
Duda en carta con franquicia de Comandancia
- JOSEAN
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Duda en carta con franquicia de Comandancia
buenas, alguien me puede explicar porque esta carta de Ferrol a San Sebastian, con franquicia del comandante del torpedero 7, lleva un franqueo adicional de 10 cts, gracias por adelantado


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Kdo. Josean.
Se trata del recargo en Beneficio del Patronato Antituberculoso, decreto de 11 de diciembre de 1937. El decreto anunciaba que este recargo, 10 cts, se cobraría desde el día 22 de diciembre hasta el 3 de enero.
La franquicia se concedía por el importe de la carta ordinaria, pero no así por el suplemento en favor de la Beneficencia.
No es fácil encontrarlo en cartas con franquicia.
Besos
Se trata del recargo en Beneficio del Patronato Antituberculoso, decreto de 11 de diciembre de 1937. El decreto anunciaba que este recargo, 10 cts, se cobraría desde el día 22 de diciembre hasta el 3 de enero.
La franquicia se concedía por el importe de la carta ordinaria, pero no así por el suplemento en favor de la Beneficencia.
No es fácil encontrarlo en cartas con franquicia.
Besos
Rosmari
- JOSEAN
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gracias Rosa Mari, pero dos cosas
- tenía entendido que era para cartas franqueadas con 15 cts como mínimo, en esta carta, por tanto no sería de aplicación
-por otra parte, esa tasa debería liquidarse con un sello especial (emitido el 22 diciembre) quizás en la fecha no estaba disponible en Ferrol, pero al liquidarla con un sello de correos no se podría llevar bien la contabilidad de la recaudación
- tenía entendido que era para cartas franqueadas con 15 cts como mínimo, en esta carta, por tanto no sería de aplicación
-por otra parte, esa tasa debería liquidarse con un sello especial (emitido el 22 diciembre) quizás en la fecha no estaba disponible en Ferrol, pero al liquidarla con un sello de correos no se podría llevar bien la contabilidad de la recaudación
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Kdo Josean.
Espero que esto aclare tus dudas:
La franquicia permitía el envío de la correspondencia ordinaria sin franqueo, o lo que es lo mismo: la marca de franquicia salvaba del franqueo a la carta ordinaria.
Sin embargo, fuera de esto, las autoridades estaban obligadas al pago de los valores añadidos.
Debemos saber que en esta época el franqueo de una carta ordinaria era de 30 Cts, por lo que las autoridades se eximían del pago de este importe, pero no del resto del franqueo (o sea, el valor añadido).
La Ley del timbre decía que la correspondencia que llevara un franqueo inferior a 15 Cts., no estaba obligada a añadir este recargo en favor del Patronato Antituberculoso, pero además decía que:
La tasa adicional podrá ser satisfecha de manera indistinta, bien con un sello especial de 0,10 Pts, que tendrá las características formales que se anunciarán o mediante el empleo de un sello o sellos ordinarios de valor equivalente. (Burgos 11 de diciembre de 1937)
Pese a que según parece la tirada oficial fue de 2 millones de ejemplares, de los que se justificó un sobrante de 455.291 valores, las cuentas de correos confirmaron un ingreso por importe de 760.626,80 Ptas.
Si echas cuentas, verás que hubo una recaudación superior a los sellos confeccionados. Esto fue debido a que en muchas localidades, donde no llego este sello, se franqueaba la correspondencia con sellos ordinarios.
Besos
Espero que esto aclare tus dudas:
La franquicia permitía el envío de la correspondencia ordinaria sin franqueo, o lo que es lo mismo: la marca de franquicia salvaba del franqueo a la carta ordinaria.
Sin embargo, fuera de esto, las autoridades estaban obligadas al pago de los valores añadidos.
Debemos saber que en esta época el franqueo de una carta ordinaria era de 30 Cts, por lo que las autoridades se eximían del pago de este importe, pero no del resto del franqueo (o sea, el valor añadido).
La Ley del timbre decía que la correspondencia que llevara un franqueo inferior a 15 Cts., no estaba obligada a añadir este recargo en favor del Patronato Antituberculoso, pero además decía que:
La tasa adicional podrá ser satisfecha de manera indistinta, bien con un sello especial de 0,10 Pts, que tendrá las características formales que se anunciarán o mediante el empleo de un sello o sellos ordinarios de valor equivalente. (Burgos 11 de diciembre de 1937)
Pese a que según parece la tirada oficial fue de 2 millones de ejemplares, de los que se justificó un sobrante de 455.291 valores, las cuentas de correos confirmaron un ingreso por importe de 760.626,80 Ptas.
Si echas cuentas, verás que hubo una recaudación superior a los sellos confeccionados. Esto fue debido a que en muchas localidades, donde no llego este sello, se franqueaba la correspondencia con sellos ordinarios.
Besos
Rosmari
- JOSEAN
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