HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

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Eosinófilo
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por Eosinófilo »

Gracias José Luis.

Entonces la carta fue de Cáceres a Zafra y a su paso por Mérida (aunque Zafra no dependiera postalmente de Mérida) la portearon. ¿No es así?

Y en cuanto a los baezas de diferentes colores en la carta más recientemente puesta en el hilo, ¿alguna opinión u otro misterio trujillano?

Saludos
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1964
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por 1964 »

Eosinófilo escribió:
Y en cuanto a los baezas de diferentes colores en la carta más recientemente puesta en el hilo, ¿alguna opinión u otro misterio trujillano?

Saludos
:?: Tiene que ver con lo que dice Jose Luis del color de los cuños que se aplicaban en Extremadura por la circular del 44 que tenian que ser negro y que en esta carta parece que han cambiado la normativa :?: :?:
Menaza
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por Menaza »

Hola,

Sobre la carta con el 5 de Mérida. La carta sale de Cáceres con el Timbre de Fechas en color negro y se despacha sin más a destino, a su paso por Mérida y como no va a pasar por Badajoz que es la Principal de la que depende el destino (Zafra) sino que la ruta de la carta es Mérida-Almendralejo-Zafra, Mérida hace dicha función de intervención al ser la primera Administración de Sueldo Fijo y por ello es porteada ahí, (este es un claro ejemplo de otro de los varios e importantes criterios de catalogación de porteos que se conocen).

Sobre la Carta de Madrigalejos esta es mi opinión: la carta sale de Madrigalejos que sí es una sencilla cartería (sobre esto se puede hablar mucho ya que es un tema daría de sí), y va a su Principal transportada por el conductor postal que lleva la correspondencia entre Madrigalejos y Trujillo (Su Principal) para que allí sea gestionada, Principal que casualmente es el destino y una vez depositada por el conductor se gestiona exactamente como bien dice Rafa (Centauro).

Ahora, lo más relevante e importante de esta carta pensando en términos de Normativa Postal es precisamente el porteo y es en esta cuestión donde no comparto la opinión de Rafa porque si la carta se hubiese depositado directamente en Trujillo le hubiese correspondido un porte de 5 cuartos y no 1 Real como lleva impreso, el porte de 1 Real obedece a que la carta es llevada de una Administración a otra, por ello es transportada por un conductor postal en tránsito hasta Trujillo donde cuando llega deposita las valijas que en su ruta ha ido recogiendo de cada Oficio de Correo, y por ello se ajustó correctamente acorde a la tarifa en vigor de 1-9-1845 por parte de los oficiales postales de la Principal de Trujillo.

El empleo de color negro al dorso ya no tiene que ver con la vigencia de la Circular de 1844 debido a que ésta dejó de tener vigor a partir del 1 de septiembre de 1845 sino simplemente se empleó la misma tinta que la del porteo con lo que el Oficial que lo hizo en ese aspecto incumplió claramente la Normativa ya que el empleo del color negro en los Timbres de Fecha de la Carrera de Extremadura debe realizarse solamente entre el 1-07-1844 y el 31-08-1845 y esta carta circuló a finales de 1850.

Saludos
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ign.sierra
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por ign.sierra »

Muy bonita carta! y muy buenas explicaciones.

Yo tengo una duda de novato. ¿El fechador usado en ambos momentos es el mismo? vamos, que si primero lo usaron con tinta roja, luego lo lavaron y finalmente lo usaron con tinta negra.
La verdad es que parecen el mismo cuño, hay algunas marcas comunes:
trujillo 1850.jpg
Como dice Menaza, si incumplió la normativa con el color negro, se me ocurre que fue porque quiso que se diferenciasen ambas marcas y que no fuesen las dos en rojo. Pero demasiado trabajo para eso, ¿no?
Por una lado buen detalle por su parte queriendo que sean diferentes aunque incumpliendo la normativa y a costa de limpiar el fechador. ¿ es esto posible?

Un saludo
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1964
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por 1964 »

Hola

Me estoy haciendo un lio y creo que es por los pocos conocimientos que tengo del tema :oops:
No entiendo que en la carta que nos ocupa se tenga que pagar un real por ir de una administración a otra. Todas las cartas que van de Madrigalejos a Trujillo son porteadas por 1R?? Podeis ponerme un ejemplo en el que por ese mismo trayecto el porte de la carta sea de 5 cuartos :?:
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quinosollana
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por quinosollana »

Menaza escribió:Hola,

Sobre la carta con el 5 de Mérida. La carta sale de Cáceres con el Timbre de Fechas en color negro y se despacha sin más a destino, a su paso por Mérida y como no va a pasar por Badajoz que es la Principal de la que depende el destino (Zafra) sino que la ruta de la carta es Mérida-Almendralejo-Zafra, Mérida hace dicha función de intervención al ser la primera Administración de Sueldo Fijo y por ello es porteada ahí, (este es un claro ejemplo de otro de los varios e importantes criterios de catalogación de porteos que se conocen).

Sobre la Carta de Madrigalejos esta es mi opinión: la carta sale de Madrigalejos que sí es una sencilla cartería (sobre esto se puede hablar mucho ya que es un tema daría de sí), y va a su Principal transportada por el conductor postal que lleva la correspondencia entre Madrigalejos y Trujillo (Su Principal) para que allí sea gestionada, Principal que casualmente es el destino y una vez depositada por el conductor se gestiona exactamente como bien dice Rafa (Centauro).

Ahora, lo más relevante e importante de esta carta pensando en términos de Normativa Postal es precisamente el porteo y es en esta cuestión donde no comparto la opinión de Rafa porque si la carta se hubiese depositado directamente en Trujillo le hubiese correspondido un porte de 5 cuartos y no 1 Real como lleva impreso, el porte de 1 Real obedece a que la carta es llevada de una Administración a otra, por ello es transportada por un conductor postal en tránsito hasta Trujillo donde cuando llega deposita las valijas que en su ruta ha ido recogiendo de cada Oficio de Correo, y por ello se ajustó correctamente acorde a la tarifa en vigor de 1-9-1845 por parte de los oficiales postales de la Principal de Trujillo.

El empleo de color negro al dorso ya no tiene que ver con la vigencia de la Circular de 1844 debido a que ésta dejó de tener vigor a partir del 1 de septiembre de 1845 sino simplemente se empleó la misma tinta que la del porteo con lo que el Oficial que lo hizo en ese aspecto incumplió claramente la Normativa ya que el empleo del color negro en los Timbres de Fecha de la Carrera de Extremadura debe realizarse solamente entre el 1-07-1844 y el 31-08-1845 y esta carta circuló a finales de 1850.

Saludos
Si la carta es de 1850 ¿como se le aplica la tarifa de 1845 ?supongo se le aplica la tarifa de 1 de enero de 1850 que para las cartas sin franquear es de 1 real. La tarifa es la misma independientemente de donde se depositen la carta.
Saludos
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quinosollana
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por quinosollana »

Lo curioso de esta carta es la tardanza de 6 dias mucho para la època ya que es muy corriente ver catas que entre la salida y llegada pasa un dia. Esto me da ha entender que quizas en esta poblacion se sacaba el correo una vez a la semana. Creeis posible esta suposicion?
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quinosollana
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por quinosollana »

ign.sierra escribió:Muy bonita carta! y muy buenas explicaciones.

Yo tengo una duda de novato. ¿El fechador usado en ambos momentos es el mismo? vamos, que si primero lo usaron con tinta roja, luego lo lavaron y finalmente lo usaron con tinta negra.
La verdad es que parecen el mismo cuño, hay algunas marcas comunes:
trujillo 1850.jpg

Como dice Menaza, si incumplió la normativa con el color negro, se me ocurre que fue porque quiso que se diferenciasen ambas marcas y que no fuesen las dos en rojo. Pero demasiado trabajo para eso, ¿no?
Por una lado buen detalle por su parte queriendo que sean diferentes aunque incumpliendo la normativa y a costa de limpiar el fechador. ¿ es esto posible?

Un saludo
El fechador no tiene por que ser el mismo en las administraciones tenian mas de uno, y en este caso seguro que tenian como mínimo dos. No me imagino en una administracion usando un fechador en un color y limpiarlo para utilizarlo con otro.
Saludos
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Menaza
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por Menaza »

Hola,

Parece ser que muchas de las dudas que surgen de esta última carta provienen de las tarifas postales, explico la que nos ocupa para que queden resueltas:

La tarifa de 1 de noviembre de 1845 indicaba que debía de aplicarse el porte de 1 Real a todas las cartas sencillas circuladas entre cualquier Administración española, por tanto paga lo mismo una carta sencilla de Coruña a Málaga que de Coruña a Santiago o de Coruña a Mallorca, y también señala que se deberán pagar 5 cuartos cuando la carta circule dentro del casco de la Administración, esto último quiere decir 5 cuartos de correo interior, por ejemplo 5 cuartos la carta sencilla circulada interiormente en Trujillo.

Para 1964, (perdona pero no me sé tu nombre) solicitas imagen de una carta en el trayecto Madrigalejos-Trujillo con importe de 5 cuartos y eso jamás pudo darse ya que eso no lo contemplaba la tarifa, sí que existieron cartas de correo interior de Trujillo con porte de 5 cuartos pero encontrar una así es tener una pieza muy muy rara (No tengo ejemplo para podertelo mostrar). En el ejemplo de la carta subida por Eosinofilo si la carta se hubiese depositado directamente en Trujillo se habría porteado con 5 cuartos, pero como venía de Madrigalejos entonces le corresponde 1 Real, que es la tasa correcta que aplicaron los Oficiales de Trujillo.

Para Vera, (tampoco se me tu nombre) la tarifa de 1850 es solamente para la correspondencia franqueada y señala 1 Real por franqueo insuficiente por cada sello de 6 cuartos que falte, pero para las cartas que van sin franquear (sin sello) se aplica la tarifa de 1 de noviembre de 1845, que es la correctamente aplicada en esta carta. Vera, en 1850 eran 2 las tarifas postales en vigor para el correo interno del Reino, una para el correo sin franqueo previo que va con cargo al destinatario y otra para el correo con sello. También indicar que la fecha que señala el Timbre de Fechas es el 20 de noviembre en ambos casos por lo que la carta se hecho y entrego en el mismo día. Y en cuanto a tener más de un fechador del Timbre de Fechas de 1842 (Baeza) ya te digo que no, que salvo rarísimas excepciones hubo algunas Administraciones que dispusieron de varios tipos (Por ejemplo: Madrid, Coruña, Barcelona), el 95% de las Administraciones durante la época prefilatélica solo dispusieron de un solo cuño fechador y si lo empleaban de forma muy muy puntual en varios colores (como el caso que nos ocupa) se limpiaba y listo.

Saludos.
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GAN
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por GAN »

Hola a todos, sigamos con el tema...
La explicación de la carta , perfecta, cuadra todo bien, pero me resulta tan raro, esa pulcritud, limpiando el Baeza, para dejarlo impoluto, para marcar la salida en negro, sin un solo resto del rojo, que han estado empleando ese mismo día ... negro que por otra parte ya no se emplea de forma "oficial", José Luis has visto eso en alguna otra administración extremeña?
Un saludo a todos. Fco. Javier Roldán.
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quinosollana
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por quinosollana »

En las administraciones mas importantes con el paso del tiempo aparecen nuevos tipos, pero como saber que de un mismo tipo no existia mas de un fechador. Lo de las tarifas completamente de acuerdo. Los fechadores esta claro que tienen el fechador con la misma fecha pero la carta esta fechada en otra poblacion el dia 14.
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Rafa.Mirman
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por Rafa.Mirman »

Dejad de escribir Madrigalejos. Es Madrigalejo :lol:
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CENTAURO
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por CENTAURO »

Yo sigo manteniendo que se utilizaron dos Timbres de Fechas (Baezas) distintos, uno en tinta roja a la llegada o deposito de la carta y otro en tinta negra a la salida o entrega de la misma, coincidente con la tinta del porteo a cobrar.

Un saludo veraniego y caluroso, RAFAEL RAYA
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1964
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por 1964 »

Rafa.Mirman escribió:Dejad de escribir Madrigalejos. Es Madrigalejo :lol:
Yo soy el culpable Rafa :oops:

Resulta que yo soy de Madridejos (Toledo) y el subconsciente me ha traicionado :lol:

Muy interesante el hilo y parece que me voy animando a leer bibliografía del tema...
Menaza
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por Menaza »

Hola,

En Prefilatelia he aprendido que siempre se ha de dejar un espacio para que nuevos descubrimientos vengan a refutar o nos hagan desistir de opiniones que podamos tener, guardando por supuesto esa salvedad y respetando todas las opiniones como no puede ser de otra manera, al día de hoy os expongo mis razones por las que no considero la posibilidad de que Trujillo dispusiera de dos Timbres de Fecha para uno ser empleado a la llegada y otro a la salida:

1ª.- El Timbre de Fechas, como cualquier otro cuño metálico, puede limpiarse de restos de tinta sin ningún problema para emplearse de forma reiterada, de hecho es una práctica habitual en la gestión diaria de la correspondencia y una normativa impuesta por la Renta del Correo el mantener limpios y pulcros los cuños empleados.

2ª.- Conozco sólo dos casos en Extremadura de Administraciones que dispusieron de dos Timbres de Fecha (Baeza) diferentes, modelos Tipo I y II, en los cuales se comparte un mismo rasgo y es que existe una sensible diferencia en el tamaño de las letras que conforman la leyenda del nombre de la Administración: BADAJOZ y CACERES, y además en ambas circunstancias el modelo Tipo II ya se encuentra empleado cuando estas ciudades son capitales de sus respectivas provincias, Badajoz el Tipo II empleado entre 1850 y 1854; y en el caso de Cáceres en 1849.

3ª.- El catálogo de Tizón tampoco registra dos Tipos diferentes en el Timbre de Fecha de Trujillo y sé que este hombre vió mucha más correspondencia extremeña que yo.

GAN escribió:José Luis has visto eso en alguna otra administración extremeña?
Francisco, no conozco este particular caso en toda Extremadura mas que en Trujillo teniendo este curioso empleo de dos colores por parte de la Administración trujillana documentado solamente en tres cartas:
  • 1ª.- 17 de octubre de 1850, en carta con origen en Miajadas.
    2ª.- 22 de octubre de 1850, en carta con origen en Miajadas.
    3ª.- 20 de noviembre de 1850, en carta con origen en Madrigalejo. (Carta mostrada por Eosinófilo)
Subo imagen de la primera referencia que resulta aún si cabe un poco más vistosa que la aportada por Eosinofilo al presentar la estampación de 3 Timbres de Fecha. El catalogo de Tizón solo contempla en Trujillo el uso de un único Timbre de Fechas y data el empleo de la tinta en color negro hasta 1851 por lo que se pudieran encontrar cartas con este curioso hecho hasta en ese año.

La carta mostrada se encuentra fechada en Miajadas, Oficio de Correo del que según mis referencias no dispuso del Timbre de Fechas hasta 1851 y por ello la ausencia de marca de origen, el correo de este Oficio es transportado directamente por el conductor que hace la Carrera de Extremadura que en su itinerario comunica directamente Trujillo con Miajadas. El porte 1 Real se ajustaría correctamente a la tarifa en vigor para la correspondencia sin franqueo previo de 1 de septiembre de 1845.
TRUJILLO, 17 OCTUBRE 1850.jpg
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GAN
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por GAN »

:shock: :shock: :shock: :shock: :shock:

Madre mía !!! ... como dijo el otro ... Im-presionante.

Muchas gracias José Luis.
Un saludo a todos. Fco. Javier Roldán.
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quinosollana
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por quinosollana »

Una cosa es que existan diferentes tipos y otra muy distinta que del mismo tipo existan dos fechadores o mas.
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Rafa.Mirman
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por Rafa.Mirman »

Buenas,

Lo mio son las carterías, lo que no quita que tenga alguna con marcas prefilatélicas. En este caso, mira por donde, una carta a Trujillo a nuestro agradecido comerciante Don Vicente Hernandez. Es un frontal pero esta vez sin Baezas.

Lo que no termino de leer en el texto de la dirección es la palabreja subrayada y suelta a la derecha de la marca prefilatélica. A ver si los experto echan una mano.
trujillo.jpg
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1964
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por 1964 »

Hola

Muestro un RESUMEN DE LAS TARIFAS POSTALES. 1815-1845
TARIFAS POSTALES. 1 DE ENERO DE 1850
REFORMA DE LAS TARIFAS POSTALES. 1 DE NOVIEMBRE DE 1854

CARLOS CELLES:TARIFAS POSTALES ESPAÑOLAS

También algo de normativa. A ver si se animan los compañeros a participar en este hilo tan interesante y entretenido.
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1964
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Re: HISTORIA POSTAL DE TRUJILLO

Mensaje por 1964 »

......
PREFILATELIA (7).jpg
PREFILATELIA (8).jpg



REFORMA DE LAS TARIFAS POSTALES. 1 DE NOVIEMBRE DE 1854

Con esta reforma se inició uno de los períodos más largos y quizá, el más representativo de la historia postal española del siglo XIX.
Además de una rebaja en el franqueo de la correspondencia, se incorporó algo más de un año después, la definitiva obligación del franqueo de toda la correspondencia privada.
Durante los casi trece años que estuvieron en vigor estas tarifas postales, aparecieron once emisiones de sellos, siendo en todas ellas el valor de 4 cuartos el mas representativo.

Real Decreto reformando la tarifa de Correos.

Artículo 1º. Las cartas de la correspondencia pública del Reino franqueadas previamente, pagarán de porte la mitad que las no franqueadas.

Art. 2º. La unidad del peso para el porte será de media onza.

Por cada unidad que se aumente se añadirá para el franqueo un sello de la clase correspondiente, y para las cartas no franqueadas otro porte sencillo.

Cuando el peso sea de más de medía onza y no llegue a una onza, se necesitarán dos sellos; cuando pase de una onza y no llegue a onza y medía, tres sellos; y así sucesivamente.

Art. 3º. Los sellos de franqueo se expenderán: a dos cuartos los del interior de las poblaciones, a cuatro cuartos los de la correspondencia para todos los pueblos de la península e Islas adyacentes, a ocho cuartos los de cartas dobles de la península, y a un real las sencillas de Cuba y Puerto-Rico; a dos reales los de certificados y correspondencia de Ultramar.

Las cartas sencillas para la Isla de Cuba y Puerto-Rico se franquearán a real y a dos reales las de las Filipinas.

El franqueo podrá hacerse en las Administraciones de Ultramar o en las de la península, para lo cual se enviarán sellos a aquellas oficinas.

Para la correspondencia cuyo franqueo importe cuatro, seis u ocho reales, se usará el número correspondiente de sellos de a dos reales.

Art. 4º. Las cartas sencillas no franqueadas pagarán de porte: ocho cuartos las de la península e islas adyacentes, dos reales las de Cuba y Puerto-Rico; cuatro reales las de las islas Filipinas.. Y otro porte mas por cada onza que se aumente el peso; entendiéndose como para el franqueo que, en pasando de medía onza y no llegando a una, se pagarán dos portes; en pasando de una onza y no llegando a onza y medía, tres portes, y así sucesivamente.

El porte de Ultramar se pagará donde se reciban las cartas, y no en Ultramar las de ida y vuelta, como se hacía en el día.

Art. 5º. El franqueo será obligatorio en las cartas certificadas, las cuales llevarán además un sello de dos reales las de la península e islas adyacentes," dos sellos de la misma clase las de Cuba y Puerto-Rico, y cuatro las de Filipinas.

Art. 6º. La correspondencia de las provincias españolas de Ultramar, y la extranjera de naciones con las cuales no exista convenio especial, conducida en buque mercante o extranjero, pagará de sobrante un real por carta para el Capitán del buque.

Art. 7º. Las cartas yentes y vinientes de naciones extranjeras seguirán pagando el mismo porte que hasta aquí, tanto las sujetas a convenios postales como las reguladas por el Gobierno.

Art. 8º. La correspondencia extranjera o de Ultramar depositada en los buzones del Reino, pagará únicamente el franqueo o porte señalado a las demás cartas nacidas en el mismo buzón.

Art. 9º. Desde el día en que empiece a regir esta tarifa, cesará el sobreporte de seis maravedís en cada carta, mandado cobrar por Real decreto de 29 de septiembre de 1848 en las cuatro provincias catalanas.

Art. 10º. Continuará en Canarias el porte de tres cuartos para el interior de las islas, y estas cartas podrán franquearse con los sellos de a dos cuartos del interior de las poblaciones.

Art. 11º. Los impresos y muestras de comercio con faja, sin otro manuscrito que el sobre, pagarán la mitad del valor que corresponda a su peso. Los periódicos pagarán los cuarenta reales por arroba, y las entregas de obras impresas los cincuenta reales por arroba que hoy satisfacen. Los periódicos y obras impresas para América, pagarán el porte total y único de ochenta y cien reales arroba respectivamente, y los de Filipinas, ciento sesenta y doscientos reales arroba.

Art. 12º. Dejará de pagarse en Madrid el cuarto llamado del cartero en la correspondencia interior. Este servicio se hará entre todos los carteros, que seguirán cobrando el mismo sueldo que hasta aquí. En las cartas de fuera de Madrid y en las demás Administraciones y Carterías del Reino, se seguirá pagando el cuarto del cartero.

Art. 13º. Las disposiciones de este decreto empezarán a regir en la península e islas adyacentes el día 1º de noviembre del presente año de 1854, en las Antillas el día 1º del año próximo de 1855, y en las Filipinas el 1º de abril del mismo año.

Para estos días se hallarán de venta los nuevos sellos en las expendedurías actuales, y en los estancos o puestos donde se venda tabaco o sal, y en todos los demás parajes donde los Gobernadores tengan por conveniente establecerlos.

Art. 14º. La tarifa impresa adjunta al presente decreto, estará expuesta al público en todas las administraciones.

Dado en Palacio a 1º de septiembre de 1854.


1. A pesar de que en un principio este Real decreto contemplaba sellos por importe de 8 cuartos para las cartas dobles, éstos nunca se llegaron a emitir.

VIGOR DE LA TARIFA: Desde el 1 de noviembre de 1854 al 30 de junio de 1867.



EMISIONES DE SELLOS UTILIZADAS DURANTE EL VIGOR DE ESTA TARIFA

ESCUDO DE ESPAÑA 1 noviembre 1854 (2 y 4 cuartos, 1 real)
ISABEL II 1 abril 1855 (2 y 4 cuartos, 1 real y 2 reales)
ISABEL II 1 enero 1856 (2 y 4 cuartos, 1 real y 2 reales)
ISABEL II 11 abril 1856 (2 y 4 cuartos, 1 real y 2 reales)
ISABEL II 1 febrero 1860-61 (2 y 4 cuartos, 1 real y 2 reales)
ISABEL II 16 julio 1862 (2 y 4 cuartos, 1 real y 2 reales)
ISABEL II 1 enero 1864 (2 y 4 cuartos, 1 real y 2 reales)
ISABEL II 1 enero 1865 (2 y 4 cuartos, 1 real y 2 reales)
ISABEL II 1 enero 1866 (2 y 4 cuartos, 10 y 20 céntimos)
ISABEL II 1 agosto 1866 (20 céntimos)
ISABEL II 1 enero 1867 (2 y 4 cuartos, 10 y 20 céntimos)

NOTA: Los valores de las emisiones de 1866 y 1867 en "céntimos.", se refieren a centésimas de escudo.

Circular dando instrucciones para el cumplimiento del Real decreto de 1º de septiembre último sobre reforma de tarifa.
1º. En virtud del citado Real decreto, queda derogado en todas sus partes el de 16 de marzo de este año, sobre franqueo obligatorio de las cartas dobles.

2º. Las cartas para el interior de las poblaciones (esto es, las que nazcan en una administración para ser distribuidas en la misma población) si no hubiesen sido previamente franqueadas, se portearán como las del Reino no francas.

3º. Las cartas francas que se presenten en las Administraciones de la península e islas adyacentes sin el número de sellos suficiente, se portearán al respecto de ocho cuartos por cada sello de cuatro cuartos que les falte, si son para la península e islas adyacentes, al de dos reales por cada sello de un real que les falte, si son para Cuba y Puerto-Rico, y al de cuatro reales por cada sello de dos reales que les falte, si son para Filipinas.

4º. Las cartas del interior de las islas Canarias se podrán franquear, poniendo un sello de dos cuartos por cada porte de tres cuartos exigido por la tarifa de aquellas islas.

5º. Toda la correspondencia particular no franqueada debe salir marcada con el porte correspondiente de las administraciones de su origen, verificándose este porteo en cuartos, con sujeción a la referida tarifa.

Madrid 2 de octubre de 1854.
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