posesion si se le reclama, con independencia de que haya transcurrido muchos o pocos años.
El que adquiere en establecimiento público o en subasta pública, mantiene la propiedad, aunque quien le reclame sea su legítimo propietario.
Fuera de este caso, quien adquiere y detenta la pieza durante 3 años, con buena fe y justo título, o, a falta de uno de los dos, durante 6 años, mantiene la posesión aunque le reclame su legítimo propietario.
El fundamento de justicia de esta figura (que en realidad son dos diferentes, denominadas usucapion y adquisición ab non domino del art. 464 del Código Civil) es que el tráfico jurídico o comercial, no pueden hallarse para siempre condicionados por una posible reclamación futura. El dueño podrá reclamar, pero siempre que sea diligente y lo haga de manera rápida. No es posible que después de 100 años alguien ( el Estado) de repente se decida a reclamar de un paisano que ha adquirido legítimamente de una persona que, a su vez, también lo había hecho de la misma manera.
De verdad, yo no me preocuparía por este asunto. Tengo en mi colección muchas cartas de Correo Oficial antiguo e incluso italiano (compré en ebay un lote grande de cartas ialianas, en las que salió un montón de cartas correspondientes a votos por correo de unas elecciones generales de Italia de los años 40 ó 50, asi como de pago de impuestos, la mayoria con sellos de la serie del Laboro). Si no monto una colección para exponer es simplemente por falta de tiempo.
Cadete 15 c. violeta, con fecha.