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Correo español antes de 1717

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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Buenos días a todos:

Me parece un tema fascinante el de la prehistoria de la prefilatelia y he echado en falta la existencia de más hilos referidos a este periodo en el Ágora. Yo por mi parte estoy en pañales por lo que respecta a esta y otras muchas cuestiones, pero me arriesgaré a opinar para así activar el tema e intentar que otros foreros más preparados nos ilustren al respecto, aunque sea refutando, matizando o aseverando mis afirmaciones:

Tras analizar la magnífica obra de Fernando Alonso se me plantean diversas dudas y explicaciones que, en parte diferirán de la opinión aportada por su autor.

Fernando Alonso sostiene que existía un correo (llamémoslo oficial) que se encontraba desde principios del siglo XVI en manos de la familia Tassis, con la existencia de un Correo Mayor del Reino, tenientes mayores tanto en la corte como en determinadas demarcaciones postales (si es que existían con este nombre). Estos últimos, a mediados del siglo XVI no se ceñirán exclusivamente al envío de la correspondencia de Estado e irán creando los servicios de estafetas, regentados por ordinarios y abiertos a particulares, con rutas conocidas, fechas y horarios de salida y llegada y tarifas determinadas. Estos correos mayores seleccionan también un número de correos menores para atender el envío de correspondencia en fechas e itinerarios no fijados previamente (por lo que se entiende que no se deberían aplicar las tarifas llamadas oficiales, ya que éstas dependerían de otros factores como la distancia o el volumen de correspondencia entregada).

Al margen de este correo oficial que con el paso del tiempo tiende a organizarse de una forma más compleja y efectiva, existirán otros “correos privados” que, desde mi punto de vista no tendría el estatus de correos tal y como es entendido actualmente a efectos de su equivalente en el siglo XVIII, puesto que llevarían a cabo la labor de transportar cartas de una manera coyuntural y no organizada, son los propios (amigos del remitente, lacayos, arrieros, mercaderes), consulado de mercaderes, correo de universidad, si bien estos últimos si parecían haber dotado a estos envíos de cierta organización. Son a lo que entiendo que Cascajo se refiere cuando habla de portadores de cartas fuera de valija.

Las conclusiones que extraigo de la lectura del estudio del archivo Simón Ruiz son las siguientes:

1.- La existencia de marcas o anotaciones de los frontales no significa necesariamente que las cartas circularan mediante el correo, ya que muchas de ese tipo de anotaciones las podemos encontrar en cartas de los siglos XVIII y XIX sin estar englobadas en el correo oficial: marcas de correo urgente como “Cito, Cito” o “luego luego”, sobreportes que podrían corresponder a la recompensa otorgada a un particular por realizar el servicio, cartas acompañando mercancías, tal como existían en el período prefilatélico, aquellas con anotaciones referidas a “propios” (tanto nominadas como innominadas), con indicaciones de entregar en mano, mensajes en sus frontales o con signos de comercio, incluyendo aquí las remitidas en el ámbito de algunos gremios. Todas estas categorías de envíos desprendidos del estudio de Fernando Alonso yo los sumaría al conjunto de veintitantas mil cartas procedentes de ese mismo archivo que no contenían más a notación en el frontal que el nombre y dirección del destinatario.

2.- Yo si dotaría de categoría postal a aquellas que cuentan con signo de porteo manuscrito, las de franqueo previo tanto por texto como por dibujo, y las que circularían como correo del Estado “por el rey” “Es del Real Servicio” etc. Sobre estas últimas se me plantea la duda de si iban siempre francas de porte o si dicha franquicia sólo iban referidas a la administración central y al correo de la Corte. En definitiva, todas aquellos envíos que se realizaban directa o indirectamente medante la estructura creada por la Familia Tassis.

3.- Este tipo de correo oficial (el de los Tassis) entiendo que se organizaría también por relevos o por mensajeros que harían el recorrido de un tirón, en función de la distancia entre los dos puntos, la existencia o no de paradas de postas o de la naturaleza del personaje que realizase el servicio.

En fin, para centrar el tema yo considero como correo oficial al de los Tassis, considerando al resto como otras formas de correos no oficiales o circunstanciales que contaban con la característica de no estar prohibidos expresamente o regulados como sucedió a lo largo del siglo XVIII; no siendo, por tanto, considerado como correo ilegal.

Por cierto, ¿existe alguna manera de hacerme con una copia del referido "pleito de la estafetas"?

Recibid un cordial saludo.
Dagonco.
Menaza
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Menaza »

Dagonco escribió:En fin, para centrar el tema yo considero como correo oficial al de los Tassis, considerando al resto como otras formas de correos no oficiales o circunstanciales que contaban con la característica de no estar prohibidos expresamente o regulados como sucedió a lo largo del siglo XVIII; no siendo, por tanto, considerado como correo ilegal.

Por cierto, ¿existe alguna manera de hacerme con una copia del referido "pleito de la estafetas"?
Hola,

Pues más o menos así era el contexto histórico, según a expuesto Dagonco, en el cual se desarrolló el correo, los Tassis trajeron la modernidad con sus infraestructuras postales del siglo XVI, y claro esas infraestructuras fueron acaparadas por el Rey para sus comunicaciones. Pero como todo en la vida otras comunidades se organizaban para poder informar e informarse, los comerciantes catalanes y su Cofradía en la capilla Marcus, o las Universidades y los servicios de correo que ofrecían a sus estudiantes, etc., etc.

Evidentemente, y es una ley natural, todo evoluciona y el correo no iba a ser menos, fruto de la cada vez más importante dependencia de la información aquellas viejas infraestructuras esperimentarón un gran auge gracias al novedoso sistema de "estafetas" que permitía acercar al público el servicio postal con unas frecuencias mas o menos fijas, que aunque pueda parecer poco fue un enorme impulso en la época y que fué el origen del famoso Pleito de las Estafetas, era lógico que los Tassis al ver perder su dominio, y por ello sus ingresos, se enzarzaran en dicho pleito.

Por lo demás yo también estaría interesado en hacerme con una copia de dicho litigio si alguien lo tiene ya que es una documentación de gran interés para ir entendiendo el entramado postal de los sistemas de comunicaciones postales de aquellos pretéritos años.

Saludos.
El silencio no siempre es cobardía, a veces es prudencia y otras veces es inteligencia.
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Hola de nuevo:

En la línea que plantea José Luis (Menaza) modestamente creo que podríamos analizar los tipos de organizaciones postales o pseudo-postales que existían en España y sus dominios en los tiempos de los Habsburgo. Por la información que yo tengo se me ocurrirían estas 4 clasificaciones:

- Organización postal oficial: concedida a la familia Tassis mediante asientos confirmados por los diferentes monarcas de la Casa de Austria hasta hacerlo perpetuo en los tiempos del primer conde de Villamediana. Este correo tenía como función principal estar a servicio de la Corona y por lo tanto servir de comunicación entre los extensos dominios de los monarcas españoles (Flandes, Italia, Alemania, Portugal...) o del interior de España (Castilla, Aragón, Navarra...). El compromiso adquirido por los Reyes ante la familia Tassis era el de abogar en los diferentes tratados con otros estados por las facilidades a la hora de permitir el tránsito por dichos territorios dando lugar a los primeros convenios postales como es el caso de Francia. Esta familia no se limitaría a los envíos simplemente de la Correspondencia de Estado sino que utilizaría la extensa y efeciente infraestructura creada por ellos para transportar cartas y paquetes entre particulares, amparándose en la excusa de que Su Majestad Católica habitualmente pagaba tarde y mal y era necesaria esta práctica para obtener ingresos que contribuyeran a soportar dicha estructura postal. Los reyes de España no vieron con malos ojos dicha práctica por lo que estaban todos contentos.

- Organización postal oficial "residual": Es posible que el término sea poco riguroso e incluso desafortunado pero sólo pretendo hacerme entender a la vez que aclarar mis propias ideas. Antes de la llegada de los Tassis a España ya existían Correos Mayores, especialmente activos eran los que existían en la Corona de Aragón (catalanes y valencianos) que vieron sus intereses mermados por las concesiones efectuadas por Felipe I y su hijo Carlos I en favor de esa familia extranjera de flamencos o italianos dándoles el monopolio del correo en España. Para colmo los monarcas siguieron otorgando títulos de Correo Mayor de determinadas ciudades y regiones a pesar de que ya había establecido el citado monopolio en fechas tan tardía como 1589. Por ejemplo los correos de Sevilla pleitean con los Tassis en la segunda mitad del siglo XVI y la justicia les da la razón a los primeros.

- Organización postal no oficial pero si organizada: Aquí entrarían diversas organizaciones gremiales como el correo de Universidad citado por Fernando Alonso en su libro y otras similares que, sin tener concesión real, organizaban de cierta manera el envío de correspondencia y mercancías, al no estar prohibida (en principio) dicha práctica, entiendo que no corrían la posta ni usaban servicios de estafetas, sino que utilizarían a diferentes corresponsales que harían rutas en tiempos fijados y predeterminadas en distancias más o menos cortas.

- Correo mediante propios: Lacayos o sirvientes de nobles y ricoshombres, trajineros, arrieros, marcederes de paso por las ciudades que se ofrecen a llevar la correspondencia bien sea como favor sin cobrar nada o mediante un donativo por parte de los remitentes, práctica que fue prohibida a partir del siglo XVIII por hacer la "competencia" al Estado con la gestión del correo, pero que en los siglos precedentes no estaba regulada.

Hasta aquí la organización del correo español en el periodo antes citado según mi criterio, que probablemente esté plagado de errores e inexactitudes que agradeceré a quien me las corrija. Todo lo dicho me plantea multitud de dudas e interrogantes que (para no aburrir demasiado al personal) resumiré en tres:

¿Cómo era posible que convivieran tan diversos sistemas con igualdad de cometidos y de aplicacón en el mismo contexto geográfico?. Todo esto independiente de los pleitos que entablaran entre unos y otros. Es decir, si Felipe II confirma en el cargo de correo mayor de Sevilla a un tal Pedro Xerez, se entiende que este señor sería el que realizara (como mínimo) las comunicaciones entre la corte y la capital andaluza ¿no?, independientemente que organizase el envío de correspondencia privada en todo el reino de Sevilla (que sería un terreno vedado a los Tassis), algo parecido ocurriría con el Reino de Valencia, por poner otro ejemplo. Lo que está claro es que las comunicaciones con las Indias y demás territorios en Extremo Oriente fueron ajenos a la familia Tassis ya que tenían también su propio correo mayor (vulnerando una vez más el monopolio otorgado por Carlos I) en la persona de Lorenzo Galíndez de Carvajal, quien, a pesar de su escasa atención a cumplir correctamente su trabajo, jamás sufrió injerencias de los Tassis en sus territorios.

¿Creéis que podría existir algún tipo de distinción a la hora de echar un vistazo a un frontal de sobrescrito entre uno remitido a través de la organización "tassiana" y las de los correos mayores locales? Me refiero a diferentes tarifas o símbolos postales. Por seguir con el ejemplo de Sevilla: Si nos consta que a mediados del siglo XVI tenía su propio correo mayor ajeno a los Tassis deberíamos concluir que las cartas procedentes de Sevilla del Archivo Simón Ruiz habrían sido transportada por los servicios de este correo y compararlas con las procedentes de otras villas y ciudades para establecer semejanzas y diferencias ¿no os parece?.

¿Se han encontrado cartas sin portear ni ningún otro signo postal que en su interior haga alusión a haber sido transportada por algún tipo de organización postal oficial? De ser así no podríamos descartar las cartas sin signos postales en sus frontales como circuladas a través del correo oficial, lo cual complicaría mucho más la cuestión.

Disculpad por la extensión del texto, pero creo que es un tema verdaderamente apasionante del que se ha hablado muy poco y sobre el que no se ha escrito aún la obra definitiva.

Recibid un cordial saludo.
Dagonco.
parbil
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por parbil »

Hola:
Con respecto al correo en los siglos XVI y XVII llamado de universidad, quiero hacer una pequeña matizacion.
En primer lugar tal como se esta tratando el tema, parece como si este correo fuese algo general y de las universidades tal como las conocemos hoy dia; es decir una institucion de enseñanza.
El correo de universidad se trata del usado por " El consulado universidad y casa de contratacion de la Villa de Bilbao ", llamado comunmente El Consulado de Bilbao.
Constituido en 1511, si bien ya venia ejerciendo una organizacion de comerciantes y mareantes desde casi la fundacion de la Villa de Bilbao, tenia facultad para despachar mensajeros con cartas de la Villa.
Tuvo el Consulado pleitos con los Tassis hacia 1570, saliendo con veredictos favorables la Villa de Bilbao y su Consulado.
Por tanto Si bien no era "oficial" si era legal.
En cuanto a las marcas del archivo Simon Ruiz, aun hay mucho que estudiar con respecto al correo de este Consulado. Por cierto ninguna carta de las llamadas de universidad llevan porteo. Asi mismo solo se conocen estas marcas o alusiones manuscritas durante el siglo XVI; sin embargo El Consulado tuvo correos durante los siglos XVII y XVIII, con correos propios que enlazaban con la Mala, Santander , San Sebastian etc.
En fin el tema es muy vasto y la documentacion escasa, siendo La historia del Cosulado de Teofilo Guiard la que mas lo toca.
Y por cierto, ¡ lo que daria yo por una de esas para mi coleccion!
Un saludo
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Hola a todos:

Gracias Parbil por la valiosa información que aportas. Después de su lectura coincido con tu apreciación de la legalidad de dichos correos e incluso de la oficialidad, ya que según he podido leer Doña Juana de Castilla emite una Provisión Real en la que se establece un régimen de jurisdicción privativa para los capitanes, maestres de naos y negociantes constituyéndose así la institución denominada "Consulado, Casa de la Contratación, Juzgado de los hombres de negocios de mar y tierra y Universidad de Bilbao", los intereses de dicho colectivo coinciden tanto con los de la villa que se identifican plenamente con ella, y, efectivamente contaba con competencias sobre el correo. Por todo ello yo lo equipararía a cualquier otra ciudad o región que contara con su correo mayor.

La ausencia de signos de porteo en los frontales de las cartas del consulado de mercaderes Fernando Alonso lo interpreta como que dichas cartas circularon a portes pagados.

Una cosa que me choca es la existencia de cartas con anotaciones relativas al llamado "Correo de la Nación" que Fernando Alonso no sabe muy bien como interpretar y que yo creo que es exactamente el mismo que el del "consulado de mercaderes de Burgos", ya que el establecimiento de naciones de mercaderes era algo muy común en la Europa del siglo XVI y contribuía a facilitar la transmisión de la información a nivel internacional y a nivel del Reino de Castila, dichos consulados eran gestionados desde Burgos.

Existe un estudio muy interesante titulado "los flujos de información en las redes comerciales castellanas de los siglos XV y XVI" de Hilario Casado Alonso, donde aborda todas estas cuestiones y que puede resultar clave para la interpretación de la organización postal mediante comerciantes y mercaderes. Si alguien se encuentra interesado no tiene más que enviarme un privado con su dirección de e-mail y se lo remitiré.

Recibid un cordial saludo.
Dagonco.
parbil
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por parbil »

Hola:
Amigo Dagonco, yo opino como tu que el correo de Nacion es de los Consulados.
En los privilegios de Ruwaert de Flandes de 1343, se habla de los Consulados o NACION de Vizcaya y de Burgos.
Asi mismo se habla de la NACION de Vizcaya cuando en 1495 se hace donacion de una parcela para la ereccion de un edificio al Consulado de Bilbao. Igualmente alude a las transacciones maritimas de la NACION de Vizcaya; y de la de Castilla refiriendose al consulado de Burgos.
Esto lo plantea muy bien Eduardo Inclan Gil en su estudio " El dinero del mar : el comercio de la costa vasca con Europa"; y como Dagonco dice, Casado Alonso en su estudio "Colonias de mercaderes castellanos en Europa" .
Un saludo.
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Hola de nuevo:

Además tendría cierta lógica pensar que las 7 cartas localizadas en el archivo Simón Ruiz con la anotación "Correo de la Nación" correspondieran al correo con destino al consulado de Burgos desde Europa (Nación de Castilla) y no al de Bilbao (Nación de Vizcaya) debido a que los remitentes hacen distinción entre el correo de Universidad y el de Nación. Además en una de ellas se tacha la anotación "Nación" y se sobreescribe "Universidad", lo cual diferencia ambas instituciones.

Una de las cartas del correo de la Nación nace en Nantes, ciudad donde el consulado de Burgos tenía una filial, lo extraño es que las 6 restantes nazcan en Bilbao, ciudad donde operaba otra comunidad de comerciantes. Quizás el correo de la Nación de Castilla hacía parada en Bilbao y el remitente aprovechó el hecho para hacer sus envíos de una forma más rápida (aunque no deja de ser esto una insensata elucubración).

Lo que sí parece estar claro es que el Correo de la Nación de Castilla del Consulado de Burgos era muy activo y tejía unas redes internacionales bastante amplias y un sistema postal perfectamente estructurado. Casado Alonso nos cuenta lo siguiente:

Para organizar el envío de la correspondencia, el Consulado de Burgos disponía de mensajeros y correos propios, pero también contrataba los servicios de otros, según la urgencia del envío de las noticias. He estudiado sus montos a través de los gastos que, para enviar sus propias cartas, reflejó el tesorero de dicha institución en los Libros de Caja (Mayores) de la primera mitad del siglo XVI, período en el que aquél auditó los gastos de la correspondencia consular. Según éstos, las partidas destinadas a mensajeros y portes de correo representan en torno al 5 por 100 del total de los gastos del Consulado. Aunque esa cifra puede parecer pequeña frente a los cuantiosos desembolsos en pleitos y, sobre todo, en la organización de las flotas de la lana, indica, sin embargo, tanto la importancia que el correo tenía para la institución consular, como el desarrollo que éste alcanzó. Eso explica que en las Ordenanzas de 1538 se estableciera el cargo de “Maestro de correos”, al que se encomendó todo lo referente a correos y mensajeros, dotado de unos ingresos propios procedentes de un sueldo fijo anual, más las tasas que cobraba por el envío de cada bloque de cartas. Al mismo tiempo, dicho personaje tenía el monopolio del envío de toda la correspondencia mercantil remitida por los comerciantes miembros de la Universidad de Mercaderes de Burgos. Dicho puesto fue en 1572 elevado de condición social y jerárquica —una manifestación de la importancia que se daba en la época a contar con una buena información—, creándose el cargo de “Correo Mayor del Consulado”, que durante la segunda mitad del Quinientos recayó, como no, en miembros de las grandes familias de mercaderes burgaleses de los Covarrubias, Pardo Orense y De La Torre. Sin embargo, tal oficio consular chocó con los privilegios que los reyes españoles habían concedido a los Tassis, dando lugar a un largo pleito. Finalmente, estos últimos tuvieron que reconocer la autonomía y la eficacia del correo del Consulado.

Y yo me pregunto: con Correos Mayores en el Reino de Aragón, en diversas ciudades andaluzas y castellanas, correos oficiales de los consulados de mercaderes de Bilbao y Burgos (y sabe Dios de donde más) con conexiones internacionales, correos mayores de las Indias... pero qué le quedaba a los Tassis, si además perdían todos los pleitos en los que se enzarzaban para hacer valer sus derechos. A no ser que se permitiera una coexistencia de diversas estructuras postales dentro de un mismo ámbito no sé como les podía salir rentable el asunto del correo.

En fin, cuanto más profundizo en este tema más lagunas encuentro, lo cual lo hace más fascinante si cabe.

Un saludo.
Dagonco.
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Juan Luis
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Juan Luis »

Aquí un documento que a lo mejor resulta interesante no sé si lo conoceis es de 1658
pedrovalda0002.jpeg
son 15 páginas y se puede encontrar en http://roderic.uv.es/handle/10550/8886" onclick="window.open(this.href);return false;
Si hay algun problema en leer el documento se lo puedo mandar por correo electrónico a quien me lo solicite.
Un saludo
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Hola a todos:

Juan Luis, muchas gracias por la información. Ya conocía de la existencia de dicho documento pues leí un artículo sobre el mismo en la Revista Academus, sin embargo no me lo había llegado a descargar.

Én la página que citas (http://www.cervantesvirtual.com" onclick="window.open(this.href);return false;) también he encontrado:

Breve resumen del artículo, que pende en el Consejo entre partes del Procurador Fiscal Patrimonial, y el llamado Gremio de los Correos de la Ciudad, y Reyno de Valencia, y D. Fernando de Balda, Correo Mayor de dicha Ciudad, y Reyno, como padre, y legitimo Administrador de D. Pedro Balda, sucesor inmediato en dicho Oficio iure vinculi. (S/F)

Breve apuntamiento por Don Fernando de Balda y Castelvi, Correo mayor de la Ciudad, y Reyno de Valencia, en su nombre proprio, y en el de padre, y legitimo Administrador de Don Pedro de Balda. Con el llamado Gremio de los Correos de dicha Ciudad. (Madrid 1672).

Auto que ordena a los correos ordinarios de aquí en adelante no traigan, ni lleben dineros, mercadería, ni otras encomiendas para prevenir robos. (Madrid 1679).

Habrá que estudiar detenidamente estos documentos por si sugieren alguna clave que nos permita conocer el funcionamiento del correo en tiempo de los Austria.

Un saludo.
Dagonco.
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Hola a todos:

Os presento un nuevo documento que (desde mi punto de vista) podría arrojar algo de luz a la organización postal anterior a 1717.

Se trata de una libranza o carta de pago emitida por el Ayuntamiento de Trujillo en 1660 a favor de Inés Picón de Salamanca, viuda del Correo Mayor de dicha ciudad. Os adjunto su imagen y transcripción (aunque con lagunas):
Libramiento pago al correo mayor (1).jpg
Libramiento pago al correo mayor (2).jpeg
A la Vª Ynes Picon de Salamanca de los portes de las cartas
año cumplido 22 de Octubre de 1659 = 100 Rl.

Doña Inés Picón de Salamanca viuda de Alonso de Aguilar Calva, correo maior que fuese de esta ciudad, digo que Vsª dava cada año al susodicho cien reales por el porte de las cartas y se debe un año que cumplio por 22 de octubre de este pasado de cincuenta y nueve = A Vsª pido y suplico mande se me libren que en ello recibire merced la qual pido.
Pasada
Paguese del contador

A Alonso de Aguilar correo maior que fue de esta ciudad dava Vsª por el porte de sus cartas 100 Rs cada año y estanse vencido del que cumplio por 22 de octubre del passado de 1659 que xxx Vsª servido se le podran mandar librar porque se revoco dicho salº a 24 de dicho mes.

Juan Duran (Rúbrica)
Henº
En propios se libren

La Justicia y Regimiento de la mui Noble y mui Leal ciudad de Truxillo mandó a Antonio Muriel, mayordomo de nuestros propios que de su cargo pague a Dª Ynes Picon de Salamanca la viuda de Alonso de Aguilar Calva Correo mayor que fue de esta ciudad cien reales que se le deven por los mismos que se le davan cada año por los portes de las cartas que venian para esta ciudad bien en el Correo y son de un año que cumplió por veinte y dos de Octubre del pasado del cinquenta y nueve conforme el parecer de Juan Duran nuestro contador que adelanta la razón de esta con la que xxxxxx se le pasen en dicha xxxx En Truxillo a diez y seis de Henero de mil y seisº y sesenta años =

(Rúbrica) (Rúbrica) Ynes Picón (Rúbrica)


Recibi del Sr Miguel Quilez maiordomo de esta ciudad los cien reales contenidos en esta libranza y por servida de averlos recibido y estar pagada y por no saber firmar rogue a fray Juan Hernandez vicario de las monjas de la Concepción lo firmare por mi, Truxillo y Henº 29 de 1660 años =
A ruego de la Sra Dª Ynes, fray Juan Hernandez.

Regidor de la Ciudad de Truxillo
Diego Izquierdo de Medina (Rúbrica)

En propios a Dª Ynes Picon viuda de Alonso de Aguilar correo mayor, 100 Rl de los portes de cartas y de un año que cuplio el 22 de octubre de 1659.

Cumpla esta libranza Miguel Quilez nuestro mayordomo de propios como si con él hablase y tome la razón de este decreto Juan Duran contador de la ciudad. Asi lo dijo en su xx de veinte y dos de octubre de mil y seiscientos y sesenta años =

Tomé la razón de este decreto. Ante mi Diego Izquierdo de Medina. Juan Durán

Tomé la razón: Juan Durán

En propios a Dª Ynes Picon viuda de Alonso de Aguilar, correo mayor = 100 Rl de los portes de cartas y de un año que cumplio 22 de Octubre de 1659.

--------------------------
De este interesante documento extraigo las siguientes conclusiones:

1.- Como puede observarse en el escrito fechado en 1660, el pago de 100 reales se fijó en el año 1658, venciendo este contrato anual el 22 de octubre de 1659. Con lo cual no estamos hablando de un pago realizado después de haber sumado el importe de la correspondencia recibida al cabo de un año y aplicándole un descuento, sino un precio estipulado previamente. La cantidad redonda de 100 reales avala también dicha tesis.

2.- Aunque el precio fue fijado por adelantado, el pago se realizó en un solo plazo y una vez finalizado el servicio anual, lo cual supongo no sería muy del agrado de quienes debían prestar dicho servicio. Además es un poco incomprensible ya que, como hemos visto, no se aplicaba el descuento sobre el volumen de recompensa recibida a lo largo del año (siendo por tanto desconocido el montante total) sino una cantidad estipulada previamente por ambas partes (imagino que en base a previsiones).

3.- 100 reales al año por la gestión de todo el correo recibido en un año por parte de un ayuntamiento de una ciudad como Trujillo me parece una cantidad irrisoria, habida cuenta que en otro hilo del Ágora he incluido un documento prácticamente contemporáneo al presente donde se pagaba a un propio por un único servicio de Trujillo a Madrid la cantidad de 90 reales.

4.- Utilizando como referencia las tarifas más frecuentes durante el siglo XVII (8 maravedíes, 12 maravedíes y medio real) podríamos suponer que para amortizar esta cantidad bastaría con que el ayuntamiento recibiera a lo largo de un año entre 250 y 300 cartas por el servicio del correo (cantidad que creo que sería sobrepasada con creces).

5.- El cargo de correo mayor de las ciudades en el momento en que era arrendado por particulares se entiende que podía enajenarse e incluso heredarse (como podría ser este el caso) aunque no está claro si en este caso la viuda del correo simplemente reclamaba los derechos que le asistían a su difunto marido en la reclamación de la deuda o si ella seguía desempeñando el oficio, aunque como se puede ver en el documento, esta mujer no tendría la preparación adecuada, ya que no sabía escribir.

De todo lo dicho se deduce que personas físicas o jurídicas que recibieran abundante correspondencia (al menos en el siglo XVII) podían pactar previamente con los correos mayores de sus ciudades el pago anual de una cantidad por el envío de las cartas recibidas. Además las condiciones del contrato serían pactadas libremente por ambas partes (el importe final, el momento del pago, etc.).

Podría ser este documento una explicación de la razón por la que algunos sobrescritos de esta época no contienen ningún tipo de anotación manuscrita ni de porteo ya que serían enviados por aquello que sabían del contrato postal del ayuntamiento. Aunque también se darían casos en que el remitente no tendría porqué estar enterado de las condiciones pactadas entre el destinatario y el correo mayor, y por lo tanto seguiría anotando de su puño y letra el importe de la tarifa que calculaba debía abonar quien recibiría el envío.

Supongo que los Correos al finalizar los periodos de vigencia de los contratos contabilizarían el coste real de los envíos recibidos por sus clientes y el precio estipulado contractualmente a la hora de negociar futuros acuerdos. Aunque en este caso parece claro que la cantidad de 100 reales anuales por el servicio de Correos era la cantidad fijada desde hacía tiempo, sin incrementar o disminuir el precio tal y como se desprende de varios pasajes del texto, como por ejemplo este: digo que Vsª dava cada año al susodicho cien reales por el porte de las cartas

Espero que alguno de los foreros sea capaz de sacarle más jugo a este documento que me apetecía compartir con todos vosotros y que podría servir de base a algún estudio o artículo más profundo.

Recibid un cordial saludo.
Dagonco.
Menaza
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Menaza »

Hola,

Precioso y preciso documento que aporta datos sobre el funcionamiento del correo arrendado, como se desprende de la traducción efectuada por David. Lo cierto es que el conocimiento del correo anterior a 1717 nos resulta muy compleja habida cuenta de la poca documentación y material que ha llegado hasta nuestros días. Mas que sacarle jugo a este documento a mi me plantea una gran duda, la misma que observo en documentos y cartas de esta época desde hace tiempo, son los "puñet...." reales. :wink:

Me consta que en el XVII el sistema monetario español era un verdadero caos, con multitud de monedas acuñadas por los diferentes reinos que componían el crisol español en el XVII y cada moneda con sus cambios con las otras, cambios que además fluctuaban en función del grado de pureza del metal a la hora de acuñarlas y el peso que se incluía, en fin un verdadero conglomerado monetario.

Pienso que la moneda "reales" al que se refiere el documento se trate de reales de plata y por consiguiente su valor es bien distinto al real de vellón, según he consultado su valor llego a ser el doble del de vellón, por lo que de ser así ya estaríamos hablando, por los cálculos de David, de entre 500 y 600 cartas anuales, lo que viene a ser una media cercana a 50 cartas mensuales, número muy respetable si consideramos la frecuencia con que llegarían propios, ordinarios o estafetas de otros lugares a la ciudad de Trujillo. El real de vellón fue moneda imaginaria mientras que el real de plata creo que no lo fue, siendo así supongo que a la hora de establecer pactos o acuerdos éstos se realizarían en moneda real y no imaginaria, otro importante aspecto para valorar los reales de plata como la moneda expresada en el documento en lugar de los de vellón.

Ánimo, haber si alguno más aporta su opinión y conseguimos ir aclarando algún criterio, que por pequeño que sea siempre es un avance.

Saludos.
El silencio no siempre es cobardía, a veces es prudencia y otras veces es inteligencia.
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Interesante punto de vista el que presenta José Luis (Menaza) dándole un giro numismático a la cuestión. No creo que sea muy difícil hacerse con algún trabajo o monografía sobre el sistema monetario del siglo XVII que, en gran parte (al menos en la coexistencia de los reales de vellón y los reales de plata) se perpetuó hasta el siglo XIX.

De todos modos discrepo en la diferenciación de los reales entre plata y vellón que planteas. El documento colgado en el hilo de correspondencia fuera de valija de pago a un propio está fechado en 1663 y es por importe de 90 reales, el del pago a un correo es de 1660 y es por 100 reales. No se establece ninguna diferenciación entre la moneda que sirve para pagar un servicio y el otro, ni son abreviaturas diferentes.

La inflación de los siglos XVI y XVII siempre me ha inquietado respecto a las tarifas postales que permanecieron prácticamente inalteradas durante 200 años, a pesar de la tremenda devaluación de la plata en la España de los Austrias, las tres bancarrotas que sufrió la Hacienda con Felipe II y de las previsibles subidas y bajadas del nivel de vida (lo que ahora sería el IPC). ¿Es posible que un maravedí costara lo mismo en 1530 que en 1730? Me cuesta creerlo, la verdad.

Cuando hablan de reales no se si se referirán a los de plata o a las aleaciones de vellón (aún no estipuladas como una moneda diferente), lo que me parece claro es que se refieren al mismo metal tanto en un caso como en el otro.

Por cierto, José Luis, el cálculo realizado del volumen de la correspondencia recibida por el montante total de 100 reales, lo he basado en una ponderación de la frecuencia con que aparecen cada una de las tres tarifas (por las mismas fechas) del estupendo artículo realizado por ti y Carlos Celles en el último número de la revista Academus. De momento no hay demasiado donde basarse para realizar estimaciones y reconozco que mi cálculo podría resultar un tanto peregrino, pero estoy bastante seguro de que la tarifa minoritaria sería (con mucho) la de 8 maravedíes, seguida por la de 12, siendo la más frecuente la de medio real.

Un saludo.
Dagonco.
Menaza
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Menaza »

Hola,

La moneda de vellón se conocia y utilizaba desde hacía mucho tiempo, con distintas aleaciones que daban diferentes valores cuando se efectuaban cambios con otras monedas. Pero no fue hasta el 24 de septiembre de 1718 cuando por pragmatica real se crea la moneda de vellón que fue la utilizada como base para el cálculo de las Rentas de la Corona, el real de vellón con un valor de 8 1/2 cuartos.

El gran problema que existia en el XVII en cuanto al sistema tarifario consistia en que cada Reino y Señorio gozaba de privilegios y arbitrios que les permitía acuñar su propia moneda, por ello, a partir del comienzo del XVIII se trata de unificar todas las monedas creando una moneda que sea de unidad para todo el reino, y a ella se igualen todas las que circulan, esta fue la moneda de vellon de Castilla.

Adjunto parte del documento extraido de la obra que sigo como referencia, un tratado monetario sobre las monedas catalanas que contiene la información del sistema monetario español, que se edito en 1818 y su autor fue el doctor Josef Salat.
Pragmatica Real.jpg
Yo al menos me baso y sigo por el camino que esta obra va señalando ya que me parece muy coherente para buscar soluciones a las grandes dudas que nos vamos encontrando, por ello considero que en los documentos oficiales cuando se referencian a reales, sin especificar el metal, estos son en plata y no en vellón, no al menos con el cambio que todos manejamos una vez hablamos de tarifas postales conocidas del siglo XVIII.

No se donde llevaran estas especulaciones pero al día de hoy me parecen las más plausibles, que ello no quiere decir que sean las acertadas.

Saludos.
El silencio no siempre es cobardía, a veces es prudencia y otras veces es inteligencia.
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Hola a todos:

José Luis, coincido en parte con lo que dices, pero creo que precisamente el quiz dela cuestión lo planteas tú mismo.

Con el advenimiento de la Casa de Borbón y el Decreto de Nueva Planta, entre otras cuestiones se reforma y unifica el Sistema Monetario Español, creándose así el real de vellón de manera oficial, para de esta manera institucionalizar una práctica que ya venía dándose desde hacía décadas aunque no con tal denominación.

Yo entiendo que desde el siglo XV (creo) hasta el XVII se utilizaba una moneda llamada real que oficialmente estaba acuñada en plata, lo que ocurre es que en diversas épocas de crisis económica y, puesto que nuestros metales preciosos de América pasaban directamente a las arcas de los banqueros alemanes y genoveses sin parar apenas en España, en la Península ibérica se empezaron a acuñar reales de plata fraudulentos (por el propio estado) aumentando cada vez más la proporción de bronce y disminuyendo las cantidades de plata (creando una aleación llamada vellón); llegando incluso a acuñar monedas de bronce dándoles un simple baño de plata. Esta práctica no era exclusiva de España ni de esa época, también los denarios romanos sufrieron una transformación similar a mediados del siglo III. Ingenuamente la Corona creía resuleto así el problema de circulante.

Otra cosa difrente es como se tomaría la sociedad ese engaño oficializado. Es evidente que en el siglo XVII coexistirían con los reales de vellón también reales puros de la época de Carlos I o anteriores, o incluso contemporáneos, ya que, sobre todo las cecas americanas si que solían acuñar en plata. Un comerciante o cualquier persona desechar cualquier moneda cuyo proporción de bronce fuera desmesurada en las transacciones cotidianas, puesto que el valor del real tenía un único facial (el oficial). Lo más probable es que fuera por aquellas fechas en las que (oficiosamente y a efectos prácticos) se estableciera una equivalencia entre reales puros y reales de vellón. Algo así como decir un real "viejo" (puro) equivale a tres reales "nuevos" (con aleación de vellón) basándose en su porcentaje de plata. Sin reforma momentaria en aquella época y sin establecimiento un decreto de precios mínimos para los productos básicos es más que probable que reinase el caos en la economía. De hecho sospecho que los reales de vellón fueron los que acabaron por imponerse a los de plata en las transacciones cotidianas. De ahí que los propios reales puros fueran muy a menudo recortados (de ahí las monedas con formas irregulares o cuadradas) para estblecer una equivalencia real con los reales de vellón. También se pueden observar muchas de esta monedas con cortes o agujeros para saber si la moneda era de plata o de vellón.

Respecto al pago al administrador de correos del presente documento y el pago al propio del otro hilo vuelvo a lo mismo, creo que cuando en dichos documentos se hablan de pagos en reales se refieren al mismo (ya sea el puro o el adulterado) pero si no se establece ni distinción mediante abreviatura debo entender que se trata de la misma moneda con el teórico mismo peso y la misma ley.

No obstante sigo planteándome el mismo interrogante y otro más:

¿Cómo es posible que en 200 años no cambiaran las tarifas de envío de correspondencia?.
¿Podrían tratarse de reales de plata pura y no reales de vellón cuando vemos las cantidades manuscritas en los frontales?

¿Hay por el foro algún numismático especializado en los sistemas monetarios de la época de la Casa de Austria que nos pueda ilustrar un poco más?

Por cierto, no toméis todo lo que he dicho como dogma de fe ya que mi argumentación la baso en conversaciones que en tiempo tuve con amigos numismáticos, en recuerdos de la clase de historia del instituto y en algunas obras o catálogos de moneda española que he tenido la ocasión de leer de vez en cuando. Aunque creo recordar que la cosa viene a ser como la he explicado.

Un saludo.
Dagonco.
Menaza
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Menaza »

Hola,

Cuanta razón tienes David, y ya sé que el quiz yo mismo me lo planteo, y lo he puesto de relieve en el mensaje anterior, ya que el esclarecimiento de como afecto al servicio postal y sus costos en el XVII o antes es el muro contra el que chocamos, yo lo que manifiesto es que siempre choco contra lo mismo e intuyo que es un escollo que a los que nos gusta estudiar y elucubrar sobre el correo en la etapa de los Austrias nos va a costar mucho superar.

En cuanto a tu primera cuestión, yo creo que que esas tarifas del XVII sí que fueron modificándose y a la baja, has hecho referencia a un artículo escrito en Academus y donde se vislumbra precisamente esa tendencia. Estas modificaciones pienso vienen dadas por los nuevos servicios, las estafetas, que eran mas fiables con días fijos de salida y más baratos, de ahí que emanara como bien conoces el famoso Pleito de las Estafetas, al igual que ahora detras de los pleitos siempre esta el dinero y como ves hoy en día en ese aspecto nada ha cambiado la sociedad.

En cuanto a la 2ª cuestión decirte que es ese muro al que me refería, muro en el que vamos contrastando opiniones en el otro hilo que vamos siguiendo en el Agora, el que hace referencia al correo circulado fuera de valija.

Y en cuanto a tus opiniones y argumentaciones me parecen de lo más solidas y coherentes, valoro mucho la valentía de exponerlas ya que como sabes no es facil explicar ideas que intenten acercarnos a estos temas tan resbaladizos y personalmente las leo con mucha atención ya que se que tus opiniones siempre se basan en el estudio de esta extraordinaria afición que compartimos.

Saludos.
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Hola a todos:

No me ha sido muy difícil encontrar un artículo en la Red que versa sobre la inestabilidad monetaria y la crisis económica del siglo XVII español, así como el doble sistema monetario basado en la plata y el vellón.

Aún no he tenido oportunidad de leerlo entero (son 29 páginas) pero creo que para los que estamos escribiendo o siguiendo este hilo puede aclarar bastantes cosas. Lo he sacado de la página web de Dialnet en el siguiente enlace: http://dialnet.unirioja.es/servlet/arti ... digo=97759" onclick="window.open(this.href);return false;. Como hay que tomarse la molestia de registrarse para poder acceder al artículo completo yo os lo ofrezco descargado en PDF. Aquellos interesados podéis enviarme un privado con vuestro e-mail y os lo remitiré en el acto.

Yo por mi parte proseguiré con este debate en cuanto haya digerido el artículo.

Un saludo.

P.D.: Cuanto más investigo más cuenta me doy del carácter multidisciplinar de la Historia Postal, hay que saber de paleografía, de historia política, demografía, geografía, sociedad... y ahora de numismática. Mientras no me exijan raíces cuadradas y logaritmos neperianos yo seguiré profundizando encantado en todos estos ámbitos.
Última edición por Dagonco el 02 Abr 2011, 23:19, editado 1 vez en total.
Dagonco.
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Dagonco
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Re: Correo español antes de 1717

Mensaje por Dagonco »

Hola a todos:

Tras haber leído detenidamente el artículo al que hago alusión en mi anterior intervención me reafirmo en que el pago de 100 reales por los portes de las cartas que aparecen en el documento que adjunté se basa en los precios oficiales marcados por la Corona. Hablamos del valor teórico del dinero y no del valor real, que como bien comentaba Menaza era muy superior al establecido y que fluctuaba con el paso del tiempo (es lo que se conoce como "el premio de la plata").

Según el citado artículo durante el reinado de Felipe III y Felipe IV se procedió a una feroz devaluación del Sistema Monetario imperante, con el apoyo a la moneda de vellón que acabaría desplazando a la plata. Estos monarcas rebajan cada vez más el porcentaje (ley) de plata de los maravedíes así como su módulo (tamaño) aplicándole unas equivalencias caprichosas con los reales de plata (que seguían siendo de plata). Para que todos lo entendamos: si en el siglo XVI un real equivalía a 34 maravedíes (de un determinado peso y porcentaje de plata), unas décadas más tarde por decreto de la Corona, un real seguirá equivaliendo a 34 maravedíes (con la mitad de peso que los anteriores y sin apenas contenido de plata).

Obviamente la gente no era tonta y nadie cambiaba sus reales de plata por el “equivalente” en los maravedíes de vellón vigentes, consecuencia: la plata desaparece del mercado ya que es atesorada por cada uno en su casa, a la espera de tiempos mejores o para comerciar en una especie de mercado negro donde si le darían un valor más aproximado al auténtico. Una de las mayores consecuencias de que la gente no consuma es la caída en picado de los precios (deflación) que las autoridades tratarán de contener mediante diferentes pragmáticas de precios mínimos (1627, 1660 y 1680). Quizás las tarifas postales estaban sometidas a estas pragmáticas por tener un ámbito de actuación absoluto sobre todo el territorio nacional, de ahí que no fueran modificadas en todo este tiempo (contra toda lógica), lo cual haría sin duda perder dinero a los arrendadores de las estafetas y correos mayores.

Si os fijáis en el documento de pago a un propio que subí en el hilo titulado “Correspondencia prefilatélica fuera de valija” el pago está fijado en 90 reales y junto a esta cantidad (para evitar confusiones debido a los tiempos que corren) se establece su equivalencia en maravedíes: 3060 maravedíes; es decir el pago se establece según el cambio oficial: 1 real = 34 maravedíes. El pago al correo del presente hilo presenta las mismas características que el anterior incluyendo la equivalencia en maravedíes (3400). La proximidad en fechas de ambos pagos y el hecho de tratarse de la misma persona emisora del documento aseveran sin ninguna duda que el pago a la viuda del Correo Mayor de Trujillo se realizó según el valor oficial del real.

De todos modos que nadie se piense que esos 100 reales fueron abonados en monedas de reales de plata (si así fuera casi duplicaría su valor real) sino en moneda fraccionaria (maravedíes de la época) que por aquel entonces era en la práctica la divisa oficil del cambio, por lo tanto la bolsita en la que le hicieran entrega del pago abultaría bastante ya que llevaría un mínimo de 212 monedas. Para ser más precisos y rigurosos, el coeficiente para el año 1660 (fecha en que se efectuó el pago por el port de las carta del año) en la adquisición de bienes y servicios era 1,825 para pagos realizados en vellón y de 1,156 para los realizados en plata. El pago al propio del año 1633 marcaba una diferencia aun mayor en el coeficiente (pago en vellón: 2,015 y pago en plata: 1,024).

Supongo que de ser cierto lo que aquí he expuesto, y que ya apuntaba Menaza en su anterior comentario, se abren nuevas posibilidades en las vías de investigación con referencia a la etapa de los Correos arrendados, fijación de tarifas, organización de la administración de Correos, equivalencias con las monedas de los demás reinos y señoríos de la Península Ibérica...

Así es como interpreto yo la caótica situación económica del siglo XVII y su aplicación al documento referenciado. Perdonad el ladrillo, pero he tratado de escribirlo de modo que podamos entenderlo todo el mundo (hasta yo mismo).

Un saludo.
Dagonco.
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