Victor, yo diria que no te equivocas en nada
Puesto que los 25 ctmos de reembolso y los 40 ctmos de certificado, son derechos invariables y fijos, el resto que nos queda, o sea 75 ctmos, es lo que se ha usado tecnicamente para el pago de tarifa o porte, y acabado en 5,ctmos no cuadra la tarifa del año 42, que debía ser o 40ctmos para el porte sencillo, o 70ctmos para mas peso, con lo que los 5ctmos quedan sobrantes.
Yo pienso que el franqueo de la pieza tuvo mucho que ver con los sellos que el remitente tenía en su poder en ese momento, y la probable falta de valores mas bajos de 5ctmos para adecuar el franqueo.

Aqui uno del año 34 de Barcelona a Bilbao con tarifa sencilla, pero pagando varios aspectos.
30 Ctmos para el porte sencillo, 30 ctmos para el derecho de Certificado, 25 Ctmos para el reembolso y 5 Ctmos como sobretasa o recargo obligatorio en Barcelona por la Exposicion Internacional
Total 90 ctmos para reembolsar 3,90 ptas.

Saludos
