
Y si a partir de ahora hay que pagar dos veces para que circule una Tajeta Máxima, yo me retiro de hacer y coleccionar TM.

Hola!javivi escribió:Creo que la foto es de Cartagena y el matasellos de Madrid. Que alguien me corrija si me equivoco
Si es así, me parece que no es una Tarjeta Máxima, al no haber concordancia de lugar.
La postal muy bonita.
Esperemos a ver que dice alguien que entienda más.
Nuestro buscador es muy selectivo y sensible; por ejemplo diferencia entre las palabras que llevan acento (tilde que se dice ahora) y las que no, pero no tanto como para diferenciar entre las mayúsculas y las minúsculas.javivi escribió:...Solo que esta escrito en minúsculas y por eso se te ha podido pasar.yo ahora tampoco le encontraba...
alfareva escribió:Hola:
Si se quiere que la colección se presente a exposicioes, El "REGLAMENTO ESPECIAL PARA LA EVALUACIÓN DE LAS COLECCIONES DE MAXIMOFILIA EN LAS EXPOSICIONES F.I.P. (SREV)" establece, entre otras cosas, que:
Artículo 3.- Principios de los componentes de una colección
Los elementos que constituyen una tarjeta máxima deben responder a las características siguientes:
3.1.- El sello
La denominación “sello” está reservada al operador postal designado para asegurar el servicio universal en el interior de un país miembro de la UPU (Unión Postal Universal), o de un territorio dependiente. El sello puede ser personalizado a solicitud de un cliente (particular, asociación, empresa…), siempre que sea accesible.
Debe tener validez postal y ser adherido únicamente por el lado de la ilustración de la tarjeta. No se admiten los sellos de tasas, pre-cancelados, fiscales y aquéllos que violen el "código de ética de la U.P.U.". Tampoco se admiten los sellos de servicios, a excepción de aquéllos puestos a disposición del público, como los de las Naciones Unidas, UNESCO, Congreso de Europa, etc. Los sellos que hayan sido cortados procedentes de entero-postales sólo serán válidos si el Servicio Postal del país emisor permite su uso como tal. No se admiten los sellos impresos on line (digitalmente) por un cliente.
Se admiten los sellos emitidos por los operadores postales autorizados por las autoridades reguladoras de los correos de un país, en la mismas condiciones que los sellos de correos.
3.2.- La tarjeta postal ilustrada
Sus dimensiones deben estar de acuerdo con las aceptadas por la Convención de la Unión Postal. De cualquier forma, se admiten las tarjetas postales que estén disponibles en el comercio ya sean de forma cuadrada o rectangular, siempre y cuando su tamaño permita ser expuestas en hojas de formato A4 (210 x 97 mm) a razón de 2 tarjetas por hoja. Por respeto a sus diseñadores, está totalmente prohibido empequeñecer el tamaño de las postales mediante el recorte de éstas.
La ilustración debe presentar la mejor concordancia posible con el motivo del sello o con alguno de sus motivos en caso de que fuesen varios. Están prohibidas las tarjetas que reproduzcan los sellos en su integridad, es decir, mostrando su dentado, valor facial y nombre del país emisor.
La ilustración de la tarjeta postal debe resaltar el motivo del sello. Las postales comerciales se aceptan tal como son. Pueden tener márgenes y un texto directamente relacionado con el motivo. Las tarjetas postales antiguas pueden tener en su cara ilustrada una zona para la escritura. Con excepción de estas tarjetas postales antiguas, éstas serán consideradas de mayor calidad tanto en cuanto sea mayor su ilustración.
Están prohibidas las postales con ilustraciones múltiples así como las que contengan hologramas.
3.3.- La cancelación
La cancelación debe estar realizada exclusivamente por el operador postal habilitado. La ilustración y el lugar de la cancelación (nombre de la oficina postal), debe tener relación directa con el motivo del sello y con la ilustración de la tarjeta, o con el motivo de la emisión (evento, actividad benéfica, temática de la serie). Las cancelaciones hechas por los Servicios Filatélicos serán válidas siempre que la concordancia de lugar sea respetada. Se aceptan las cancelaciones hechas por los Servicios Filatélicos de pequeños países donde sólo aparezca el nombre del país.
La concordancia de las obliteraciones ilustradas será mejor, cuanto más grande sea la relación entre el tema y la ilustración y/o el texto del matasellos.
Deberá estar comprendida dentro del período de validez de circulación del sello, así como tener una fecha lo más próxima posible a la fecha de emisión de aquél.
Los matasellos ordinarios sin ilustración son válidos, con la condición de que indiquen el nombre de la localidad donde esté situada la oficina postal y de que se respete la concordancia de lugar.
Otra cosa es lo que cada uno coleccione para sí mismo.
Saludos.
CENTAURO escribió:Según tengo entendido, tu mismo puedes fabricar tu propia tarjeta e imagen de ella, ! Siempre y cuando se adapte a las medidas y condiciones de de las postales indicadas en los Reglamentos Fip y de Fesofi, para ser expuestas. Un saludo, Rafael Raya.