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Dos cartas dos porteos 1849-51 Coruña a Intra via nizza

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Mochy
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Dos cartas dos porteos 1849-51 Coruña a Intra via nizza

Mensaje por Mochy »

Hola:
Os presento dos cartas las dos con el mismo origen y el mismo destino, las dos con porte pagado hasta la frontera, las dos por la misma vía, la de Niza y las dos con porteos muy distintos, la primera es de 1851 y la segunda es de 1849. ¿Alguien me puede decir porque esta diferencia en los porteos? y ¿a qué porteo corresponde?
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Saludos.


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Última edición por Mochy el 19 Nov 2007, 01:36, editado 1 vez en total.
Menaza
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Mensaje por Menaza »

Hola Mochi;

A la espera que alguno de los gurus sobre porteos te aporte mas luz sobre tus preguntas te aporto lo que yo puedo saber.

A la primera pregunta, la diferencia de porteos podría tener su explicacion en el peso de las cartas, ya que a mas peso mas porte, aunque igual aunque el origen y el destino sean iguales es posible que la ruta seguida fuera diferente.

A la segunda, la de la izquierda parece ser 7 decimas y la segunda 30 decimas que es el porte a pagar por el tramo frances hasta su destino.

Espero haberte sido de ayuda, ah!!! estupendas piezas, saludos. :wink:
El silencio no siempre es cobardía, a veces es prudencia y otras veces es inteligencia.
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Mochy
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Mensaje por Mochy »

Hola:
Lo subo por si alguien no se fijo y responde algo más.
Saludos.
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jef.estel
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Mensaje por jef.estel »

hola Mochy,

perdon si me permite de responder aqui a tu privado (no me parece el subjecto muy personal, y quiza podria interesar algunos otros conforeos).

Bueno, a mi parecer, el motivo principal de la diferencia de tasa entre tus dos cartas fue un acontecimiento capital de la historia postal francesa : el cambio del sistema de tasacion del 1° de enero de 1849.

El 31 de diciembre de 1848, una carta de menos de 7,5 gramos enviada de San Juan de luz a Antibes pagaba 9 decimos de franco. El 1° de enero de 1849, la misma carta ya no pagaba mas que 2 decimos de franco.

En el Convenio franco-sardo del 27 de agosto de 1838 se indica, al articulo 7, que las cartas de Francia a Sardinia pagaron la tarifa interior francesa para el trayecto frances, y al articulo 16 que las cartas de Espana pagaron 36 decimos cada 30 gramos para el transito frances. Podemos ver que es la misma tasa para una sencilla (36/4 = 9 decimos).

Despues del 1° de enero de 1849, los franceces continuaron a percibir un reembolso sardo mucho mas importante que su propia tarifa interior. Afin de normalizar esta situacion, un nuevo convenio se firmo el 9 de noviembre de 1850 (ratificado el 8 de marzo de 1851) para poner el precio de intercambio en mejor adecuacion con la tarifa interior francesa : el articulo 37 fija el precio de cada kilo de cartas a 10 centimos para cada kilometro en linea derecha entre los puntos de entrada y salida del territorio frances. Si contamos (mas o menos) 500 kilomertos entre SJDL y Antibes, no da una tasa de 5 decimos para una sencilla entre SJDL y Antibes (eso coresponde a la tarifa general del 1° de julio de 1851 para las cartas sencillas entre Francia y Sardinia por via de tierra).

No conozco el peso exacto de tus cartas, ni la tarifa interior sarda, luego no puedo darte el detalle exacto de tus tasas. Pero podemos aventurar un calculo hipotetico :

- 1a carta : peso entre 10 gramos y menos de 15 gramos, tarifa francesa de 1828 = 18 decimos, mas la tasa interior sarda que podria ser de 12 decimos, total 30 decimos de lira, o 3 liras.

- 2a carta : peso menos de 7,5 gramos, reembolso a Francia 5 decimos, tarifa interior sarda que podria ser 2 decimos, total 7 decimos de lira.

Creo que es todo lo que puedo decir.

Saludos.
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Mochy
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Mensaje por Mochy »

Hola jef.estel:
Ante todo agradecer tu muy documentada argumentación. En segundo lugar a ver si puedes tu o alguien ilustrame en unas dudas que me surgieron al leerte.

- 1a carta : peso entre 10 gramos y menos de 15 gramos, tarifa francesa de 1828 = 18 decimos, mas la tasa interior sarda que podria ser de 12 decimos, total 30 decimos de lira, o 3 liras.
En esta carta nos dices 1828 ¿es un error? ¿debe decir 1838 segun convenio., es el Convenio franco-sardo del 27 de agosto de 1838?

Despues del 1° de enero de 1849, los franceces continuaron a percibir un reembolso sardo mucho mas importante que su propia tarifa interior. Afin de normalizar esta situacion, un nuevo convenio se firmo el 9 de noviembre de 1850 (ratificado el 8 de marzo de 1851) para poner el precio de intercambio en mejor adecuacion con la tarifa interior francesa : el articulo 37 fija el precio de cada kilo de cartas a 10 centimos para cada kilometro en linea derecha entre los puntos de entrada y salida del territorio frances. Si contamos (mas o menos) 500 kilomertos entre SJDL y Antibes, no da una tasa de 5 decimos para una sencilla entre SJDL y Antibes (eso coresponde a la tarifa general del 1° de julio de 1851 para las cartas sencillas entre Francia y Sardinia por via de tierra).
¿Este nuevo convenio cuando entra en vigor el 8 de marzo de 1851 o 1 de julio de 1851, o son convenios distintas?

1a carta : peso entre 10 gramos y menos de 15 gramos, tarifa francesa de 1828 = 18 decimos, mas la tasa interior sarda que podria ser de 12 decimos, total 30 decimos de lira, o 3 liras.

- 2a carta : peso menos de 7,5 gramos, reembolso a Francia 5 decimos, tarifa interior sarda que podria ser 2 decimos, total 7 decimos de lira.
¿cuando sumas en las cartas parece que mezclas decimos de franco y decimos de lira como es eso?.

Espero que tengais paciencia conmigo pero es que me gusta enterder las cosas al cien por cien.
Un cordial saludo.
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jef.estel
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Mensaje por jef.estel »

hola,
Mochy escribió: En esta carta nos dices 1828 ¿es un error? ¿debe decir 1838 segun convenio., es el Convenio franco-sardo del 27 de agosto de 1838?
el convenio de 1838 dice (art.7) que las cartas de Francia a Sardinia pagaron la tarifa interior francesa para el trayecto frances. Esta tarifa era la tarifa interior francesa de 1828. En el convenio de 1838, el reembolso sardo a Francia era de 36 decimos por cada 30 gramos de cartas, es decir 9 decimos para una carta de 7,5 gramos de SJDL a Antibes, o 18 decimos por la misma carta de 15 gramos, igual que en la tarifa francesa de 1828.
¿Este nuevo convenio cuando entra en vigor el 8 de marzo de 1851 o 1 de julio de 1851, o son convenios distintas?
El texto dice (art.54) que el convenio entrara en vigor cuando las dos partes lo convendran, sin espacifiar la fecha. Quiza el 1° de julio de 1851. Pero son textos diferentes, un convenio entre dos paises por una parte, y una tarifa general para cartas de Francia al estranjero por otra parte.
¿cuando sumas en las cartas parece que mezclas decimos de franco y decimos de lira como es eso?
El sistema de paridad monetaria se puso en orden en 1865 (Union latina), pero antes de esta fecha, algunos paises europeos basaron su moneda sobre el sistema monetario decimal de la Revolucion francesa : Sardinia en 1815 (lira y centesimi), Belgica en 1832 (franco y centimos), Suiza en 1850 (franco y rappen), Grecia (drachme y lepta), todos a paridad.

Saludos.
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Mochy
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Mensaje por Mochy »

Hola:
jef.estel muchas gracias por tus respuestas y por tu paciencia.
Un cordial saludo.
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