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Nuevamente consulto

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JUMA
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Nuevamente consulto

Mensaje por JUMA »

Ya anteriormente lo comenté "levemente", pero nuevamente salta mi curiosidad.

Es una pregunta hipotética - técnica - Judicial. (No tiene nada que ver con la realidad hasta que suceda :shock: :shock: :shock: ).

Aclaración: El mundo está loco y hay DEMANDAS de todo tipo ... Ejemplo porque uno mira mal al Loro del vecino, esá sonado :? :? .... etc..etc....

" ...Anoche miraba una vieja Subasta de Afinsa, de sobres franqueados en Argentina. Sobres con valores que van de 2000 a ..... 7000, 5000, etc. Dólares. (Dichose de paso .. que saladitos... :D )

Que pasaría si veo un sobre dirigido a .... (ej.) a mi Bisabuelo, de la época 1860.

Que pasa si yo reclamo el sobre, por derecho hereditario ?

Afinsa tendrá que demostrar la documentación de donde lo sacó y este sucesivamente ... pero bueno.... y ????"

NO se asusten ... no estoy por reclamar nada... es simple curiosidad.

Saludos
FilateliaArgentina.blogspot.com - Filatelista
Podrás ver muchas hojas con sellos que doy. Allí podrás ver mis listas de faltas. Por catálogo ó uno por uno.
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Torreana
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Mensaje por Torreana »

Lo primero que hay que establecer es quién vende, si Afinsa es la propietaria del efecto postal o es meramente un agente subastador, un profesional de las ventas por dicho sistema. El propietario de la pieza, no tiene porqué demostrar su título de adquisición (compra, herencia, etc..), basta que demuestre que la tiene en su poder al menos 6 años, sin necesidad de ninguna otra circunstancia o sólo 3, si la adquirió de quien figurara o apareciera como propietario (independientemente de que lo fuera).

Si la pieza se adquirió en establecimiento público (Filatelia o Sala de Subastas -Ebay ¿?, creo que también-) no es necesaria la posesión durante los referidos periodos, basta actreditar la compra, salvo que se demostrara que la pieza fue antes robada o sustraida ilegalmente.

Los dos periodos de tiempo aludidos se pueden conseguir sumando el tiempo de posesión del propietario actual al de los anteriores. Además, se presume que quien es poseedor actualmente y lo ha sido en un momento anterior, ha poseido durante el tiempo intermedio.

Evidentemente, todo ello tiene importancia cuando se discute la propiedad de una pieza, pues si nadie pone en duda que sea propietario el que oferta la pieza, la mera posesión de la misma supone o presume la propiedad legítima. Si alquien cuestiona ese hecho, debe empezar aportando su propia prueba de dominio.

Ello en líneas muy genrales. No sabes las consecuencias y los vericuetos y escepciones que puden tener las anteriores palabras, pero lo principal es que si encuentras una carta dirigida tu abuelo, lo más seguro es que no puedas reclamarla, pues el vendedor o tendrá título de propiedad y dirá que la compró en tal o cual tienda o casa de subastas o de tal señor, o dirá que la tiene en su poder, por lo menos desde tal año. Y, seguramente, tu abuelo hará mucho más tiempo que dejó de tener en su poder la pieza.

A mí me pasó algo muy parecido al tema que planteas. El año pasado en un comercio filatélico me ofrecieron 2 cartas circuladas de Kiev a Burriana, (pueblo de mis antepasados, en la provincia de Castellón) con un montón de censuras nazis de 1943 -año en que UKrania estaba ocupada por el ejército alemán- y censuras franquistas de Valencia del Cid. Me pidieron 150,00.- € por las dos. Y no tuve más remedio que pagarlos, pues además de que el destino era del máximo interés para mí, el destinatrio era el hermano de mi abuelo (que yo no conocí, pero que me habían hablado mucho mis abuelos de él). Los pagué religiosamente y ni se me ocurrió cuestionar la procedencia de las dos cartas, pese a que la azarosa vida de mi tío abuelo me permitía sospechar que tal vez había algo turbio en la trayectoria de las cartas desde que llegaron a destino hasta que me las ofrecieron, 60 años después.

Un abrazo.
Cadete 15 c. violeta, con fecha.
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artipi
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Ubicación: Tenerife (Islas Canarias)

Mensaje por artipi »

Torreana escribió:................ El año pasado en un comercio filatélico me ofrecieron 2 cartas circuladas de Kiev a Burriana, (pueblo de mis antepasados, en la provincia de Castellón) con un montón de censuras nazis de 1943 -año en que UKrania estaba ocupada por el ejército alemán- y censuras franquistas de Valencia del Cid. Me pidieron 150,00.- € por las dos. Y no tuve más remedio que pagarlos, pues además de que el destino era del máximo interés para mí, el destinatrio era el hermano de mi abuelo (que yo no conocí, pero que me habían hablado mucho mis abuelos de él). Los pagué religiosamente y ni se me ocurrió cuestionar la procedencia de las dos cartas, pese a que la azarosa vida de mi tío abuelo me permitía sospechar que tal vez había algo turbio en la trayectoria de las cartas desde que llegaron a destino hasta que me las ofrecieron, 60 años después.........
Torreana, toda tu explicación de propiedad de un documento me a parecido genial, por lo menos a mi me acabas de dar una lección de “Derecho” pero esto ultimo que cuentas, me parece poco menos que emocionante, yo en tu caso hubiese pagado lo que me pidiesen, pues en la vida, es importante mantener las raíces.
Quiero felicitarte por esas dos piezas adquiridas, que a parte de ser unas joyas filatélicas, encierran una historia familiar. :wink:
Saludos para todos y todas, desde un rincón del océano Atlántico, entre Europa (políticamente), América (sentimentalmente) y Africa (geográficamente).
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